Ryanair, condenado a devolver un suplemento de 20 euros cobrado a una pasajera que viajaba con bolso y maleta de mano

Michael O'Leary, CEO de Ryanair.
  • Ryanair tiene devolver los 20 euros cobrados a una pasajera que no contrató su tarifa priority y quería viajar con una maleta de mano junto con un bolso pequeño de mujer. 
  • Una sentencia del juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid ha fallado que la compañía tiene que devolver el dinero cobrado. 
  • La compañía cobra desde 2018 por el equipaje de mano que se transporta en cabina. 
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Una sentencia del juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid ha condenado a Ryanair a devolver a una pasajera el suplemento de 20 euros cobrado por equipaje de mano a una pasajera. La compañía cobró este suplemento al considerar que en su tarifa no estaba incluido que llevara un "bolso pequeño de mujer y una maleta de pequeñas dimensiones".

La justicia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Business Insider, ahora falla que la compañía debe devolver este recargo cobrado. Aunque no concede los 10 euros adicionales que pedía la demandante por daños morales. 

Los hechos ocurrieron el 25 de enero de este año cuandola viajera se disponía a embarcar en un vuelo de Ryanair entre Madrid y Bruselas para que el había comprado un billete una tarifa estándar. En el momento de embarcar, llevaba consigo un bolso junto con una maleta de mano de peso inferior a diez kilos. 

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En ese momento la tripulación, según recoge la sentencia, observó que la tarifa que había contratado no era priority, la forma que tiene Ryanair de denominar la tarifa que permite llevar más de un bulto en cabina, y le obligaron a pagar 20 euros en el momento para poder viajar. 

Ryanair cobra desde 2018 por el equipaje de mano que se transporta en cabina.

Para sostener la argumentación de la devolución del suplemento cobrado a la demandante se basa en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) que estima que hay que diferenciar a la hora de lo que la aerolíneas pueden cobrar entre equipaje facturado y equipaje de mano.

En esta diferenciación, el tribunal entendía que el facturado no era un servicio "obligatorio, ni indispensable" para el transporte de viajeros y por tanto, se podría cobrar. Mientras que señalan que en el caso del equipaje de mano el TJUE si lo considera "indispensable" por lo que no debería haber sobrecoste. 

Esta sentencia no entra en la anulación de la cláusula sino únicamente en la devolución del importe pagado.

Almudena Velázquez, portavoz y abogada en reclamador.es, indica que a pesar de esto "la sentencia marca el camino de casos semejantes en los que se piden cantidades adicionales de forma totalmente artificiosa y que, sirven en realidad para aumentar el precio final del billete, al imponer restricciones ficticias y no amparadas en norma alguna que sólo pueden superarse si pagas una cantidad adicional".

Por su parte, Ryanair dice que no cambiará su política actual de equipajes por esta sentencia. "Esta sentencia no afectará a la política de equipaje de Ryanair, ni en el pasado ni en casos futuros. Se refiere a un caso concreto que ha malinterpretado nuestra libertad comercial de determinar el tamaño del equipaje de cabina a bordo de nuestros aviones”, ha dicho la compañía en un comunicado enviado a Business Insider. 

 La sentencia es firme, según recoge el fallo, dado que no es "susceptible de ser recurrida en apelación", según señala el texto. 

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