Cómo hacer tu primera factura como autónomo: IRPF, IVA y todo lo que debes incluir

Cómo hacer tu primera factura como autónomo

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  • Los primeros días de actividad para una persona trabajadora autónoma pueden ser complejos, ante los nuevos términos y trámites que se presentan en el camino.
  • Estos son los requisitos y claves para presentar una factura y calcular tu retención de IRPF.
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Empiezas en un nuevo empleo con un contrato mercantil, aprendes a solicitar la tarifa plana como autónomo y comienzas a trabajar.

Al cabo de unas semanas te encuentras con el siguiente obstáculo: ¿cómo hacer tu primera factura como autónomo? "IVA", "IRPF" o "base imponible" son algunos de los términos a los que vas a tener que enfrentarte, y estos son los pasos que tendrás que realizar.

¿Qué es una factura?

Conviene no dar nada por sabido, así que lo primero es conocer de qué se trata: una factura es un documento mercantil o comercial, con validez legal y fiscal, que recoge información sobre la compraventa de un bien o servicio. Este puede ser desde unos artículos periodísticos hasta un servicio como taxista o abogado, entre otros tipos de autónomos.

¿Cómo es una factura de un autónomo?

Las facturas pueden ser en un modelo Word o Excel (hay plantillas gratuitas que te facilitan el proceso), y deben incluir una serie de datos:

  • Tus datos: estos consisten en tu nombre y apellidos, DNI o NIF (Número de Identificación Fiscal) y la dirección de tu domicilio fiscal.
  • Datos de la empresa o cliente: aquí deben figurar los mismos datos, pero de la empresa o del profesional autónomo a quien se dirige la factura y que realizará el pago.
  • Número de factura: las facturas emitidas deben tener una numeración ordenada y correlativa, es decir, sin omisiones (por ejemplo, no se podrá pasar de la factura 4/2021 a la factura 6/2021). 
  • Concepto: en este campo debes describir de forma breve el trabajo o servicio realizado.
  • Base imponible e importe total: la base imponible es el importe bruto que te corresponde, antes de descontar cualquier tipo de impuesto o retención. El importe total, por el contrario, es la cantidad neta que recibirás, resultado de restar el IRPF y sumar el IVA.
  • IVA: Impuesto sobre el Valor Añadido. A la base imponible le debes sumar el IVA correspondiente. El IVA general es del 21%; el reducido, del 10%; y el superreducido, del 4%; pero ten en cuenta que algunas actividades profesionales están exentas de IVA. Por ejemplo, si cobras 1.000 euros con un IVA del 21%, la cuantía de esta será de 210 euros.
  • IRPF: es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que se explica en el siguiente apartado. 
  • Forma de pago: en el caso más común de que sea por transferencia, debes indicar el número de cuenta bancaria que has elegido para tu trabajo como persona trabajadora autónoma.
  • Fecha de emisión: por último, debes indicar la fecha, que te permitirá —junto con su número— llevar un seguimiento de tus facturas.

¿Cuál es el IRPF de un autónomo?

La retención del IRPF dependerá de la situación en la que te encuentres. En la mayoría de los casos será de un 15%, aunque en otros (quienes no están dados de alta en las secciones segunda y tercera del IAE: actividades profesionales y artísticas) no se tiene que retener el IRPF en las facturas.

Si eres nuevo autónomo, el IRPF se reduce al 7% durante los primeros 18 meses.

En el ejemplo anterior de cobrar 1.000 euros, esto implicaría una reducción de entre 150 euros (15%) y 70 euros (7%).

Ejemplo de factura 

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