Despido procedente

Trabajadora siendo despedida
  • El despido procedente se da cuando el empresario está amparado por la ley para finalizar el contrato laboral unilateralmente, sin acuerdo con el trabajador.
  • El empleador necesita una justificación muy clara para llevar a cabo este tipo de despido, y además el trabajador no cobra indemnización alguna.
  • Si quieres entender cómo funciona la economía, la tecnología, el mundo empresarial y descubrir el significado de la mayoría de conceptos que escuchas cada día, no te pierdas nuestra sección Qué es.
  1. ¿Qué es un despido procedente?
  2. Cómo se justifica un despido procedente
  3. ¿El trabajador cobra indemnización por despido procedente?
  4. ¿Se puede cobrar el paro tras un despido procedente?
  5. ¿El trabajador puede volver a su puesto?
  6. Casos prácticos: ejemplos para entenderlo mejor

¿Qué es un despido procedente?

El despido procedente se da cuando el empresario está amparado por la ley para rescindir un contrato laboral unilateralmente, sin necesidad de que el trabajador esté conforme.

Es el tipo de despido que menos favorece al trabajador y que más beneficia a la empresa, ya que no resulta tan costoso económicamente como el despido improcedente o el nulo.

Para que el despido sea procedente hay que cumplir el marco legal establecido y actuar también de manera adecuada en las formas.

El empleador debe hacer lo siguiente para no tener problemas:

  • Entregar al trabajador un preaviso con 15 días de antelación.
  • Justificar el despido de acuerdo al artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Llevar a cabo un período de consultas si se trata de un ERE.

Sin cumplir estos requisitos el despido no se considera procedente aunque esté debidamente justificado.

Cómo se justifica un despido procedente

En este punto deben prestar especial atención empresarios y trabajadores, pues en caso de no haber una justificación lo suficientemente adecuada el despido será considerado improcedente o nulo.

El proceso habitual se da cuando el trabajador reclama el despido ante la justicia. En ese momento el empleador tiene que entregar al juez la documentación que acredite la procedencia del despido.

El juez, teniendo en cuenta los hechos, dictará sentencia y le dará la razón a una u otra parte.

Una causa habitual de despido procedente es la organizativa o de producción, es decir, cuando la empresa se ve obligada a prescindir del empleado por motivos económicos o por una reestructuración necesaria. Será el juez el que determine si esto es realmente así.

Un despido procedente también puede justificarse ante los siguientes motivos:

  • Faltas de asistencia o puntualidad.
  • Falta de adaptación en un puesto de trabajo.
  • Desobediencia o indisciplina.
  • Ofensas o acoso a un compañero.
  • Rendimiento laboral muy bajo.
  • Acudir al puesto de trabajo con síntomas de embriaguez.

¿El trabajador cobra indemnización por despido procedente?

Este es uno de los aspectos más importantes que debe tener en cuenta el profesional que ha perdido su empleo.

En un despido procedente el trabajador no tiene derecho a indemnización, ya que la empresa ha reunido suficientes pruebas para justificar que debe prescindir de su puesto.

Eso sí, el finiquito es obligatorio en cualquier caso. Esto se debe a que aquí se incluyen diferentes conceptos que se han de abonar siempre.

Esto es lo que recoge un finiquito:

  • El salario de los últimos días trabajados del mes.
  • Las pagas extraordinarias.
  • Las vacaciones no disfrutadas.
  • Otras percepciones no salariales.

Asegúrate de que están abonando todos estos conceptos, pues de lo contrario tendrías derecho a reclamar.

¿Se puede cobrar el paro tras un despido procedente?

Sí, el trabajador que sufre un despido procedente tiene derecho a paro, siempre y cuando reúna las condiciones de cotización necesarias para obtener el subsidio por desempleo del SEPE.

Esto se debe a que el trabajador no ha decidido marcharse por voluntad propia de la empresa, lo que da derecho a cobrar el paro.

Es necesario estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE y haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.

¿El trabajador puede volver a su puesto?

No, el trabajador no regresará a su puesto, a no ser que el empresario cambie de opinión.

Esta situación sólo ocurre con el despido nulo o improcedente, en los que el empleador debe readmitir al profesional o abonar una indemnización que estipule la ley.

Casos prácticos: ejemplos para entenderlo mejor

La mayoría de empresas suelen intentar justificar el despido como procedente desde el principio, pero normalmente es un juez el que va a determinarlo.

Este sería un caso típico:

  • El trabajador recibe el preaviso del despido con 15 días de antelación; la empresa justifica una bajada de rendimiento.
  • El empleado, descontento con la decisión, acude a la justicia en un plazo de 20 días hábiles desde el despido y reclama.
  • Se produce un acto de conciliación en los juzgados de lo laboral: ambas partes pueden llegar a un acuerdo y dejar el despido en improcedente.
  • En el caso de que no haya acuerdo, la denuncia llega a un juez, que es el que estipulará si el despido es procedente o no, estudiando las justificaciones de la empresa y del trabajador.
  • Si el despido es procedente: el trabajador cobrará finiquito pero no indemnización; tiene derecho a paro.
  • Si el despido es improcedente o nulo: la empresa debe readmitir o abonar una indemnización al trabajador.

Todos estos pasos se suelen alargar durante meses, por lo que en muchas ocasiones se llega a un acuerdo en el acto de conciliación.

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