Las ayudas que pueden solicitar los autónomos de la hostelería en las zonas donde se ha decretado su cierre

Ayudas autónomos crisis
  • La segunda ola de coronavirus ha provocado que se pongan en marcha nuevas restricciones, especialmente en los bares y restaurantes.
  • Algunas comunidades autónomas, como Cataluña, Navarra o La Rioja llevan varias semanas con la hostelería cerrada. Estas son las ayudas que pueden solicitar los autónomos de este sector.
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La nueva oleada de contagios de coronavirus ha obligado a muchas comunidades autónomas a imponer medidas duras, sobre todo en las actividades relacionadas con el ocio y el contacto social, por ejemplo, la hostelería.

Algunas regiones como Cataluña, Asturias, La Rioja, Navarra o Castilla y León llevan varias semanas con los bares y restaurantes cerrados, permitiendo sólo el reparto a domicilio o la recogida de un pedido en el local. El objetivo es frenar la propagación, pero el daño a la economía resulta inevitable.

Debido a ello, existen varias ayudas a las que pueden acceder los profesionales de la hostelería. Estas prestaciones las gestiona la Seguridad Social, y hay que cumplir ciertos requisitos para que te las concedan. 

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Prestación extraordinaria por suspensión de actividad

Los trabajadores por cuenta propia que se ven afectados por estas restricciones tienen derecho a una prestación extraordinaria por cese de actividad, siempre y cuando no repartan pedidos a domicilio.

La cuantía será del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada. Si el profesional tiene familia numerosa la cantidad se incrementa un 20%.

La prestación se recibirá al día siguiente de que se decrete el cierre de actividad, y durará hasta el último día del mes en el que se acuerde el levantamiento. El autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la seguridad social, pero le contará como período cotizado.

A esta ayuda pueden acceder todos los autónomos que no tengan posibilidad de reparto a domicilio. Habrá que solicitarla en la mutua correspondiente y hacer una declaración responsable de que no se dispone de medios de reparto. 

Prestación compatible con la actividad

Esta es la ayuda que pueden solicitar aquellos que siguen trabajando, pero necesitan más ingresos. También la pueden pedir los hosteleros que han visto clausurada su actividad y no tienen reparto a domicilio, siempre y cuando estimen que su facturación ha caído un 75% respecto al último trimestre del año pasado. 

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Esta prestación es del 70% de la base reguladora, lo que viene a significar al menos 661 euros al mes. Incluye además el abono de la cuota por contingencias comunes, que se devuelve al trabajador.

Hay que acreditar documentalmente la pérdida del 75% de la facturación, pero no es necesario esperar al final del trimestre para beneficiarse de la ayuda. Se puede acreditar este requisito una vez finalice el trimestre. 

[Fuente: Seguridad Social]

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