Los supermercados españoles podrán racionar la venta de productos para impedir el desabastecimiento

Desabastecimiento en supermercados

Susana Vera/

Reuters

Los supermercados españoles podrán racionar, de forma temporal, la cantidad de los artículos que tienen a la venta en caso de situaciones excepcionales de posible desabastecimiento, como la que está teniendo lugar en la actualidad como consecuencia de la invasión de Ucrania por parte de Rusia y de los efectos de la huelga de transportistas.

Esta medida queda estipulada en el decreto-ley que contiene el plan de choque contra los efectos de la guerra presentado recientemente por el Gobierno, y modifica así la Ley de Ordenación del Comercio  Minorista, que prohíbe a los comercios limitar la venta de productos, según 20 minutos

"Excepcionalmente, cuando existan circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que lo justifiquen, los establecimientos comerciales podrán suspender con carácter temporal la prohibición (...) de limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador", reza el texto.

"Estas medidas deberán estar justificadas y se adoptarán de manera proporcionada cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas", aclara.

Según fuentes del Gobierno citadas por el medio, la limitación de la venta deberá responder a "razones objetivas y justificadas", estar "sustentada sobre el stock real de cada comerciante" y tener como objetivo "garantizar el derecho de todos los consumidores a la obtención del producto de una forma razonable y equitativa". Busca, asimismo, limitar las "compras masivas" y evitar la "reventa", explican.

La huelga de transportistas tensa aún más la cadena alimentaria y amenaza con afectar al empleo: estos son los sectores más afectados

En los últimos días, han sido comunes las imágenes de supermercados con estantes completamente vacíos, especialmente con productos como la leche.

Incluso, Mercadona, la mayor cadena de supermercados de España por cuota de mercado, ha salido a desmentir en sus redes sociales que estuvieran regulando la venta de productos y que lo hiciesen para subir los precios, al tiempo que pedía a los clientes no hacer acaparamiento de artículos.

La Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista, establece en su artículo 9, apartado 2, que "los comerciantes no podrán limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen".

Sin embargo, a través de una última actualización, este miércoles 30, se ha añadido un tercer apartado con la excepción antes mencionada. Esta ya se encuentra publicada en el BOE, pero entra en vigor a partir de este jueves 31, recoge el boletín.

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