A qué edad te puedes jubilar en España según tu trabajo

#LegalEstiloCeca
edad_jubilacion
  • La edad ordinaria de jubilación es de 65 años y 8 meses.
  • Hay profesiones como la de médicos y funcionarios que no pueden alargar la vida laboral lo que quieran.
  • Las profesiones de riesgo o con una gran carga de trabajo físico pueden jubilarse antes. 

 

Independientemente del caso, ninguna persona podrá jubilarse antes de los 52 años.

Quien más y quien menos tiene en mente cuál es la edad de jubilación en España. Por si acaso dudas, la ley marca que en 2019 quién haya cotizado más de 36 años y 9 meses podrá jubilarse con 65 años obteniendo el cien por cien de la pensión.  No obstante, quien haya cotizado menos de 36 años y 9 meses, podrá acceder a la jubilación, pero a la edad de 65 años y 8 meses.  

En cuanto a la edad, va a ir subiendo progresivamente conforme a lo establecido en la Ley General de Seguridad Social, y en 2.027 se podrá acceder a la jubilación ordinaria con 65 años siempre que se hayan cotizado al menos de 38 años y 6 meses, y de no ser así, la edad ordinaria de jubilación se retrasará hasta los 67 años.

Sin embargo, la edad y los períodos de cotización anteriormente citados son solo algunos de los requisitos para poder jubilarte. Además, el trabajador tiene que estar afiliado en el sistema general de la seguridad social y reunir una cotización mínima de 15 años. Sin olvidar, que al menos 2 años tienen que estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores a la edad de jubilación.  

Un ejemplo, si una persona de 65 años hubiese cotizado 20 años, pero dejó de trabajar a los 40 años, no podría jubilarse a priori, ya que no ha trabajado durante 2 años en los últimos 15 años. Igualmente, una persona de la misma edad que haya trabajado durante 17 años, pero sí haya estado activa en 2 de los últimos 15, sí cumpliría el requisito haber cotizado 15 años, de los cuales 2 años están comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anterior al momento de causar el derecho.  

¿Y la edad máxima para trabajar?

 La mayoría de los trabajadores podrá extender su carrera profesional hasta cuando quiera y considere oportuno, siempre que su empresa se lo permita. De hecho, hay beneficios en la Seguridad Social por hacerlo. Sin embargo, eso es lo que marca la normativa para la mayoría. También hay profesiones donde se impone una edad de jubilación, es decir, un momento en el que seguir activo ya no es una posibilidad.

El mejor ejemplo es la profesión médica. Recientemente la Junta de Andalucía ha aprobado prolongar hasta los 70 años la edad de jubilación voluntaria para los médicos del Servicio Andaluz de Salud. Actualmente los médicos pueden alargar su vida profesional en el sistema público más allá de los 65 años, pero no hasta donde quieran.

Algo parecido ocurre con los funcionarios del Régimen de Clases Pasivas, que con carácter general deben dejar de trabajar al alcanzar la edad legal de jubilación. La excepción en este ámbito la marcan los funcionarios de cuerpos docentes universitarios y los magistrados, jueces, fiscales y secretarios judiciales. Estos funcionarios pueden alargar su carrera hasta los 70 años, momento en el que deberán jubilarse obligatoriamente.

Antiguamente sí que se permitía que los convenios de distintos sectores marcasen una edad de jubilación obligatoria. En otras palabras, que tu convenio podía ponerte fecha de caducidad como trabajador. Esto cambió en 2013.

Profesiones en las que jubilarse antes de los 65 años

En el lado contrario, existen una serie de profesiones que permiten jubilarse antes de los 65 años sin ser una jubilación anticipada al uso. Se trata de profesiones y empleos que “cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad”, según explican desde Ceca Magán.

El listado de trabajadores que pueden jubilarse antes de tiempo es limitad. La propia Seguridad Social aclara cuáles son estas profesiones:

Mineros. Podrán reducir la edad de jubilación desde el 5% hasta el 50% dependiendo de unos cálculos en función del tiempo que lleven trabajando. Además, cuenta con una normativa especial de manera que el trabajador con edad real inferior a 50 años sólo podría jubilarse si con la edad teórica, que suma la edad real más las bonificaciones, sobrepasa la edad mínima exigida.

Personal de vuelo de trabajos aéreos. Los trabajadores de las aerolíneas, que incluye pilotos, mecánicos y operadores pueden jubilarse antes de tiempo. La edad mínima será la de aplicar al periodo trabajado sin las faltas un coeficiente en función del puesto. Así, para los pilotos es del 0,40, mientras que para los mecánicos y operadores es del 0,3.

Trabajadores ferroviarios. Los trabajadores de RENFE cuyo empleo les someta a condiciones de riesgo de sufrir accidentes o enfermedades, podrán jubilarse antes de tiempo. La edad mínima de jubilación será la resultante de aplicar un coeficiente de 0,15 o 0,10 al tiempo trabajado efectivamente.

Artistas. Los cantantes, bailarines y trapecistas podrán jubilarse a los 60 años sin que su pensión se reduzca. Para ello tendrán que haber trabajado en esa especialidad un mínimo de 8 años durante los 21 anteriores a jubilarse. El resto de artistas podrán jubilarse a los 60 años pero aplicando una reducción del 8% al porcentaje de pensión por cada año que se retiren antes de tiempo.

Toreros y profesionales taurinos. Los matadores de toros, rejoneadores, novilleros, banderilleros, picadores y toreros cómicos podrán retirarse a los 55 años siempre que hayan participado en un número mínimo de festejos. Los puntilleros podrán hacerlo a los 60 años y no hay posibilidad de adelantar la jubilación sin sufrir perjuicio para los mozos de estoques y de rejones.

Bomberos. Los bomberos públicos pueden dejar de trabajar antes de tiempo. Para calcular el momento en el que pueden retirarse tendrán que aplicar un multiplicador de 0,2 al número de años que hayan ejercido como bomberos. En cualquier caso, nunca podrán jubilarse antes de los 60 años.

Policías Locales. Desde este mismo año, los policías locales podrán aplicar también un coeficiente reductor de 0,2 a los años trabajados como policías para calcular su edad de jubilación.

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Business Insider.