¿Puede tu empresa obligarte a trabajar con (o sin) mascarilla? Dudas sobre su uso en el entorno laboral

- Actualizado:
3 personas con mascarilla se saludan con el codo en el trabajo

Getty Images

Las mascarillas ya no son obligatorias, ni en exteriores ni en interiores con carácter general, y España ha iniciado este miércoles 20 una nueva etapa con la que empieza a "recuperar normalidad", según han asegurado desde el Gobierno.

El fin de la obligatoriedad de los cubrebocas también en espacios cerrados, ya en vigor desde la publicación en el BOE, presenta sin embargo algunas excepciones e incluye un posible punto de conflicto en uno de los casos recogidos: el de su utilización en el centro de trabajo.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que lo aprobó, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, informaba de que "con carácter general no resultará obligatoria" la mascarilla en los espacios interiores de trabajo, pero dejaba la puerta abierta a su uso si los responsables de prevención de riesgos laborales la consideran necesaria a partir de una "evaluación de riesgo". 

Posteriormente, la publicación en el BOE lo deja establecido en estos términos exactos: "En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación".

Aprobado y en vigor el fin de las mascarillas en interiores: claves sobre su uso y excepciones

Expertos en derecho laboral consultados por Business Insider España responden las dudas que podrían tener los trabajadores sobre si la empresa puede obligar a usar mascarilla (o a no llevarla) o las consecuencias que podría tener su incumplimiento, matizan que dependerá de cada caso y mencionan el papel que podría jugar la cuestión de la imagen (y no solo de la salud).

¿Puede obligarte la empresa a llevar mascarilla?

La respuesta corta y simplificada es que sí, según los expertos consultados y en línea con lo defendido por otros y lo que dice la ley. 

Como recoge el BOE, los responsables de prevención de riesgos laborales (el área o departamento en compañías grandes; el servicio de la mutua en las más pequeñas) pueden establecer qué medidas consideran adecuadas de cara a la seguridad y salud de sus empleados, y entre ellas está incluida la mascarilla.

Esto viene facilitado por la novedad de que la mascarilla en el trabajo pasa de ser una medida de alerta sanitaria a ser considerada un EPI (Equipo de Protección Individual) en los supuestos en que lo determina el servicio de prevención. 

Además, como riesgos laborales y daños derivados del trabajo se consideran aquellos que pueden afectar a la salud de los trabajadores, incluidas "las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo", según la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.

Eso sí, la imposición de la mascarilla deberá estar justificada por un "informe de prevención de riesgos que explique muy bien por qué" y tendrá que valorar también otros elementos, apuntan los laboralistas.

"La elección de los medios de protección personal debe basarse en el riesgo de exposición al virus, según el puesto y la tarea, tanto para los propios trabajadores como para el público con el que puedan relacionarse, considerándose para la toma de decisión el resto de medidas preventivas y otros elementos existentes en el puesto de trabajo", explica Silvia Bauzá, socia responsable de Laboral de Allen & Overy.

"El uso de la mascarilla puede ayudar a prevenir el contagio, pero no deben utilizarse en sustitución de otras medidas de prevención, siendo el servicio de prevención de riesgos laborales quien debe determinar el mantenimiento obligatorio de la mascarilla y, en su caso, el tipo de esta a utilizar", añade la abogada de la firma internacional, en declaraciones a Business Insider España.

Fin de las mascarillas en interiores: muchas empresas se muestran reacias al cambio y podrían obligar a seguir trabajando con ellas

En el procedimiento de actuación de estos servicios, actualizado por el Ministerio de Trabajo, se establece la necesidad de seguir manteniendo medidas de prevención de carácter organizativo, de protección colectivas y de protección personal.

Respecto a estas últimas, señala que deberán valorarse los siguientes elementos: que haya una ventilación adecuada, el nivel de ocupación, mantener la distancia interpersonal de 1,5 m, tiempo de permanencia, actividad desarrollada, temperatura, empleo de espacios comunes (como vestuarios o comedores), medios de transporte particulares compartidos y, fundamentalmente, la presencia de personas vulnerables en el puesto de trabajo.

Finalmente, sí indica un uso obligatorio de la mascarilla para trabajadores de centros, servicios y establecimientos sanitarios (según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003); de centros sociosanitarios; y de medios de transporte de personas.

¿Qué consecuencias puede tener el incumplimiento del uso de la mascarilla en el trabajo?

Si una empresa establece como medida obligatoria llevar mascarilla en el trabajo, y una persona empleada se niega a cumplirlo, esto podría tener consecuencias que dependerían de factores como lo que cada convenio colectivo determine sobre las sanciones o la reiteración de la desobediencia.

Así lo recoge el artículo 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que recuerda la obligación de los trabajadores de llevar a cabo todas las medidas impuestas al respecto y señala que no hacerlo "tendrá la consideración de incumplimiento laboral" o de falta.

De cada caso dependería que quedase en una mera amonestación o sanción menor (por ejemplo, si es la primera vez) o que fuese a más: "Podría ser causa justificada de despido el incumplimiento reiterado de la norma de llevar mascarilla si así lo han establecido los servicios de prevención", explican fuentes laboralistas a Business Insider España.

Coincide Silvia Bauzá: no cumplir con esas medidas "se puede considerar como falta grave o muy grave por parte del trabajador, que podrá ser sancionado con amonestación verbal o escrita, suspensión de empleo y sueldo o, incluso, con el despido, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y su persistencia", en función de lo que disponga el convenio colectivo.

¿Qué empresas mantienen la mascarilla en interiores? Los trabajadores de Carrefour, El Corte Inglés o Mango seguirán llevándola

¿La empresa puede obligar a trabajar sin mascarilla si el empleado quiere llevarla?

¿Qué pasaría en el caso contrario, en el que una persona trabajadora decida seguir llevando la mascarilla, pero la empresa le diga que se la quite? Los abogados consultados están de acuerdo en que no parece haber base para que te obliguen a no utilizar cubrebocas... salvo casos muy específicos.

El propio Real Decreto 286/2022 "modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19", pero en ningún momento señala que lo obligatorio sea no llevar mascarilla. 

Es más, tanto el documento como la ministra de Sanidad recomiendan su "uso responsable", especialmente para la población vulnerable y "en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado".

Esto es lo que tienes que hacer a partir de ahora si te contagias de COVID-19: diferencias entre asintomáticos, casos leves y graves

Así, las fuentes consultadas coinciden en que la empresa no puede obligar a una persona a no llevar mascarilla en el trabajo, pero admiten que puede haber casos excepcionales en profesiones como la de modelos, presentadores de televisión o similares.

"La empresa no puede impedir a las personas trabajadoras el uso de las mascarillas", pero "podría surgir la duda sobre si se puede imponer el NO uso de la mascarilla en aquellos puestos de trabajo en los que, por su propia esencia, es requerida una determinada imagen que podría no ser compatible con el uso de la misma", analiza Bauza, también ponente y autora de varias publicaciones.

En los supuestos antes mencionados, "entendemos que podría ser defendible la obligación del NO uso de la mascarilla en el puesto de trabajo siempre que se aseguren otras medidas de protección o sean espacios exentos de riesgo", concluye la socia del área Laboral de Allen & Overy.

Quién debe proporcionarla: trabajador o empresa

Las empresas son las que deben proporcionar las mascarillas contra el COVID-19 en los supuestos en los que impongan llevarla puesta, ya que la protección de las personas trabajadoras frente a los riesgos laborales es una "obligación empresarial", recuerda la licenciada en Derecho.

Así lo estipula el artículo 14.5 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: "El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores".

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Business Insider.