Cirugía estética: ¿qué operaciones cubre la Seguridad Social en España?

Mujer en una consulta para realizarse un estudio de rinoplastia.

El interés de la sociedad por las intervenciones estéticas se ha disparado, en los últimos años, el culto a la imagen crece de forma exponencial debido a las redes sociales. 

Más y más personas se miden y se comparan, buscando aumentar su autoestima, la confianza y la salud psicofísica con diferentes prácticas que pueden ser más o menos invasivas. 

De hecho, en el último año, más de 25 millones de personas en el mundo se han sometido a una cirugía o tratamiento estético, según la Sociedad Española de Medicina Estética

La consultora Fortune Business Insights afirma que el tamaño mundial del mercado de la cirugía estética fue de 50.670 millones de dólares (42.900 millones de euros) en 2018 y prevé que alcance los 66.960 millones de dólares (más de 56.700 millones de euros) en 2026.

A nivel mundial, España se encuentra en el puesto 17 en el ranking de los países que más cirugías realizan, según los datos de la Sociedad Internacional de Cirugía Plástica Estética (Isaps) relativos a 2019. Aunque los expertos señalan que la alta demanda de los últimos tiempos podría hacer a España escalar puestos. 

¿Cubre la Seguridad Social las cirugías estéticas?

La respuesta es sí, pero no en todos los casos. La Seguridad Socialacepta algunos casos extremos o problemas físicos que afecten o puedan afectar a la salud de una persona y no le permita tener una vida plena.

Generalmente, la cirugía estética se puede entender desde dos variantes, la cirugía reparadora o reconstructiva para reparar, por ejemplo, los efectos de un accidente o de una malformación y cirugía estética o cosmética que consiste en remodelar aquellas partes del cuerpo no satisfactorias para el paciente. 

Los límites entre ambas pueden ser difusos, por eso es necesario un estudio personalizado del caso en concreto, ya que según cómo se entienda puede ser asumida o no por los Servicios de Salud.

En esa línea, según el punto 5 del Anexo III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre: "se excluyen todos los procedimientos diagnósticos y terapéuticos con finalidad estética, que no guarden relación con accidente, enfermedad o malformación congénita, los tratamientos en balnearios y las curas de reposo".

Conforme a lo anterior, para que la Seguridad Social realice una operación estética se deben dar los siguientes requisitos: 

  • Los casos que se aceptan son los de personas afectadas psicológicamente por un complejo o problemas físicos que le supongan un problema para su salud en la actualidad o en un futuro.
  • Además, también se aceptan casos de cirugías reconstructivas por deformidades en su cuerpo a causa de un accidente o de nacimiento.

¿Qué cirugías estéticas están cubiertas por la Seguridad Social?

  • La cirugía abdominal para evitar el sobrepeso.
  • La cirugía mamaria para la reconstrucción a causa de cáncer.
  • La cirugía mamaria para corregir la asimetría entre los pechos. 
  • La otoplastia, cirugía en zona de las orejas que solo se realiza en caso de una deformidad y si causa un trauma para el paciente. 
  • La cirugía bariátrica en casos de sobrepeso grave que afecte a la salud.
  • Rinoplastia, una operación en la zona de la nariz, por problemas respiratorios o malformación.
  • La blefaroplastia, para solucionar un problema de visión, y la cirugía facial, en caso de malformación en cara y/o cuello.

Cuánto cuesta una cirugía de senos en Colombia y España: ¿merece la pena irse al extranjero para operarse el pecho?

Aunque estos son los casos principales, hay que tener en cuenta que cada caso se estudia individualmente y es un equipo médico especializado en cirugía plástica de la Seguridad Social el que se encarga de aceptar o rechazar la operación a un paciente.

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Business Insider.