Renta 2018: Si tienes menos de 35 años y vives de alquiler en Madrid, te interesa aplicar esta deducción en tu declaración

La compraventa de vivienda se dispara en julio
  • En la declaración de la Renta 2018, podrás deducirte hasta 1.000 euros si vives de alquiler en la Comunidad de Madrid y tienes menos de 35 años.
  • Esta deducción, que se aplica sobre el 30% de las cantidades que se destinan al pago de un alquiler de vivienda, aumenta su tope en 150 euros respecto a la anterior campaña de la Renta.
  • El límite de base liquidable general para acceder a esta deducción son 25.620 euros en declaración individual o 36.200 en la conjunta.

El alquiler es uno de los puntos de la declaración de la Renta que más dudas genera entre los contribuyentes.

Desde 2015, ya no existe la deducción estatal para las cantidades pagadas en concepto de arrendamiento y cada comunidad autónoma ha legislado sobre esta cuestión conforme a sus propias necesidades.

Así, cada comunidad cuenta con su propia normativa, aunque en la mayoría de los casos estos incentivos se destinan a las rentas más bajas, los contribuyentes más mayores o más jóvenes y a los contribuyentes con discapacidad reconocida. Ese es el caso de la Comunidad de Madrid, donde se ofrece una deducción del 30% del dinero pagado en concepto de alquiler a los menores de 35 años.

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Además, como novedad para la campaña de la Renta 2018, la Comunidad de Madrid ha decidido elevar el tope máximo de esa deducción, desde los 850 euros del año pasado hasta 1.000 euros, como explica el usuario de Twitter albertpelias en este hilo:

Los requisitos para acceder a esta deducción, además de pagar un alquiler en Madrid y tener menos de 35 años, se mantienen respecto a la campaña pasada. Así, solo podrán acogerse a esta ventaja fiscal aquellos contribuyentes que no superen los 25.620 euros sumando su base imponible y de ahorro.

Ese tope se aplica a las declaraciones individuales, mientras que para las conjuntas se eleva hasta los 36.200 euros, mientras que en el caso de una unidad familiar, la suma de sus bases imponibles no puede superar los 60.000 euros. Además, el alquiler pagado durante el año pasado debe superar el 10% de sus rentas tanto en declaraciones individuales como conjuntas.

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