Declaración de la Renta 2017: 17 deducciones del IRPF que debes tener en cuenta

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Hoy miércoles 27 de junio finaliza el plazo para domiciliar el resultado a ingresar de la declaración de la Renta 2017. El viernes es la fecha límite para solicitar citas previas por cualquier vía para la confección de la declaración siendo el próximo lunes 2 de julio la fecha señalada para dar por concluida la Campaña de la Renta 2017.

Si eres de los rezagados y todavía no has presentado la tuya, debes conocer qué gastos puedes deducir. Estas son las principales deducciones del IRPF que pueden reducir la cantidad final de tu declaración. 

1. Reducción por aportación a planes de pensiones

Aunque la reforma fiscal redujese la deducción por aportación a planes de pensiones, sigue siendo uno de los mayores beneficios fiscales. El contribuyente puede reducir hasta 8.000 euros para los menores de 50 años y hasta 12.500 para los que superen dicha edad. 

El beneficio puede verse aumentado si el declarante además aporta también al plan de pensiones de un cónyuge que no percibe ingresos económicos o que estos son inferiores a 8.000 euros al año. 

2. Deducción por compra de una vivienda 

Todas aquellas compras de una vivienda (o pago realizado para su construcción) efectuadas antes del año 2013 permiten una deducción del 15% sobre la cantidad total invertida.

La deducción es de hasta el 15% de la cantidad, con un límite de inversión de 9.040 euros. También la suscripción a una hipoteca con amortiguación anticipada de capital antes del final de año, desgravará en la Renta 2017. En País Vasco y Navarra, que tienen su propia norma, podrán seguir con su deducción, incluidas las viviendas adquiridas después del 1 de enero de 2013.

3. Plusvalías por venta de vivienda habitual

Toda venta de inmueble previo a 2017 permite que las ganancias tributen en la próxima declaración de la Renta entre el 19% y el 23%. En las Diputaciones del País Vasco entre el 20% y el 25%, y en Navarra entre el 19% y el 25%. Si además se reinvierte ese dinero de forma total o parcial en la compra de otra vivienda de carácter habitual también se puede neutralizar o atenuar este pago. 

4. Gastos asumidos por la empresa

Si el trabajador ha acordado con su empresa determinados pagos en especie, como los cheques restaurante o los gastos de guardería, puede reducir estos gastos de su declaración. Es la empresa la que los asume, descontándolos de la nómina y el contribuyente pagará menos impuestos por rendimientos de trabajo. 

Si la empresa se encarga del seguro médico y este cubre a más miembros de la familia, las deducciones son de 500 euros por persona asegurada que pueden llegar a 1.500 si hay algún miembro con discapacidad. 

5. Donativos a ONG

La solidaridad desgrava. En concreto, puede reducir el 75% de los primeros 150 euros donados. Por encima de esa cantidad se deduce el 30% pero la reducción no puede superar el 10% de la base liquidable.

Si en los últimos dos años se ha realizado una aportación igual o superior a la misma ONG, la fidelidad es recompensada con un aumento en la deducción del 35%. 

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6. Nuevas deducciones para las familias

Para este año se ha aumentado de 710 a 1.010 euros la deducción por nacimiento o adopción del primer hijo. Además, las familias numerosas podrán duplicar su deducción pasando de un importe de reducción de 1.200 euros a 2.400 euros.  

Las nuevas deducciones son acumulables con las que ya existen para madres trabajadoras. Si están dadas de alta en la Seguridad Social, tienen derecho a una retribución de 1.200 euros anuales por cada hijo hasta que cumpla tres años. 

7. Declaración conjunta

Muchas familias se ven beneficiadas porque existe una reducción de 3.400 euros de la base imponible de la unidad familiar. En líneas generales, si en la familia hay hijos o uno de los cónyuges tiene rentas bajas o no trabaja, lo más recomendable es presentar la declaración de la Renta 2017 e forma conjunta.

8. El lugar de residencia es importante

Los gobiernos regionales aprueban deducciones para los residentes de su comunidad. Estas suelen estar ligadas a familia, vivienda y educación, entre otros, y varían según la comunidad

Según datos de la Agencia Tributaria, las comunidades dejaron de ingresar en total 346 millones de euros por las deducciones de la declaración. 

9. Compensar los impuestos sobre ganancias con las pérdidas

El contribuyente debe declarar las ganancias que ha obtenido durante el ejercicio fiscal vendiendo bienes físicos, como una vivienda, o vendiendo productos financieros como pueden ser las acciones. Esas ganancias están sujetas a impuestos, pero la cantidad puede reducirse si vendiendo otro producto hemos incurrido en pérdidas dado que pueden compensarse con las minusvalías. Aunque, por supuesto, también hay un límite.

La rebaja fiscal solo puede ser, como máximo, el equivalente al 20% de las plusvalías. 

10. Venta de viviendas de mayores de 65 años

Las ganancias obtenidas por los contribuyentes mayores de 65 años por la venta de su vivienda están exentas de tributación tras la reforma fiscal. Eso sí, siempre y cuando los importes estén destinados a crear una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses. (En Guipúzcoa y Navarra no existe esta exención.) Navarra se limita la exención de personas dependientes y mayores de 70 años a los primeros 300.000 euros de ganancia, y en País Vasco se limita solamente a los mayores de 65 años por los primeros 400.000 euros de ganancia y para una única transmisión.

11. Ventajas fiscales para el personal desplazado

Los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero por contribuyentes desplazados están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales, 30.000 euros en el caso de Navarra.

Aunque hay un pero: la deducción puede aplicarse siempre y cuando en el país donde se trabaje exista la aplicación de un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF. Es decir, no puede tratarse de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Por otra parte, solamente pueden beneficiarse de la exención los desplazamientos temporales, puesto que si eres residente de otro país no tributarías en España.

12. Reformas y rehabilitaciones

Todos aquellos que inviertan en el hogar para mejorar la eficiencia energética, higiene, salud, protección del medio ambiente, seguridad, estanqueidad y accesibilidad del edificio de su vivienda habitual, pueden deducir en la presente campaña 2017 de la Renta el 10% del coste de dicha obra.

13. Creación de empresa

Para aquellos que tomaran la decisión en 2017 de crear una empresa en los próximos cuatro años a través de la reforma de Sociedad Limitada Nueva Empresa podrán deducir el 15% de las aportaciones a una cuenta Ahorro-Empresa, con un límite de 9.000 euros anuales.

14. Manutenciones 

Los contribuyentes que abonen pensiones compensatorias a favor del cónyuge y anualidades por alimentos, a excepción de las que sean a favor de los hijos del propio contribuyente, satisfechas ambas por decisión judicial podrán reducir la base imponible del pagador de las mismas. 

En primer lugar se aplican a la base imponible general, que no podrá resultar negativa como consecuencia de estas reducciones. Si existe remanente, reducirá la base imponible del ahorro, que no podrá resultar negativa como consecuencia de dichas deducciones.

15. Cuotas sindicales y colegios profesionales

Hay un serie de gastos deducibles de los rendimientos del trabajo como por ejemplo:

  • Cuotas sindicales satisfechas.
  • Cuotas satisfechas a colegios profesionales siempre que la colegiación sea obligatoria para el desempeño del trabajo y con un límite de 500 euros anuales.
  • Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados de la relación del contribuyente con la persona de la que recibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.

16. Afiliación a partidos políticos

Estar afiliado a un partido político da derecho a una deducción del 20% de las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores. La base máxima de esta deducción será de 600 euros anuales, sumada la cuota de afiliación y otras aportaciones.

17. Trabajadores con discapacidad

Los trabajadores con discapacidad que tengan actividad laboral pueden desgravarse entre 3.500 euros y 7.750 euros, dependiendo del grado de discapacidad. En País Vasco, estas deducciones bajan a entre los 3.000 euros y los 4.650 euros, según los ingresos y se incrementan en un 100% y 250% para trabajadores activos con discapacidad entre el 33 y 65%, e igual o superior al 65% respectivamente.

La deducción en Navarra en la cuota por rentas del trabajo se estipula entre los 400 euros y los 1.400 euros, según los ingresos, que se incrementan en un 50% y 100% para trabajadores activos con discapacidad entre el 33 y 65%, e igual o superior al 65% respectivamente.

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