Así te afectarán las nuevas normas de tráfico que están a punto de entrar en vigor: conducir con el móvil restará 6 puntos y llevar un detector de radares se multará con 500 euros

Control de tráfico
  • Las nuevas normas de tráfico que ha elaborado la DGT están a punto de recibir su aprobación definitiva, por lo que entrarán en vigor próximamente.
  • Algunos de los cambios más importantes son las nuevas sanciones por mirar el móvil al conducir o llevar un detector de radares, así como la regulación de los vehículos de movilidad personal.
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La nueva normativa de tráfico elaborada por la DGT ya tiene el visto bueno del Consejo de Ministros, que la acaba de remitir al Congreso de los Diputados para que reciba su aprobación definitiva, tal y como anuncia el propio organismo en un comunicado.

Esto significa que dichas medidas entrarán en vigor próximamente, por lo que debes conocerlas para cumplir la normativa de la DGT y no recibir sanciones y multas.

Algunos de los cambios más conocidos son el aumento de las sanciones por conducir mirando el teléfono móvil, las multas más elevadas por tener un detector de radares o la regulación de los vehículos de movilidad personal.

Pero no son las únicas novedades que has de tener en cuenta. A continuación, se muestran las normas de tráficos que están a punto de entrar en vigor y sus respectivas sanciones.

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Nuevas sanciones por mirar el móvil y otras actitudes peligrosas en carretera

Conductor de coche

A partir de ahora, conducir mientras se sujeta el teléfono móvil, aunque no lo estés mirando, te costará 6 puntos en el carnet de conducir. Antes esta actitud se castigaba con 3 puntos. Eso sí, la multa económica se queda igual: 200 euros.

También se eleva de 3 hasta los 4 puntos la sanción por no utilizar el cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil. Se multará también el hecho de no llevar el caso bien puesto o tener el cinturón mal abrochado.

Además, llevar un detector de radares en el coche se empezará a considerar infracción grave, por lo que se multa con 500 euros y pérdida de 3 puntos. Esto será así aunque el dispositivo en cuestión se encuentre apagado.

Se renuevan los límites de velocidad

Circulación de vehículos en carretera

Otra cuestión importante es que los turismos y motocicletas no podrán rebasar el límite de velocidad en 20 kilómetros por hora al efectuar adelantamientos en vías convencionales, tampoco en las vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera.

Y otro cambio importante en zonas urbanas: las vías que tengan un solo carril por sentido de circulación el límite de velocidad será de 30 kilómetros por hora.

El límite se mantiene en 50 kilómetros por hora en las vías urbanas de 2 o más carriles.

Regulación de los patinetes

Mujer en patinete eléctrico

Los vehículos de movilidad personal van a tener una regulación propia, que incluye las siguientes normas:

  • La velocidad máxima de los vehículos propulsados por motor eléctrico, como el caso de los patinetes, será de entre 6 y 25 kilómetros por hora
  • No se podrá circulas con ellos por aceras y zonas peatonales, tampoco por vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías que transcurran por poblaciones
  • Los conductores pueden ser sometidos a pruebas de alcoholemia y no podrán usar auriculares
  • Se debe contar con el certificado de circulación que acredita los requisitos técnicos exigidos

Cambios en el permiso de conducir

Un camionero consulta su tablet delante del camión.

gettyimages

Cuando esta norma entre en vigor, se reducirá de 21 a 18 años la edad mínima para sacarse el carnet  de camión. 

Lo mismo ocurre con los autocares, siempre y cuando se conduzcan sin pasajeros y en un radio máximo de 50 kilómetros.

Por último, se amplía de 3.500 kilogramos a 4.250 kilogramos el peso de las furgonetas que se pueden conducir en España con el carnet B. 

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