Las claves para los autónomos a la hora de presentar la Renta 2017

Pavel Ramírez
Una mujer trabaja con su ordenador

Arranca la campaña de la Renta 2017 de la Agencia Tributaria, y tanto asalariados como autónomos empiezan a echar cuentas con Hacienda. Los contribuyentes tienen desde este miércoles hasta el próximo 2 de julio para presentar la declaración, pero mientras que para los trabajadores por cuenta ajena el proceso suele ser más sencillo, los trabajadores por cuenta propia deben seguir una serie de pasos imprescindibles a la hora de realizar su balance fiscal.

En primer lugar, los autónomos se someten al mismo calendario de presentación que los asalariados, esto es, del 4 de abril —sólo para declaraciones telemáticas— al 2 de julio, abriéndose el plazo para la presentación presencial el próximo 10 de mayo. En este sentido, quienes hayan trabajado por cuenta propia durante 2017 pueden acogerse a la opción de solicitar el borrador, disponible desde el año pasado gracias a la plataforma Renta Web de la Agencia Tributaria, aunque posteriormente se vayan a incluir gastos deducibles en la declaración. 

Novedades para autónomos en la Renta 2017

Tras el cambio de la regulación del trabajo autónomo introducida por la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de reformas urgentes del trabajo autónomo, el Ministerio de Hacienda publicó el pasado año el Real Decreto-ley 20/2017, por el que se prorrogan y aprueban diversas medidas impositivas, así como otras urgentes en materia social. Y es que este Real Decreto-ley modifica la Ley del IRPF y del IVA para prorrogar en este 2018 el incremento del límite a la hora de aplicar la estimación por módulos, también conocido como método de estimación objetiva. Por otra parte, se adapta el plazo para efectuar las renuncias a la aplicación del método.

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También cabe destacar que, tras varias modificaciones en el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y la creación de empleo, en este 2018 los autónomos que lo hayan hecho previamente podrán volver a disfrutar de la llamada tarifa plana siempre y cuando no hayan estado dados de alta como trabajadores por cuenta propia durante un período de dos años, o de tres en el caso de que anteriormente se haya disfrutado de bonificación.

Así, la Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo acortó de cinco a dos años el plazo en el caso de nuevos autónomos, con la única excepción del autónomo colaborador, quien mantiene el requisito original de cinco años sin haber estado dado de alta. Una medida que, sin duda, ayudará a fomentar el autoempleo en España.

Por otra parte, la nueva app móvil de la Agencia Tributaria permite desde el pasado 15 de marzo consultar los datos fiscales y el estado de la declaración, si bien no es posible modificar el borrador desde esta aplicación. Además, tampoco es accesible para todos los contribuyentes, sino exclusivamente para aquellas declaraciones más simples. En cualquier caso, los autónomos también pueden presentarla telemáticamente a través de la plataforma Renta Web utilizando el servicio Clave PIN o un certificado electrónico. Una progresiva digitalización del servicio que viene acompañada de otra novedad importante: la Agencia Tributaria elimina el envío de borradores a través de correo ordinario.

Compensaciones y gastos deducibles

Para los autónomos suele ser más complicado de lo normal calcular las cantidades reflejadas y las posibles deducciones, no sólo por la necesidad de auditar sus propias cuentas, sino porque hay elementos que pueden escapar a su control. Por ejemplo, desde el Consejo General de Economistas aconsejan a quienes hayan realizado en 2017 actividades agrícolas, ganaderas o forestales y que hayan sufrido desastres meteorológicos o incendios, que esperen a la Orden Ministerial que nivela los índices de rendimiento neto para estos casos, tal y como recoge El Economista

"En caso de que su empresa se califique como de reducida dimensión, podrán doblar el coeficiente máximo de amortización de tablas de los elementos del inmovilizado material, de las inversiones inmobiliarias o de los intangibles —en caso de los de vida útil que no pueda estimarse el 1,5%—. Si han creado empleo y han adquirido elementos nuevos del inmovilizado material o de las inversiones inmobiliarias podrán amortizarlos libremente. Y podrán deducir el 1% del saldo de los derechos de crédito que no hayan deteriorado de manera individual y cuyo deterioro pueda ser deducible", explica el Consejo General de Economistas en el citado artículo.

En cuanto a los gastos deducibles por parte del trabajador por cuenta propia, se incluyen los gastos de explotación —materiales adquiridos para el desarrollo de su trabajo—, así como el salario de trabajadores a su cargo, dietas y gastos de viaje. Por otra parte, los autónomos también pueden deducirse los gastos de la vivienda en función del porcentaje de la casa utilizado para tal fin y especificado previamente a Hacienda, como libros o facturas del teléfono, si éste es empleado para la actividad profesional. Además, los cursos de formación y los servicios de asistencia legal también son deducibles.

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