¿Puedes usar la piscina comunitaria si eres propietario de una plaza de garaje? Esto es lo que estipula el Tribunal Supremo

Parejas se bañan en una piscina

Con la llegada del verano siempre apetece evitar el calor pegándote un buen chapuzón.

En el caso de que no vivas en una localidad costera, lo más habitual es que acudas a una piscina, ya sea comunitaria o de carácter municipal, para que así no te afecten tanto las altas temperaturas.

Una de las dudas más habituales en este sentido tiene que ver con el uso de las piscinas comunitarias, es decir, quiénes pueden acceder a ellas.

Por ejemplo, ¿puedes usar la piscina comunitaria si eres propietario de una plaza de garaje y no de una vivienda?

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La respuesta no es tan sencilla como parece, y hasta el Tribunal Supremo ha tenido que pronunciarse sobre este asunto después de la denuncia de una comunidad de propietarios.

A continuación, se explica quiénes pueden usar la piscina comunitaria y si aquellos que son únicamente propietarios de una plaza de garaje pueden bañarse.

¿Quiénes pueden usar la piscina comunitaria?

Los propietarios de las viviendas son los que deben decidir la normativa de la piscina comunitaria y quién puede utilizarla.

De este modo, si los propietarios deciden que el dueño de un garaje no puede entrar en la piscina, este tendrá que acatar la decisión.

Así lo asegura la sentencia del Tribunal Supremo anteriormente citada. El fallo da la razón a una comunidad de vecinos de Mallorca que prohibió el uso de la piscina por parte del dueño de una plaza de garaje.

"Una piscina, por su propia naturaleza, está al servicio de los propietarios que tengan en el edificio su residencia", aclara la sentencia, "los titulares de los garajes son propietarios de los mismos, pero no por ello son residentes, sino usuarios de una plaza de estacionamiento”, prosigue.

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Otro motivo para avalar esa decisión es que los dueños de una plaza de garaje no contribuyen al mantenimiento de la piscina, así que no tendrían derecho a usar las instalaciones.

"La piscina, en cuanto elemento común, no tiene como destino natural servir de disfrute a los titulares de los aparcamientos, los cuales los adquieren para estacionar un vehículo y no por las particularidades recreacionales de la edificación", resumen los magistrados.

Este fallo va a sentar jurisprudencia, pues servirá como aval para todas aquellas comunidades de vecinos que quieran restringir el uso de la piscina a ciertas personas.

Esto no significa que tengas siempre prohibido bañarte en la piscina comunitaria si eres propietario de un garaje; siempre puedes hablarlo con los vecinos y llegar a un acuerdo si están dispuestos.

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