Puedes faltar al trabajo por el temporal: no habrá sanción pero se tiene que compensar

Puedes faltar al trabajo por el temporal, pero se tiene que compensar

Juan Medina/Reuters

  • El Estatuto de los Trabajadores recoge el derecho a faltar al trabajo por causa de fuerza mayor, lo que incluye casos como el temporal provocado por Filomena.
  • La empresa puede exigir una justificación de esa ausencia, que debe compensarse con la retirada del sueldo de ese día o recuperando las horas más adelante, entre otras opciones.
  • Descubre más historias en Business Insider España.

La borrasca Filomena ha llevado a muchas regiones de España un temporal de frío y nieve histórico que ha afectado al transporte, supuesto el cierre de carreteras, anulado las clases y alterado la vida de buena parte de la población. Entre sus consecuencias se encuentra la dificultad o imposibilidad, en algunos casos, de acudir al lugar de trabajo.

Quienes no tienen la opción de cumplir con sus obligaciones desde casa y se ven afectados por el cierre de carreteras y del transporte público están expuestos al dilema de tener que faltar al trabajo. Pero, ¿se puede hacer? ¿Qué consecuencias conlleva? ¿Puede ser causa de despido?

No puede haber sanción por faltar al trabajo por culpa del temporal

Comisiones Obreras (CCOO) ha aclarado este lunes 11 de enero que no pueden sancionarte "si no puedes llegar a tu centro de trabajo por inclemencias meteorológicas", ya que "el derecho a faltar al puesto de trabajo por causa de fuerza mayor está recogido en el Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 47".

Este artículo establece que el contrato de trabajo puede ser suspendido temporalmente "por causa derivada de fuerza mayor" y establece el procedimiento en el artículo 51.7.

Según este, "la existencia de fuerza mayor, como causa motivadora de la extinción de los contratos de trabajo deberá ser constatada por la autoridad laboral". Será la empresa la que solicite el inicio de este procedimiento, "acompañada de los medios de prueba que estime necesarios y simultánea comunicación a los representantes legales de los trabajadores".

En caso de que la empresa exija una justificación de la falta al trabajo, la persona empleada puede pedir un justificante a la Administración pública que corresponda, ya sea municipal o autonómica. 

Si la ausencia se debe al cuidado de los hijos por el cierre de los colegios, también deberá demostrar que dicho colegio ha cerrado si se lo pide la empresa, explica el sindicato.

¿Cómo se debe compensar la falta?

El Estatuto de los Trabajadores no especifica la forma en la que el trabajador debe compensar su falta al trabajo por este tipo de causas, pero CCOO informa de que hay varias vías posibles:

  • Retirarte el sueldo correspondiente a ese día
  • Recuperar las horas no trabajadas otro día y fuera de horario
  • Realizar el trabajo desde casa
  • Descontarlo de la bolsa de horas o de los días de libre disposición

Tanto CCOO como Alternativa Sindical recuerdan que en ningún caso puede compensarse ese día con uno de vacaciones.

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Business Insider.