¿Se puede utilizar la tarjeta de parking de una persona con discapacidad? Esta sentencia absuelve a una mujer que lo hizo
- Las tarjetas de aparcamiento de personas con discapacidad sólo pueden ser utilizadas por aquellos que poseen dicho permiso.
- Sin embargo, una sentencia reciente ha absuelto a una mujer que utilizó la tarjeta de una persona fallecida.
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El Tribunal Supremo ha absuelto a una mujer que utilizó la tarjeta de aparcamiento de una persona con movilidad reducida.
Las personas que padecen ciertos tipos de discapacidad tienen derecho a utilizar un permiso especial para aparcar su vehículo en plazas reservadas.
La tarjeta sólo se puede usar por los titulares, y en caso de recurrir a una de ellas cuando no tienes derecho suele ser motivo de sanción.
Sin embargo, no en todas las situaciones se considera que procede una multa al infractor, tal y como detalla esta sentencia reciente del Tribunal Supremo.
Los hechos se remontan al 6 de abril de 2018, día en el que la acusada detuvo su coche en una calle de Madrid que está incluida en el servicio de estacionamiento regulado (zona ORA).
La conductora colocó en el salpicadero del vehículo la tarjeta de aparcamiento de una persona con movilidad reducida.
Esta mujer no padecía discapacidad alguna, la tarjeta no era suya y el titular de la misma había fallecido meses atrás.
Debido a estos motivos, el Juzgado de lo Penal número 30 de Madrid la condenó a una pena de 3 meses de prisión y 3 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros por un delito de falsedad.
La mujer, descontenta con tal decisión, optó por recurrir la multa, por lo que el caso acabó llegando a manos de la Audiencia Provincial de Madrid.
Los magistrados desestimaron el recurso y confirmaron el fallo del Juzgado de lo Penal. La mujer volvió a recurrir y aquí es donde entra el Tribunal Supremo.
No hubo delito de falsedad al utilizar la tarjeta de parking
La sentencia del Tribunal Supremo da la razón a la acusada, alegando que no existe probado el delito de falsedad en este caso.
"La conducta descrita en los hechos declarados probados no constituye el delito de falsedad que ha sido objeto de condena en la instancia", afirma el fallo.
Además, los magistrados también argumentan que no existió perjuicios a terceros al hacer uso de la tarjeta, ni tampoco la intención de llevarlo a cabo.
Otro motivo que señalan es que la multa resulta desproporcionada, ya que existen otros mecanismos administrativos más idóneos para dichas situaciones.
¿Puedes usar la tarjeta de aparcamiento de una persona con discapacidad?
Que la sentencia del Tribunal Supremo haya absuelto a la acusada de un delito de falsedad documental no quiere decir que puedas utilizar la tarjeta de una persona con discapacidad reducida.
De hecho, las tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida sólo se expiden a aquellos que presentan al menos un grado del 33% de discapacidad.
También pueden usarlas los conductores responsables del transporte colectivo de personas discapacitadas.
Aprovecharse de este permiso cuando no tienes derecho a él puede suponer una multa de hasta 3.000 euros, aunque no necesariamente implica el delito de falsedad documental.
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