Si ganas hasta 35.200 euros tendrás menos retenciones del IRPF en 2023

Oficina de Hacienda

Las personas trabajadoras que ganen hasta 35.200 euros brutos anuales verán reducidas sus retenciones del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) durante el próximo año.

Así se establece en el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del IRPF, un borrador sometido a trámite de información pública que recoge VozPópuli este martes 18.

Esta rebaja fiscal es consecuencia de 2 de los cambios introducidos por el Gobierno en su paquete de medidas fiscales, anunciados el pasado 29 de septiembre por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero: por un lado, el incremento de la reducción por rendimientos del trabajo hasta los 21.000 euros brutos anuales de renta y, por otro, la elevación del límite a partir del cual se paga el IRPF (sube de los 14.000 euros a los 15.000 euros anuales).

"Cuando el contribuyente obtenga una cuantía total de retribución, a la que se refiere el artículo 83.2 de este Reglamento, no superior a 35.200 euros anuales, la cuota de retención, calculada de acuerdo con lo previsto en los apartados anteriores, tendrá como límite máximo el resultado de aplicar el porcentaje del 43% a la diferencia positiva entre el importe de la cuantía total de retribución y el que corresponda, según su situación, de los mínimos excluidos de retención previstos en el artículo 81 de este Reglamento", recoge el documento, que sustituye así la cifra de 22.000 euros que figura actualmente en el artículo 85.3 del Reglamento del IRPF.

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En el proyecto de Real Decreto, de un artículo único, se explica que estos ajustes se realizan para adaptar el texto reglamentario al cambio operado por los Presupuestos Generales del Estado para 2023 referentes al IRPF.

De esta forma, dichas modificaciones en el reglamento tendrían "la finalidad de trasladar a los trabajadores de renta más baja el efecto económico derivado de la elevación de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, mediante los oportunos cambios en el procedimiento de cálculo del tipo de retención reglamentariamente establecido".

Sin embargo, la menor retención, que se aplica a partir del 1 de enero de 2023, tiene un efecto neutro en los contribuyentes con rentas entre 21.000 euros brutos anuales —el límite al que en realidad se dirige la rebaja fiscal— y los 35.200 euros mencionados.

 

De esta forma, la retención reducida que estas personas hayan visto en sus nóminas durante el próximo año tendrá que ser compensada en la declaración de la renta de 2023 (que se realizará en 2024), por lo que pagarán más en esa declaración y no experimentarán subida ni bajada finalmente.

Por último, el borrador también establece que la retención del IRPF se practicará a partir de los siguientes límites:

  • Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente, con renta a partir de los 17.270 euros (si tiene un hijo) o de los 18.617 euros (con 2 o más hijos y otros descendientes).
  • Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas: a partir de los 16.696 euros (sin hijos), de los 17.894 euros (con un hijo) y de los 19.241 euros (con 2 o más).

En el resto de situaciones, con carácter general, el umbral se establece en los 15.000 euros sin hijos, 15.599 euros con uno o 16.272 euros con más.

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