¿Qué son los rendimientos del trabajo en la declaración de la renta? Estos son los ingresos que debes incluir obligatoriamente en 2022

Una mujer haciendo gestiones con el ordenador

Es momento de que todos los contribuyentes resuelvan sus dudas sobre la declaración de la renta: la campaña empieza el 6 de abril y finaliza el 30 de junio.

Existe un margen más que amplio para llevar a cabo esta gestión, aunque conviene no perder el tiempo por si surgen dudas o inconvenientes de última hora.

Para ello es necesario conocer hasta los conceptos en apariencia más simple, ya que siempre pueden generar más preguntas de lo que crees.

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Uno de ellos es el de rendimientos del trabajo. Este detalle es clave en la declaración de la renta y todos los contribuyentes han de saber su significado para no cometer errores.

¿Qué son los rendimientos del trabajo en la declaración de la renta?

Los rendimientos del trabajo son las contraprestaciones que provienen, de forma directa o indirecta, del trabajo personal o de la relación laboral con una empresa o entidad.

Cualquier remuneración económica que sea fruto de un contrato de trabajo entra en este concepto. Se consideran así tanto el sueldo como los complementos salariales.

Además, la remuneración de un directivo o del miembro de un Consejo de Administración también se encuadra en los rendimientos del trabajo.

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Por otro lado, los ingresos que provienen de una relación mercantil deben incluirse en los rendimientos de la actividad económica.

Todo lo que debes incluir como rendimientos del trabajo

La teoría es sencilla, sin embargo, a la hora de incluir estos datos en el borrador puede ser más complicado.

Desde Hacienda explican que todos estos ingresos han de constar como rendimientos del trabajo:

  • Sueldos
  • Subsidios por desempleo
  • Prestaciones percibidas durante un ERTE
  • Ingreso mínimo vital (IMV)
  • Remuneraciones por gastos de representación
  • Dietas para gastos de viajes
  • Contribuciones para planes de pensiones
  • Cantidades satisfechas por un empresario para hacer frente a compromisos por pensiones, siempre y cuando sean imputadas a las personas vinculadas a las prestaciones

Recuerda que muchas de estas situaciones te obligan a presentar la declaración de la renta, pues en caso de haber estado trabajando y además cobrar el paro tendrás 2 pagadores.

El límite para presentar la renta de forma obligatoria si has contado con 2 o más pagadores es de 14.000 euros al año, siempre y cuando las sumas del segundo pagador y los sucesivos sea de al menos 1.500 euros.

Si sólo has dispuesto de un pagador a lo largo del año fiscal, el límite es de 22.000 euros.

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