Trabajo plantea anular los despidos disciplinarios de trabajadores temporales en condiciones fraudulentas

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.

Pool Moncloa/José María Cuadrado

  • El Ministerio de Trabajo plantea nuevas condiciones para los trabajadores temporales dentro de las negociaciones con los agentes sociales para modernizar las relaciones laborales y reducir las altas tasas de temporalidad.
  • Además de limitar a un año la duración de los contratos temporales, el Ejecutivo plantea al diálogo social la anulación de despidos disciplinarios en caso de que haya un contrato fraudulento y obligar a la empresa a readmitir al trabajador, según La Información.
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Además de la negociación con sindicatos y patronales para la derogación de los aspectos más lesivos de la reforma laboral aprobada en 2012, el Ministerio de Trabajo está centrado en los últimos días en presentar propuestas a los agentes sociales para acometer una de las medidas que a las que se ha comprometido ante Bruselas para recibir las ayudas europeas, como es la lucha contra la alta tasa de temporalidad en el mercado laboral español.

Así, en las últimas semanas, el Gobierno ha ido desvelando varias propuestas de reforma del Estatuto de los Trabajadores para modernizar las relaciones laborales y mejorar las condiciones de los contratos temporales, para los que ha propuesto reducir su duración a un máximo de un año, limitar a 2 las causas por las que se pueden ofrecer estos contratos y obligar a hacer indefinidos a los interinos que lleven 24 meses en el mismo puesto de trabajo sin que se reincorpore el empleado al que sustituyen.

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Además de estas medidas, el Ministerio de Trabajo también ha planteado a sindicatos y patronales modificar el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores para considerar nulos los despidos disciplinarios de trabajadores con contratos temporales fraudulentos según las 2 causas justificativas que se incluirán en la reforma, por lo que las empresas no solo no podrán despedirlos sin coste, sino que tendrán que readmitirlos, según avanza La Información.

En concreto, las propuestas del ministerio consideran que las 2 causas que justifican un contrato temporal solo podrán ser por razones productivas, para que las empresas puedan hacer frente a picos de demanda, o por cuestiones organizativas, para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de su puesto en la empresa. De este modo, los contratos temporales que no se ajusten a estas 2 situaciones estarán bajo el amparo de la nulidad del despido disciplinario.

Con esta modificación, los trabajadores temporales con contratos fraudulentos gozarán de las mismas protecciones que ofrece el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores para los despidos por causas de discriminación, como los que afectan a trabajadoras embarazadas o a empleados que se acojan a un permiso de maternidad o paternidad, entre otros casos, según el diario digital.

Además, las modificaciones que ha planteado el departamento que dirige la vicepresidenta tercera, Yolanda Díaz, incluyen otorgar la categoría de fijos a los trabajadores temporales que no hayan sido dados de alta en la Seguridad Social y considerar indefinidos a los empleados que no cuenten con un contrato por escrito o en el que no se justifique el motivo por el que la relación laboral tiene una duración determinada.

Estas medidas buscan evitar que las empresas abusen de los contratos temporales y recurran a causas disciplinarias ficticias para despedir sin coste ni indemnización a los trabajadores con este tipo de relación laboral, según La Información. Por el momento, se desconoce la acogida de los agentes sociales a estas propuestas, después de que la CEOE rechazase los cambios a la reforma laboral propuestos por Trabajo y de que Díaz asegurase que la patronal no podrá vetar esas modificaciones.

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