Qué sucede si se me pasa el plazo de presentar la declaración de la Renta

Una mujer mira preocupada el ordenador.
  • Si olvidaste presentar tu declaración de la Renta dentro de plazo, debes saber que puedes realizar una declaración extemporánea, pero pagarás una penalización.
  • La penalización variará dependiendo del tiempo que haya pasado desde el final del plazo de presentación y de si el resultado de la declaración es a pagar o a devolver.
  • En la campaña de la Renta 2018, el 26 de junio se acaba el plazo para presentar las declaraciones a ingresar y el 1 de julio las que han resultado a devolver.

A pesar de la campaña informativa de la Agencia Tributaria y de los medios de comunicación sobre la campaña de la Renta, es posible que se te pase el plazo para presentar tu declaración. Has tardado en encontrar la referencia para acceder al borrador, el recordatorio para revisarlo se te ha traspapelado o no sabías que estabas obligado a declarar tu IRPF este año. ¿Y ahora qué puedes hacer?

No te alarmes, porque no eres el primero al que le sucede. De hecho, la Agencia Tributaria tiene un procedimiento específico para estos casos, lo que se conoce comouna declaración de la Renta extemporánea, es decir, presentada fuera de plazo.

La mecánica es la misma que para presentar la declaración en plazo, salvo porque se te aplicarán recargos o penalizaciones por demorarte en cuadrar cuentas con Hacienda.

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Qué hacer si se te ha pasado el plazo para presentar la declaración

En la campaña de la Renta 2018, el 26 de junio se acaba el plazo para presentar las declaraciones a ingresar y el 1 de julio las que han resultado a devolver. Por lo tanto, si pasadas esas fechas no has cumplido con tus obligaciones con el fisco, debes acudir cuanto antes a tu oficina correspondiente de la Agencia Tributaria o a su página web, si es que no has recibido ya un requerimiento suyo.

En estos casos, la Ley General Tributaria establece en su artículo 27 los recargos, sanciones y penalizaciones a los que se te puede someter, dependiendo del tiempo que haya pasado desde el final del plazo de presentación, de si el resultado de la declaración es a pagar o a devolver y de si has sido tú el que ha tomado la iniciativa de presentarla o lo haces por requerimiento de Hacienda.

Qué hacer si la declaración ha salido a pagar y no has recibido requerimiento

En este supuesto, el descuido respecto a los plazo de la Renta es menos grave que en otros casos, no se te interpone una sanción tributaria y la penalización que exige Hacienda es menor, aunque depende del tiempo transcurrido. 

  • Un 5% de recargo, si no ha pasado más de 3 meses. Además, no se te reclamarán intereses de demora.
  • Un 10% de recargo, si no han pasado 6 meses. No se te reclamarán intereses de demora.
  • Un 15% de recargo, si no han pasado 12 meses. No se te reclamarán intereses de demora.
  • Un 20% de recargo, si ha pasado más de un año. En este caso, sí deberás pagar los intereses, que están fijados en un 3,75% según los Presupuestos Generales del Estado de 2018.

En esta situación, compensa pagar los recargos en los plazos marcados por Hacienda, que establecen en torno a un mes y medio desde que avisaste de tu retraso, ya que en el apartado 5 del artículo 27 de la Ley General Tributaria se establece que podrás acogerte a una reducción general del 25%.

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Qué hacer si has recibido requerimiento y la declaración ha salido a pagar

Si has recibido la temida notificación de la Agencia Tributaria por no haber presentado tu declaración a pesar de estar obligado a ello, tu situación es más delicada, ya que sí se abrirá un procedimiento de infracción en tu contra. Ahora, la gravedad de la sanción dependerá de tu base de la sanción y de si Hacienda estima que has intentado ocultar tus ingresos o has usado medios fraudulentos.

  • Infracción leve: si tu base es inferior a 3.000 euros o si es superior a esta cantidad, pero la Agencia Tributaria estima que no ha habido ocultación, la sanción será de un 50% sobre la cantidad que te hubiese tocado pagar inicialmente
  • Infracción grave: si el fisco detecta ocultación, se te aplicará una multa de entre el 50% y el 100% de lo que te corresponda pagar. El porcentaje dependerá de si la Agencia Tributaria considera que has provocado un perjuicio económico a las arcas del Estado o si eres reincidente.
  • Infracción muy grave: si Hacienda detecta fraude o si has dejado de pagar un 50% de lo que te corresponde, la multa oscilará entre un 100% y un 150%, dependiendo del perjuicio económico y de si es la primera vez que cometes esta infracción.

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Qué hacer si la declaración ha salido a devolver

Este supuesto es el más leve de todos, dado que eres tú como contribuyente el que estaría sufriendo un perjuicio económico por no presentar tu declaración a tiempo.

Sin embargo, sí se te abrirá un procedimiento de infracción por haber faltado a tus obligaciones con Hacienda que te supondrá una multa de entre 200 y 400 euros, que podrás reducir al 50% si cumples los plazos de pago de la sanción.

Si estás obligado a presentar declaración y no lo has hecho, pero la Agencia Tributaria no te lo ha notificado, ten en cuenta que hay un plazo de hasta 4 años en los que se puede reclamar una declaración de la Renta. De este modo, si no presentas la del año fiscal 2018, Hacienda tiene hasta julio de 2023 para solicitártela.

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