El Tribunal Supremo condena al Banco Santander a pagar 5,6 millones de euros por 3 infracciones graves de la ley contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo

Cliente entrando en entidad del Banco Santander
  • El Tribunal Supremo condena al Santander a pagar 5,6 millones de euros por 3 infracciones graves de la ley contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo detectadas en 2013.
  • La sentencia reduce casi 5 millones la multa que les impuso en 2015 la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales, aunque la aumenta en 2 millones respecto a lo determinado en 2019 por la Audiencia Nacional, según El País.
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Tras 6 años de recursos judiciales, el Tribunal Supremo ha condenado al Banco Santander por 3 infracciones graves de la ley de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, lo que implica que tendrá que hacer frente a multas por valor de 5,6 millones de euros y pone fin a un largo proceso judicial que concluye con la segunda condena al banco presidido por Ana Botín por no prevenir el blanqueo de capitales entre sus clientes, según publicaEl País.

No obstante, este caso se origina hace casi 9 años, cuando la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac) determinó en 2013 que la entidad había cometido irregularidades en 143 cuentas de valores segregadas, motivo por el que le impuso multas de 10,5 millones de euros en 2015 por 6 infracciones graves, iniciando un litigio que ha generado varios recursos tanto por parte del Santander como dela Abogacía del Estado.

De hecho, el banco recurrió a la Audiencia Nacional, que determinó en noviembre de 2019 que el Santander solo era culpable de una de las 6 infracciones graves por las que había sido multada por la Sepblac, considerando que la entidad incumplió su obligación de informarse del propósito e índole de la relación de negocios, y reduciendo la multa por no haber identificado a los titulares reales de las cuentas investigadas, lo que suponía que las sanciones disminuyeron a 3,6 millones de euros.

Tanto el Santander como la Abogacía del Estado recurrieron esta sentencia al Supremo que, casi 2 años después ha decidido endurecer las multas al banco, confirmando las sanciones impuestas por la Audiencia Nacional y determinando que la entidad no ha cumplido su obligación de informar de indicios de posible blanqueo de capitales a las autoridades, como establece la normativa vigente.

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En concreto, el alto tribunal determina que el Santander incumplió 3 secciones de la ley de prevención del blanqueo, que se refieren a incumplir su obligación de identificar al titular real de las cuentas, que le ha supuesto 2,6 millones de euros de multa, por no informarse por el propósito de la relación de negocios, que implica otra sanción de 1 millón, y por no comunicar a la justicia posibles indicios de blanqueo, sancionado con otros 2 millones de euros, según el diario del Grupo Prisa.

Al banco solo le quedaría solicitar la nulidad del proceso por un error procesal grave, según El País, que descarta esta vía pueda dar resultados. Estas multas se suman a las declaraciones a finales de 2020 por parte de técnicos del Banco de España ante la Audiencia Nacional, en las que confirmaron que el Santander movió en España fondos ocultos de decenas de clientes españoles en la filial suiza del banco británico HSBC de forma opaca entre 2005 y 2012.

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