El Tribunal Superior de Madrid da la razón a Cabify y mantiene la cláusula de no competencia del contrato con Auro, por lo que sus VTC no podrán trabajar con otras apps

AdrianHancu/Getty Images
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  • Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula el laudo que permite a Auro trabajar con otras aplicaciones más allá de Cabify.
  • El fallo judicial, contra el que no cabe recurso, considera que la cláusula de no competencia que existía en el contrato entre Auro y Cabify es válida, según la sentencia a la que ha tenido acceso Business Insider España.
  • Auro tiene unas 2.200 autorizaciones de VTC, puso en marcha a principios de año su propia aplicación y llegó a prestar servicios de mensajería.
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Cabify revierte en los juzgados el laudo arbitral que permitía a la empresa de licencias VTC Auro explotar sus coches con otras aplicaciones. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a la que ha tenido acceso Business Insider España, anula los dos primeros puntos de ese laudo y defiende la legalidad de la cláusula de no competencia el contrato entre ambas compañías.

El fallo de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictado el pasado 22 de octubre, anula los dos primeros puntos del laudo arbitral que permitía a Auro, propietaria de unas 2.200 autorizaciones VTC, explotar sus licencias con cualquier operador, tanto con su propia aplicación móvil como con otras compañías.

El segundo de esos dos puntos declaraba nula de pleno derecho la cláusula de no competencia establecida en el contrato entre Auro y Cabify. Sin embargo, el TSJM ha tumbado esa decisión, al estimar la demanda de anulación parcial solicitada por Cabify, de manera que la cláusula de no competencia vuelve a pesar sobre Auro. 

Esto supone que Auro no puede utilizar otras plataformas de intermediación para sus vehículos, aunque sí podría tener sus propios clientes, siempre que eso no disminuya la disponibilidad de los vehículos para Cabify. Según la sentencia, contra la decisión del máximo tribunal madrileño no cabe recurso.

Cabify recurre un laudo arbitral que permitiría a Auro explotar sus licencias VTC en cualquier plataforma

Cabify puso en marcha esta demanda después de que en otro procedimiento arbitral con una empresa de licencias VTC, en este caso Cibeles Comfort Cars, dictado a finales de este mes de junio, sí que se validara esta cláusula de no competencia.

Business Insider España se ha puesto en contacto con las dos partes implicadas, Cabify y Auro, que no han querido hacer valoraciones.

El sector de las VTC tiene el 47,1% de sus licencias controladas por empresas, según datos del Ministerio de Transportes de abril de 2021 revelados por El País. Entre esas compañías, el mayor propietario de VTC es Moove Cars, de la que Uber se hizo con el 30% el pasado mes de marzo, seguida por la propia Cabify a través de varias sociedades como Vecttor (que tiene unas 1.600 licencias según su web)y otras compañías como Auro, National Express (matriz británica de Alsa) y Cibeles.

Los motivos que obligan a Auro a no competir con Cabify

El Tribunal Superior madrileño considera que el pacto de no competencia "no puede considerarse perjudicial" para Auro, dado que la empresa de VTC fue "a su vez financiada por su proveedor de acceso a la app (Cabify) para la adquisición de licencias VTC". "De otra manera Auro no podría haber accedido a dicho mercado", subraya el TSJM.

La sentencia también considera que el porcentaje de facturación que Cabify cobra a Auro por la intermediación por sus usuarios no es perjudicial para el usuario ni discrimina a esta empresa respecto a otras compañías de VTC que trabajan con Cabify

Auro, la nueva app de coches con conductor que está haciendo sigilosamente la competencia a Uber y Cabify

Por otra parte, este tribunal considera que el laudo arbitral excluyó "sin el menor fundamento la aplicación del Derecho de la Unión Europea" al anular esa cláusula de no competencia.

No obstante, la decisión del TSJM de Madrid tiene un voto particular, emitido por el presidente de la sala, Celso Rodríguez Padrón, en el que se muestra en contra de la anulación, al considerar que el Tribunal se excede o "llega más lejos de las posibilidades razonables con que cuenta" al corregir el fondo del asunto y la decisión del arbitraje.

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