Los casos en los que podrías perder tu prestación o el subsidio por desempleo con la nueva reforma

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social.
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social.

Isabel Infantes/Reuters

  • Se acaba de aprobar la nueva reforma de los subsidios de desempleo y debes de saber los casos en los que podrías perder ese subsidio o la prestación. 
  • La falta de documentos, no inscribirse como demandante o la no reincorporación al trabajo de fijos discontinuos son motivo de sanción o suspensión. 

La reciente reforma aprobada por el Consejo de Ministros y anunciada por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, introduce importantes cambios en el régimen de sanciones para quienes estén cobrando la prestación por desempleo o alguno de los subsidios concedidos por el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE). Más vale que sepas los casos en los que podrías perder tu prestación o el subsidio por desempleo con la nueva reforma.

Esta reforma, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece nuevos requisitos y sanciones que deben ser cumplidos estrictamente para evitar la pérdida de la ayuda económica. Vamos a ver cada uno de ellos. 

Las nuevas causas de suspensión de la prestación

Con la nueva normativa, se han introducido varias situaciones en las que el incumplimiento de los requisitos puede llevar a la suspensión o pérdida definitiva de la prestación. 

1. Falta de presentación de documentos

Es imprescindible presentar toda la documentación requerida dentro de los plazos establecidos. No cumplir con esta obligación puede resultar en la suspensión de la prestación. Sin embargo, hay una excepción: si el beneficiario está trabajando a jornada completa y compatibiliza el empleo con la ayuda, no será sancionado.

2. No inscripción como demandante de empleo

Anteriormente, no estar inscrito como demandante de empleo era considerado una infracción leve. Con la nueva reforma, esta falta ha dejado de ser sancionada como infracción leve, aunque sigue siendo crucial para mantener la prestación. La norma actual pone énfasis en el compromiso de actividad, cuya supervisión recae en los servicios de empleo de las comunidades autónomas, y en el SEPE para Ceuta y Melilla.

3. No reincorporación al trabajo de fijos discontinuos

Los trabajadores fijos discontinuos que no se reincorporen a su puesto de trabajo cuando sean llamados, perderán su prestación. Esta medida busca garantizar que los trabajadores respondan adecuadamente a la demanda laboral y no dependan exclusivamente de los subsidios.

Un nuevo baremo de sanciones progresivas

La reforma establece un sistema de sanciones escalado para aquellos que incumplen repetidamente los requisitos. Las sanciones son progresivas y buscan disuadir el comportamiento reincidente:

  • Primera infracción: suspensión de la prestación por tres meses.
  • Segunda infracción: suspensión de la prestación por seis meses.
  • Tercera infracción: pérdida total de la prestación.

Con este nuevo modelo se pretende dar oportunidades para corregir comportamientos antes de llegar a la sanción máxima de pérdida definitiva del subsidio.

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La capitalización del paro y la devolución de cantidades indebidas

La reforma también refuerza el control sobre la capitalización del paro, un mecanismo que permite a los desempleados cobrar de una sola vez el valor total del subsidio para iniciar una actividad por cuenta propia. Ahora se han implementado medidas más estrictas para evitar el uso indebido de este sistema.

Además, se facilitan los procesos para la devolución de cantidades que se hayan cobrado indebidamente. Esto incluye plazos más flexibles y procedimientos simplificados para devolver el dinero recibido por error o fraude.

¿Cómo reanudar el cobro del subsidio o la prestación si te sancionan?

En caso de que la prestación sea suspendida o terminada, tienes varios procedimientos para reanudar el cobro:

  • Inscripción como demandante de empleo: debes volver a inscribirse como demandante de empleo y demostrar que ha activado nuevamente su compromiso de actividad.
  • Finalización de contrato laboral: si la prestación se termina porque has encontrado un trabajo con una duración acumulada igual o mayor a 12 meses, tendrás la opción de reabrir el derecho inicial por el tiempo restante o iniciar una nueva prestación con las nuevas cotizaciones generadas.

Estas medidas están diseñadas para asegurar que el sistema de prestaciones sea justo y eficiente, promoviendo la búsqueda activa de empleo y el cumplimiento de las obligaciones por parte de los beneficiarios.

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