Sistema de módulos: qué es, cómo funciona y cuáles son sus límites

Diego Lorenzana
Límites en el sistema de módulos en 2021
  • Hacienda lleva unos años poniendo la lupa en el sistema de módulos, al creer que es uno de los mayores focos de fraude fiscal.
  • La reforma fiscal de 2015 endureció la normativa para acogerse al sistema de módulos y preveía reducir los límtes
  • Sin embargo, los límites llevan varios años congelados, y este año no va a ser una excepción, a causa de la pandemia.
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El sistema de estimación objetiva, también conocido como sistema de módulos, es una de las modalidades por la que pueden tributar los autónomos, junto con el sistema de estimación directa. En los últimos años, ha estado en el punto de mira de la Agencia Tributaria en la lucha contra el fraude fiscal, especialmente debido a su escasa transparencia.

Por esta razón, Hacienda está limitando el número de trabajadores que pueden acogerse a él, reduciendo sus límites de forma progresiva hasta que su uso sea prácticamente residual. Así, se busca mitigar al máximo posible el impacto negativo que este sistema, vestigio de otras épocas, está provocando sobre las arcas públicas.

Qué es y cómo funciona el sistema de módulos

El sistema de módulos es una modalidad de tributación por IRPF en virtud del cual el trabajador declara sus ingresos en función de una serie de parámetros asociados al negocio, como el número de metros cuadrados del local afectos a la actividad, los trabajadores contratados o el suministro de luz o gas contratado.

Es decir, a diferencia del sistema de estimación directa, donde el trabajador tributa por los ingresos reales de su negocio, en el sistema de módulos el negocio tributa siempre por una cantidad fija, con independencia de su facturación. Por eso, en muchos casos, los trabajadores tributan por una cantidad sensiblemente inferior a la que le tocaría pagar si tributasen por estimación directa.

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Sin embargo, la actual pandemia de la covid-19 ha provocado el efecto contrario. Muchos negocios han visto desplomarse su actividad y, en consecuencia, también su facturación. Al tributar por módulos, han tenido que abonar más impuestos que los debidos a sus ingresos reales.

Los límites de módulos en 2021

La reforma fiscal de 2015 preveía una reducción progresiva de los límites de módulos. Cada año, los límites de facturación de los negocios se irían reduciendo un poco más. Sin embargo, hasta ahora no se ha aplicado esta reducción en su totalidad y, en 2021, se han prorrogado los límites y condiciones previstos para 2020.

Los límites para tributar por módulos en 2021 y las condiciones en las que puede hacerse son los que marca el artículo 31 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Para empezar, podrán tributar en el sistema de estimación objetiva las personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF, siempre que, en este último caso, todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes sean personas físicas.

Además, todas sus actividades deben estar incluidas en la Orden Ministerial (OM) que desarrolla el régimen de módulos y no deben rebasar los límites establecidos en la misma para cada actividad.

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¿Cuáles son estos límites? El volumen de ingresos en el año inmediato anterior (si fuese en el que se inició la actividad se elevará al año) debe de estar dentro de una serie de límites:

  • Con carácter general el límite es de 150.000 € para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, forestales y ganaderas, cuyo límite estará en 250.000 €. También cuando la facturación a otros empresarios o profesionales sobrepase los 125.000 €. 
  • En el caso de operaciones para las que no exista obligación de emitir factura, cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal en aplicación del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación el límite será de 75.000 €.
  • Un límite de 150.000 € en el volumen de las compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio anterior.

También existen límites para el volumen total de las adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el ejercicio anterior. Excluyendo las adquisiciones de inmovilizado, éste no debe superar la cantidad de 250.000 € anuales (IVA excluido). En caso de que se iniciase la actividad, el volumen de compras se elevará al año. En el supuesto de obras y servicios subcontratados, el importe de los mismos se tendrá en cuenta para el cálculo de este límite.

Los trabajadores acogidos a este régimen no deben haber renunciado de forma tácita o expresa a la aplicación de este régimen y ninguna de la actividad debe encontrarse en estimación directa en el IRPF o en alguno de los regímenes del IVA incompatibles con el simplificado.

Sin embargo, a pesar de las prórrogas, el objetivo de la Agencia Tributaria es ir endureciendo los límites cada vez más, para que el número de autónomos acogidos al sistema de módulos sea cada vez más residual.

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