El SEPE puede pagarte por adelantado lo que te queda de paro por cobrar: estos son los requisitos

Oficina de empleo, paro, SEPE

Andrea Comas/Reuters

  • La capitalización o pago único permite el abono anticipado de la prestación por desempleo pendiente de percibir, con el objetivo de facilitar el emprendimiento y el empleo autónomo.
  • En un caso, incluso, se puede cobrar el paro sin estar en situación legal de desempleo
  • Condiciones, requisitos, documentación y solicitud del pago único de la prestación por desempleo en 2024.

"¿Estás pensando en emprender y necesitas un empujón económico? Puedes beneficiarte del pago único para montar tu empresa", recuerda recientemente el SEPE.

El Servicio Público de Empleo Estatal se refiere al pago único del paro, por el que, esencialmente y en algunos casos, una persona desempleada puede cobrar por adelantado y de una vez los últimos meses de paro que le quedan por percibir.

"La capitalización o pago único de la prestación por desempleo es una medida para facilitar iniciativas de emprendimiento y de empleo autónomo, mediante el abono anticipado de la prestación por desempleo pendiente de percibir", explica el organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo.

Esta medida tiene como objetivo "fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo entre personas que estén percibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo", para lo que, de manera excepcional, se abona a los beneficiarios "el valor actual del importe de la prestación que reste por percibir".

¿Qué se necesita para el pago único del paro?

Para ser persona beneficiaria, es necesario encontrarse en una de las situaciones contempladas legalmente, como querer incorporarse de forma estable como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales, desarrollar una actividad como trabajadores autónomos, realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva o reciente creación o adquirir acciones de la mercantil en la que trabajaba declarada en concurso y su posterior transformación en sociedad laboral o cooperativa.

Además, los requisitos principales que deben cumplir son los siguientes: 

  • Ser persona beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral, y tener pendiente de recibir al menos tres mensualidades (a fecha de solicitud del pago único). En el caso de las beneficiarias de la prestación por cese de actividad, el mínimo aumenta a seis meses.
  • No haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, en fecha posterior a la solicitud: sin embargo, cuando ya se haya solicitado, "se puede iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago".

Hay, incluso, un caso en el que se puede cobrar el pago único de la prestación del paro sin estar en situación legal de desempleo: se trata del supuesto para las personas trabajadoras con contrato indefinido de sociedades laborales o cooperativas que pretendan incorporarse como socias trabajadoras o de trabajo de dichas sociedades laborales o cooperativas.

Asimismo, la solitud se debe presentar antes de la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral o a la del inicio de la actividad como autónomo, a través de estas vías:

  • La sede electrónica del SEPE.
  • En la oficina de prestaciones (hay que pedir cita previa en el SEPE, por web o por teléfono).
  • En cualquier oficina de registro público.
  • Por correo administrativo.

Respecto a la documentación necesaria, esto es lo que se pide:

  • Impreso de solicitud de pago único, en modelo oficial.
  • DNI o pasaporte: para personas españolas.
  • Para extranjeros con residencia legal en España, se requiere un certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen (para nacionales de la UE) o la Tarjeta de Identidad de Extranjero y el pasaporte (no nacionales de UE).
  • Memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad y/o la inversión.

Puedes encontrar más información sobre el pago único de la prestación por desempleo —incluidos detalles, excepciones y obligaciones— en la correspondiente página web del SEPE.

También es posible informarse llamando al teléfono de atención a la ciudadanía (060: servicio con coste), acudiendo a un Punto de Asesoramiento e Inicio de la Tramitación (PAIT) —para conocer el proceso y los trámites de creación de tu empresa— o accediendo a CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas).

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