La DGT explica por qué no podrás adelantar superando el límite en 20 km/h y cómo multará

Estos son todos los nuevos límites de velocidad para 2021

El año que estas a punto de estrenar, 2021, llegará cargado de novedades legales para los conductores.

A partir del 2 de enero se irán poniendo en marcha las diferentes reformas de la Ley de Tráfico con las que la DGT pretende mejorar la seguridad vial de las carreteras. Una de ellas será la prohibición de superar en 20 km/h la velocidad máxima para realizar un adelantamiento: Tráfico explica por qué y cómo lo castigará.

Esta normativa se activará la próxima primavera y cuando lo haga eliminará ese margen extra con el que los vehículos contaban para adelantar en las carreteras convencionales. Una decisión que ha generado conversación y sobre la que la Dirección General de Tráfico se ha pronunciado a través de su máximo responsable. 

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La explicación de la DGT

En un encuentro digital, Pere Navarro ha explicado las razones por las que han tomado esta determinación: “Casi el 80% de los accidentes mortales se producen en carreteras secundarias. La gran mayoría, por salidas de la vía provocadas por excesos de velocidad y por distracciones. Por eso se trata de una de las propuestas del anteproyecto de ley que se acaba de aprobar y que ahora enviaremos al Congreso. Allí serán sus señorías las que consideren si es adecuado o no”.

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El segundo motivo que les ha llevado a eliminar este margen extra de 20 km/h es, según el director de Tráfico, que “incita a superar los límites. Con esta limitación se adecúa la velocidad de estas vías a su capacidad de seguridad y se refuerza el mensaje de que adelantar conlleva un riesgo de colisión frontal de consecuencias más graves cuanto mayor sea la velocidad. Y las excepciones siempre dificultan la comunicación de que la velocidad es uno de los principales factores de riesgo”.

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Las multas

A esta explicación hay que añadir las sanciones contempladas en la nueva normativa para penar a aquellos conductores que no respeten lo establecido. Multas que comenzarán en el momento en el que los límites máximos de velocidad se rebasen en un kilómetro por hora más de lo permitido.

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Así las cosas, en las carreteras convencionales de 80 y a 90 km/h un adelantamiento entre 81 y 110 km/h o entre 91 y 120 km/h implicará un castigo económico de 100 euros sin pérdida de puntos en el carnet. A partir de esas velocidades se sancionará de la misma manera que se hace hasta el momento.

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