Trabajo intercede a favor de los 'riders' y elaborará una ley para acabar con los falsos autónomos

Repartidor de comida a domicilio de la empresa Glovo
  • El Gobierno regulará a los riders de Deliveroo y Glovo por medio de una ley que acabe con los falsos autónomos y los abusos laborales en el sector delivery.
  • Será el próximo objetivo de la cartera de Trabajo y Economía Social, dirigida por Yolanda Díaz, que también arremeterá contra la reforma laboral del año 2012.
  • Tribunales de toda España han fallado a favor y en contra de las condiciones laborales plataformas de reparto, desencadenando una batalla judicial aún por resolver en líneas generales.
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Tras lograr la subida del salario mínimo a 950 euros y prohibir el despido por baja médica justificada, el ministerio de Trabajo pone en su punto de mira a los falsos autónomos, principalmente a riders de plataformas como Glovo o Deliveroo.

La titular de la cartera de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha asegurado este viernes que su "siguiente iniciativa" será promulgar una ley que regule contra los falsos autónomos y termine con el largo litigio que enfrenta a empresa y trabajadores que se ven obligados a constar como autónomos. "Un joven en bicicleta con un móvil no es un trabajador autónomo [sino] una verdadera persona asalariada", ha defendido la ministra de Unidas Podemos en el Congreso de los Diputados.

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Lo ha hecho en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, celebrada este viernes. Y aunque en su gabinete no se atreven a dar una fecha concreta, es probable que la nueva ley comience a tramitarse antes de la desmantelación "urgente" de la reforma laboral del PP de 2012, todavía vigente.

Este es precisamente uno de los principales puntos de choque entre los programas económicos de PSOE y Unidas Podemos, condenados a entenderse en el Consejo de Ministros. A Díaz no le tiembla la voz para declarar su "firme compromiso" con la derogación de la reforma, que ejecutará "en tres fases" a pesar de las reticencias de otros miembros del Ejecutivo, como la vicepresidenta Nadia Calviño.

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"Los riders no tienen autonomía ninguna"

Si hay una figura del falso autónomo que ha dado de qué hablar, esa es la del rider de Glovo y Deliveroo. A sus espaldas cuentan no sólo con la mochila de pedidos, sino con multitud de sentencias favorables que avalan su condición de trabajadores y que remiten a presuntos abusos de las empresas.

Así lo asegura la ministra, defensora de que en la situación del pedido delivery "no hay autonomía ninguna" y ha citado como prioridad un problema laboral que afecta también a arquitectos, abogados, medios de comunicación e industrias cárnicas, entre otros. La batalla no se dará sólo por la vía legal, sino también por la administrativa: refuerzo de inspecciones de trabajo, revisión de jornadas, actualización de salarios e investigación sobre contratos temporales y discriminatorios.

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Los jueces no se ponen de acuerdo

El problema laboral de los riders viene de largo, y no sólo en el terreno de la política. La propia Justicia española se encuentra dividida sobre cómo abordar el estatus de estos trabajadores.

Si el pasado noviembre un juez fallaba en Madrid contra de Deliveroo y le obligaba a dar de alta en la Seguridad Social a más de 500 repartidores considerados falsos autónomos, otro en Barcelona respaldaba el modelo laboral de Glovo y aseguraba que los riders eran autónomos de plena competencia.

Una ristra de jueces e inspectores en Madrid, Valencia, Zaragoza o Gijón, entre otras, han resuelto que las empresas utilizan falsos autónomos para llevar a cabo su actividad, mientras que otros —Barcelona u Oviedo— han fallado justo por lo contrario. El choque de criterios ha obligado a intervenir al Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

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El punto de discordia es bien claro. Determinar cuál es la herramienta de producción de estos trabajadores: la bicicleta o la app.El TSJ de Asturias, en este caso, ha fallado a favor de los riders e interpreta que la aplicación y la marca son los verdaderos medios de producción de la empresa, y no tanto la bicicleta o la moto. Dicho de otro modo, el repartidor podría llevar la comida del restaurante al destino andando o en transporte público, pero no podría realizar su trabajo sin la app (que le da la empresa), lo que en lenguaje jurídico implica "ajenidad" o relación laboral.

Al otro lado de la mesa se encuentra el TSJ de Madrid, quien en septiembre de este año se posicionó justamente en contra de este criterio. Los jueces afirmaron que la herramienta que hace falta para realizar el trabajo no es la app, sino el móvil, por lo que los gastos correrían de cuenta del trabajador y no de la empresa. La sala interpreta que el medio de transporte también es más importante que la aplicación dado que el autónomo tiene "libertad de aceptar los pedidos que desee sin penalización [o de] elegir la ruta que quiera".

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