Para qué quiere España una Carta de Derechos Digitales: el debate entre si es "propaganda" o si será una hoja de ruta eficaz para futuras regulaciones

Carme Artigas, secretaria de estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
Carme Artigas, secretaria de estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

Europa Press

  • España ya ha presentado el primer borrador de su Carta de Derechos Digitales, que no ha dejado indiferente a los expertos en derecho tecnológico.
  • Algunos critican que es un "brindis al sol" que no cambia nada, sin ambición y que sirve como "propaganda": "un movimiento meramente estético".
  • Uno de los asesores que han trabajado en la Carta defienden el valor de la propuesta: servirá como "hoja de ruta" para futuras regulaciones tecnológicas.
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España ya cuenta con un borrador de su primera Carta de Derechos Digitales.

El documento ya está disponible aquí, y lo seguirá estando hasta el próximo 4 de diciembre, fecha en la que terminará el período de exposición pública durante el cual los ciudadanos podrán remitir enmiendas, sugerencias o propuestas a incluir o a retirar del escrito.

No es una norma, una proposición de ley ni ningún otro tipo de documento regulatorio. No es una 'Constitución digital'. Es ni más ni menos que una hoja de ruta a la que se podrá atener este Gobierno y los próximos a la hora de regular diversos aspectos del mundo digital. La ha confeccionado la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial que dirige Carme Artigas con la colaboración de 18 expertos como asesores.

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Cuenta con hasta 25 epígrafes que repasan cuestiones tan diversas como el derecho a la rectificación en medios digitales o la garantía del pseudonimato, la posibilidad de navegar por la red bajo un pseudónimo. La confección de la Carta es, además, uno de los principales compromisos del Ejecutivo para esta legislatura, que ya lo incluía en su estrategia de España Digital 2025.

El objetivo de la Carta es "proponer vías para garantizar el respeto a los valores compartidos también en el entorno digital". "Con ella, España quiere seguir en una posición de vanguardia internacional en la protección de los derechos de la ciudadanía", defiende el Ministerio de Asuntos Económicos en una nota de prensa remitida este martes por la mañana.

Pero no todos los expertos lo ven así. Algunos abogados especializados en nuevas tecnologías denuncian que esta Carta es un movimiento netamente "estético" del Gobierno y que puede acabar en papel mojado.

"Como texto de propaganda está muy bien"

Sergio Carrasco, abogado especialista en derecho tecnológico en Fase Consulting, y Carlos Sánchez Almeida, director legal de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), remarcan la misma idea. "Esta Carta no es un instrumento normativo. No da nuevos derechos. Lo que tenemos ahora es lo que ya teníamos. Refleja derechos que ya están contemplados en otras leyes, como en la Ley Orgánica de Protección de Datos o en el Código Civil".

"Tenemos derechos digitales desde 1978, en una norma que se llama Constitución y que es interpretada por los jueces, adaptándose a las nuevas redes sociales", incide Sánchez Almeida. "Habría que mirarse la Constitución y determinar si es necesario modificarla o no".

Carrasco y Sánchez Almeida sí están de acuerdo en una cosa con Borja Adsuara, consultor y también abogado, además de parte del comité de expertos que ha asesorado al Gobierno para confeccionar esta Carta. No es una norma, no es un documento legislativo: su redacción y aprobación está en manos de las Cortes. No de un consejo de asesores.

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"Como texto de propaganda, que es lo que es, está muy bien. Pero si lo que realmente se pretende es regular los derechos fundamentales de internet, el procedimiento es redactar una ley orgánica o bien proponer una reforma constitucional, que supongo que en ese sarao no se querrán meter", continúa Almeida.

Al director legal de la PDLI le preocupa mucho lo que introduce esta Carta de Derechos Digitales en su epígrafe 13. Este párrafo se detiene a explicitar cómo deberían ser las peticiones de rectificación a medios de comunicación en línea, algo que ya está regulado sin distinguir entre medio impreso o medio digital. Además, abre la puerta a una ambigüedad al referirse a "los responsables de los medios de comunicación y de los entornos digitales". ¿Qué es un entorno digital?

Almeida no sabe a qué viene ese texto. "No sé en base a qué estándares internacionales se pretende regular, pero desde mi punto de vista, cualquier cosa que no sea preparar un proyecto de ley orgánica y llevarla a un parlamento es un brindis al sol".

Posible falta de ambición

Un hombre camina delante de un cartel de 5G.

Carrasco, por su parte, continúa con la idea de que se trata de un instrumento "muy estético". "Funciona como una declaración de intenciones, pero curiosamente... para ser un instrumento meramente estético, tampoco se arriesga demasiado", lamenta.

"Si solo fuese estético podrían haber entrado mucho más en temas de libertad de expresión, o en cuestiones de cifrados. Podrían haber adoptado un tono distinto, porque parece que quieren mantener el de una norma". Carrasco también expone que, aunque no lo pretenda, cualquier lego en Derecho que consulte la Carta de Derechos Digitales puede inferir, por su construcción y redacción, de que se trata de un documento legislativo. Y dista de ser así.

En el epígrafe 23, la Carta se detiene en los derechos que los ciudadanos tendrán frente a la inteligencia artificial, y contempla los principios de auditabilidad de los algoritmos. "Se deberá garantizar el derecho a la no discriminación algorítmica", y "las personas tienen derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en procesos de decisión automatizados".

No obstante, Carrasco enuncia que no se menciona nada cuando una decisión automatizada por algoritmo se lleva a cabo al margen del campo de la inteligencia artificial. Por ejemplo, al pedir una subvención. "Tienes que tener derecho a conocer cuál es el código que decide si tienes derecho a recibir una prestación o una ayuda o no".

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El consultor de Fase Consulting también lamenta que la Carta, aunque no sea su propósito original, separa más al mundo físico del mundo digital. El documento, en su presentación —que puedes leer aquí— advierte que "no se trata de descubrir derechos digitales pretendiendo que sean algo distinto de los derechos fundamentales ya reconocidos, o de que las nuevas tecnologías y el ecosistema digital se erijan, por definición, en fuente de nuevos derechos".

Sin embargo, a Carrasco le llama la atención el derecho a la herencia digital que introduce el epígrafe 7 de la Carta. "¿Qué sucede con el acceso a las redes y a los contenidos de los usuarios? Dice que no se debe hacer una distinción, pero me están hablando de la herencia digital como si fuese un elemento a tener en cuenta, distinto a los bienes que se puedan heredar: choca una cosa con la otra".

"Da igual que estemos en el mundo real o en el digital. La distinción no es más que artificiosa. A los bienes digitales, cuando una persona fallece, se le tendrá que aplicar la normativa que corresponde a una herencia", incide.

Habla uno de los asesores: "No somos constituyentes"

Borja Adsuara, abogado también especialista en derecho tecnológico, forma parte desde este verano del comité de expertos que han asesorado la confección de esta Carta de Derechos Digitales.

Comparte las críticas de sus colegas, pero hasta cierto punto. Reconoce que, efectivamente, se trata de una hoja de ruta y no de un documento legal: los asesores no son parlamentarios. Adsuara reconoce llevar 20 años en el ámbito del derecho tecnológico. Pero ahora se vive "con intensidad". "La IA, los sesgos, e incluso todo lo que está por venir, como los neuroderechos...". 

"¿No tiene un valor normativo? No. ¿Entonces, qué valor tiene? Pues el de una iniciativa que no solo recoge las aportaciones de los expertos que forman parte del comité, sino de toda la sociedad. ¿Y obliga a algo? Pues no. Pero una vez se ha impulsado la Carta de Derechos Digitales, es un argumento más para utilizarla, y para obligar a este Gobierno y a los futuros a ir modificando leyes para seguir ajustándose a lo que dice el texto", plantea.

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Adsuara zanja que desde el comité de expertos no se quería hacer ninguna "Constitución digital". "No somos constituyentes. Lo que queremos es que nuestra Constitución se aplique de forma efectiva en el entorno digital. Esta solo es una forma de decir cómo se deben garantizar el ejercicio de los derechos que ya contempla la Constitución".

"El que haya una Carta de Derechos Digitales, ¿empeora o mejora la situación anterior? Yo creo que empeorar nada empeora. Ni la mejora. Pero aclara cosas. Pone sobre la mesa debates", zanja.

Adsuara defiende que han hecho el trabajo que se ha pedido que se haga. Lo han hecho un colectivo de más de una decena de expertos tecnológicos procedentes de diversos ámbitos. Y esperan que la Carta se convierta en un referente de cara a futuras leyes o modificaciones legislativas. Pero el trabajo no ha terminado. "Este es un primer borrador", recuerda. 

"Yo hubiera planteado alguna cosa de otro modo. Pero aquí han participado muchas manos y se ha intentado hacer caso al mayor número de propuestas posibles. Esta es la primera versión. Ahora vamos con las aportaciones de la consulta pública".

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