Por qué ha sido absuelto el PP del caso de los ordenadores de Bárcenas: la sentencia en 6 claves
- El Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid ha absuelto al PP y a tres de sus trabajadores en el juicio por el formateo y la destrucción de los portátiles de Bárcenas.
- Una de las claves de esta sentencia es que no queda lo suficientemente acreditado que estos ordenadores fuesen propiedad del extesorero del PP, por lo que no se puede sentenciar por delito de daños informáticos.
- Otras claves son la falta de certeza de que en los discos duros hubiese información sensible que afectara al PP, la falta de credibilidad de Bárcenas, o que el formateo y destrucción de los discos se ajustara a estándares de seguridad.
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El Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid ha absuelto en la mañana de este miércoles a los acusados, el PP y tres de sus trabajadores, por la que se ha conocido como la trama de los ordenadores de Bárcenas.
La justicia dirimía si se habrían cometidos delitos de daños informáticos y de encubrimiento cuando en la primera mitad de 2013 se formatearon los discos duros de dos ordenadores portátiles que se encontraban en una sala de la sede del PP nacional, en la madrileña calle Génova.
Dicha sala es la conocida como sala Andalucía, y la utilizaba el extesorero, Luis Bárcenas, como oficina.
Tras conocerse la noticia, la portavoz del PP en el Congreso de los Diputados, Cayetana Álvarez de Toledo, ha exigido a sus rivales políticos una disculpa por cuestionar "el honor del partido".
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Pero lo cierto es que la sentencia, que firma el magistrado Eduardo Muñoz de Baena y que se extiende en más de 70 folios, dictamina la absolución debido a que por un lado sigue la doctrina Botín y por el otro faltan pruebas para sostener determinadas acusaciones.
Estas eran las peticiones de la acusación...
Ya en fase de instrucción, el Ministerio Fiscal hizo una calificación absolutoria.
Por su parte y como litigantes se presentaron tres entidades.
La primera acusación popular es Izquierda Unida, que pedía cuatro años y medio de cárcel para los tres trabajadores del partido y a la organización política una multa de 5.000 euros diarios durante tres años.
La Asociación Observatori de Drets Humans —DESC— pedía a los trabajadores implicados entre un año y diez meses de cárcel y dos años de prisión, o una pena de inhabilitación accesoria en sus respectivas profesiones de seis años. Al partido le exigía suspensión de actividad durante seis meses y prohibición de recibir donaciones privadas en cinco años.
Por su parte, la tercera y última acusación popular, la Asociación de Abogados Demócratas por Europa —ADADE— exigía para los trabajadores, dos años, y para el PP, una multa de tres años con una cuota diaria de 100.000 euros.
...pero Bárcenas desistió del proceso penal, por lo que se aplica la doctrina Botín.
La doctrina Botín es una jurisprudencia que sentó la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en 2007. Lo que hace es limitar las actuaciones de la acusación popular en los casos en los que Fiscalía pide absolución o sobreseimiento y el acusado particular desiste de la causa.
Es lo que ocurrió cuando Bárcenas no continuó en el proceso, aunque después se arrepintió de ello, como recogía entonces El Español.
Por ende, es uno de los argumentos del magistrado para la sentencia absolutoria.
Esta es la cronología de los hechos probados
Lo que el juzgado ha considerado como hechos probados es lo siguiente:
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- El 17 de enero de 2013 sale en prensa que Bárcenas mantiene cuentas en Suiza.
- En ese momento, el Partido Popular prohíbe a su extesorero volver por la sede de la organización.
- El 18 de enero, El País publica su primera entrega de lo que después se conocieron como los papeles de Bárcenas: documentos que probarían los presuntos sobresueldos que cobraron dirigentes del partido.
- En febrero de ese año, uno de los acusados —a la postre, director de Servicios Jurídicos del PP— pide a un empleado que reabra la sala que Bárcenas usaba como despacho, y que llevaba cerrada con llave desde que se le prohibió el acceso. Dentro encuentran tres ordenadores: uno de sobremesa y dos portátiles.
- En marzo Bárcenas denuncia que irrumpen en su despacho y envía un burofax al partido para que le devuelvan sus efectos personales.
- El 7 de marzo responden al burofax indicándole que puede recoger sus cosas pero que no saben nada de los portátiles.
- El 14 de marzo Bárcenas recoge —mediante dos intermediarios— 27 cajas con documentación y otros efectos personales, como un cuadro o un trineo...
- En mayo, el jefe de los Servicios Jurídicos encarga al jefe de Servicios Inormáticos del partido que reasigne los portátiles a otros trabajadores del PP.
- Los dos ordenadores eran un Toshiba viejo comprado en el 98 y un MacBook Pro. Se formatean los discos duros y se rayan los soportes —según consta en la sentencia—.
- El 15 de julio Bárcenas entrega en el juzgado un pendrive con documentación sensible.
- El 16 de agosto de 2013 el juzgado exige al PP que entregue los portátiles para comprobar toda la documentación.
- Cuatro días después, el PP entrega los portátiles pero sin los discos duros.
La titularidad de los ordenadores con los discos duros rotos, clave
Para la imputación de delitos de daños informáticos a los tres acusados y al PP era necesario estimar de quién era la propiedad de los ordenadores.
Mientras que para el portátil viejo Toshiba se demostró que la titularidad era del partido —así constaba en una orden de compra del 98 por un antiguo trabajador de la organización, según la sentencia—, para el MacBook Pro no había tanta certeza.
Un testigo declaró en la vista que escuchó cómo Bárcenas en una ocasión contaba que el MacBook había sido un regalo de su mujer tras un viaje por los EEUU. De hecho, Bárcenas pidió al partido que le cambiaran el teclado de un teclado inglés a uno español por este mismo motivo.
Por otro lado, Bárcenas no cuenta ni con facturas ni con un movimiento registrado en su cuenta bancaria que pueda responder a la compra de este dispositivo.
El borrado y formateo de discos duros, un "estándar" en la industria de la seguridad informática
Uno de los acusados relató en la vista que los borrados de los discos duros cuando un ordenador era reasignado ya se hacía con regularidad antes de que ocurriese lo que sucedió con los ordenadores de Bárcenas.
Todo ello, fruto de unas medidas de seguridad implantadas tras una asesoría jurídica después de una auditoría realizada en 2012.
Dos policías nacionales explicaron además que las 35 sobre-escrituras a las que se sometieron los dos discos duros constituyen un estándar "para ciertos niveles de seguridad", si bien precisaron que "con una sola pasada ya se habría impedido su recuperación".
La sentencia aduce que "no puede generar desconfianza" el hecho de que los discos duros fuesen destruidos tras el borrado. "Ambos son métodos aptos para discos duros", según auditores informáticos, "aunque el segundo proceso podría considerarse innecesario o superfluo".
Además de la falta de pruebas, la sentencia no le da la "fiabilidad suficiente" a Bárcenas
La misma sentencia relata el "énfasis" que las defensas de los acusados pusieron en la "animadversión demostrada por Bárcenas hacia el PP".
Aunque Bárcenas declaró no albergar ese sentimiento, la sentencia resume que "no es factible conceder al testimonio de Bárcenas la fiabilidad suficiente para tener por acreditado que había información digital almacenada en los discos duros de los dos ordenadores cuando se llevó a cabo el borrado seguro".
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