Vigila con quién compartes lotería: el Supremo acaba de absolver a una mujer que no repartió un premio de más de un millón de euros con las personas con las que jugaba

Luis Rodríguez
| Traducido por: 
Niña cantando en la Lotería de Navidad.
  • Vigila qué décimos repartes y con quién: el Supremo ha absuelto a una mujer que no repartió el premio especial al décimo de 1,17 millones de euros.
  • La acusada ha sido absuelta de un delito de apropiación indebida porque repartió los diez décimos de una serie, pero se quedó para ella el que había conseguido el premio especial.
  • La sentencia concluye que el grupo de participantes no había determinado quién se debía quedar según qué décimo, por lo que la mujer no vulneró ningún delito.
  • El Alto Tribunal sí admite que los hechos podrían haber encajado como delito de estafa o con una posible reclamación de cantidades por lo civil.
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Quedan solo días para que se celebre la Lotería Nacional de Navidad, y el Tribunal Supremo acaba de lanzar una sentencia clave para estas fechas.

Ha absuelto a una mujer de Alicante de un delito de apropiación indebida. La protagonista de esta historia compró los diez décimos de la serie 4ª del 44.386 para compartirlos. La serie resultó premiada en el sorteo de la Lotería del 23 de octubre de 2014 con 300.000 euros —30.000 por décimo—. La mujer los repartió todos, pero eligió bien qué décimo quedarse.

Se quedó con la quinta fracción.La razón no era otra que el décimo se había llevado además el premio especial a la fracción: 1.200.000 euros.

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El Juzgado de Instrucción número 1 de Denia y la Audiencia Provincial de Alicante acabaron condenando a la mujer a un año y medio de cárcel y a una multa de más de 3.000 euros, además de a indemnizar a tres de sus compañeros de lotería —que le habían denunciado— a cantidades que oscilaban los 73.000 y los 150.000 euros.

El Supremo, no obstante, la ha absuelto al considerar que el grupo de jugadores de lotería no había concretado antes de la compra quién se quedaba con cada décimo. El Alto Tribunal advierte que ninguno de los participantes tenía "reservada en exclusiva una determinada fracción" de la serie.

"La recurrente cumplió con la obligación asumida, repartir los décimos de los números de la lotería adquiridos, transmitiendo a cada jugador la parte que había comprado, y lo hace incluso cuando sabe que está premiado. Consecuentemente, la acusada repartió los billetes premiados en la cuantía que cada uno jugaba, el contrato se cumplió", defiende esta sentencia.

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Sin embargo, la sentencia incluye voto particular. En concreto, el de dos magistrados que consideran que debía mantenerse la condena sobre la acusada. Debido a que no se habían repartido los décimos previamente, se concluye que "todos los participantes tenían una expectativa común sobre un eventual premio especial que correspondiera a los décimos comprados".

Los hechos sí podrían haber encajado como delito de estafa, aunque ya no era objeto del caso —los magistrados han dirimido única y exclusivamente sobre el recurso de casación que presentó la acusada—; o incluso haber sido objeto de una reclamación de cantidades por lo Civil. Así lo han admitido los jueces del Supremo en la sentencia.

Con este precedente jurídico, lo más recomendable es que si juegas en la Lotería de Navidad con familiares, amigos o compañeros de trabajo, te pienses muy bien qué fracción del décimo vas a repartir.

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