Esta tienda de Ikea en Suecia va a eliminar los pagos en efectivo: por qué no puede pasar en España

Pavel Ramírez
Una tienda de Ikea
  • Ikea ha suprimido a modo experimental el pago en efectivo en una de sus tiendas de Suecia.
  • En España, la legislación vigente impide que se prohíba el pago con cualquier moneda de curso legal en tiendas físicas.

Ikea ha decidido, a modo experimental, eliminar por completo el pago en efectivo en una de sus tiendas de Suecia. Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, la tienda de la ciudad de Valbo, se convertirá en la primera de la cadena de muebles en no permitir el pago con dinero físico.

Según Parc Burstein, a cargo de la experiencia del cliente en la tienda, la medida pretende ahorrar tiempo a los empleados, que durante ese período no tendrán que manejar dinero en efectivo, y al mismo tiempo minimizar el riesgo de robos y fraudes.

El test de Ikea en una de sus tiendas sigue la línea de transformación del país nórdico hacia los métodos de pago electrónicos. Según el banco central sueco —denominado Riksbanken—, en la actualidad sólo el 13% de los pagos en establecimientos se realizan en efectivo.

Para ponerlo en contexto, el 85% de todas las transacciones que se realizan en el planeta son a través de dinero en efectivo; en España, ese porcentaje asciende hasta el 87%, según un estudio de Mastercard.

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Preguntada al respecto, Ikea España no querido detallar a Business Insider si el experimento en Suecia se trata de una estrategia que podría aplicarse en nuestro país en el futuro.

La legislación vigente impide eliminar el pago en efectivo

¿Podría Ikea, o cualquier otra tienda, llevar a cabo una experiencia similar en España? En nuestro país, la norma que rige las transacciones es el artículo 1.170 del Código Civil, que establece que "el pago de las deudas de dinero deberá hacerse en la especie pactada y, no siendo posible entregar la especie, en la moneda de plata u oro que tenga curso legal en España".

El problema es que la norma no especifica si la "especie pactada" puede no incluir o dejar fuera a la moneda "de curso legal en España".

En este sentido, la interpretación que hace Facua de ese artículo 1.170 del Código Civil es que el pago de las deudas ha de hacerse en la moneda de curso legal. El argumento que explica a Business Insider Rubén Sánchez, portavoz de la asociación de consumidores, es que no se puede rechazar el pago en efectivo con moneda de curso legal.

Una idea que comparte Xavier López, director del área fiscal del despacho Sanahuja Miranda, que considera que la "prohibición legal es en sentido contrario; es decir, está prohibido realizar pagos de más de 2.500 euros cuando interviene un empresario [en referencia a la normativa para combatir el fraude fiscal]. Por tanto, yo entiendo que el hecho de que una tienda prohíba pagar en efectivo es susceptible de reclamación por parte del consumidor".

La normativa autonómica va en la misma línea

Este supuesto de no dejar pagar con efectivo recuerda al que ya afectó a Hawkers en septiembre de 2017, cuando Facua denunció ante la dirección general de Comercio y Consumo al fabricante de gafas por negarse a cobrar en efectivo en la tienda física que abrió en el centro de Madrid el año pasado.

En aquella ocasión, Hawkers terminó desistiendo y aceptando el pago con monedas y billetes. La normativa relativa a la protección de los consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 50 prohíbe expresamente "la no aceptación de los medios de pago admitidos legalmente u ofertados".

Una norma regional que, según Iñaki Uriarte, director Legal y secretario general de Adigital (Asociación Española de la Economía Digital), va en línea con el resto de normativas autonómicas —subordinadas al citado artículo 1.170 del Código Civil— y que establece claramente la prioridad en el pago de los medios admitidos legalmente, esto es, las monedas y billetes.

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"Si una tienda ofrece el pago con tarjeta, no puede no aceptarlo después", explica, al tiempo que señala que lo que nunca se puede hacer es "eliminar un medio de pago admitido legalmente", como es el caso del dinero físico. 

En este sentido, Uriarte añade que el único modo de que una tienda física en España deje de aceptar dinero sería "modificar la normativa vigente"; esto es, suprimir o actualizar el el artículo 1.170 del Código Civil o hacer lo propio con cada regulación autonómica, sin entrar en conflicto con la ordenación superior.

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