Europa sentencia que Uber tiene que operar como una empresa de transporte

Un usuario utiliza la app de Uber.

Europa ha dado un paso más en la batalla entre taxistas y plataformas de transporte. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado sobre la naturaleza de Uber considerando que tiene que operar como una empresa de transporte. El tribunal en su sentencia apunta que Uber "ha de considerarse que un servicio de intermediación como el controvertido, que tiene por objeto poner en contacto, mediante una aplicación para teléfonos inteligentes, a cambio de una remuneración, a conductores no profesionales que utilizan su propio vehículo con personas que desean efectuar un desplazamiento urbano, está indisociablemente vinculado a un servicio de transporte, y, por lo tanto, ha de calificarse de servicio en el ámbito de los transportes, a efectos del Derecho de la Unión.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tenía que contestar a la pregunta de si Uber es una plataforma tecnológica o una empresa de transporte. Una cuestión que fue planteada por un juzgado de Barcelona al tribunal con sede en Estrasburgo tras la denuncia de la asociación de taxistas Élite en 2014 contra Uber, que acababa de aterrizar en España.

En aquel momento, Uber había llegado a España con su servicio UberPop donde cualquiera podía utilizar su coche para transportar a los usuarios sin necesidad de licencia. La plataforma ponía en contacto a un conductor con un pasajero al que llevaba con su propio vehículo. Los taxistas denunciaron a la compañía, primero en Barcelona y posteriormente en Madrid, donde aterrizó más tarde.

El juzgado de Barcelona dudando sobre si tenía que juzgar a la plataforma por la ley de transporte o no decidió elevar la consulta a Europa. En cambio, en Madrid el juzgado mercantil número dos en unas medidas cautelarísimas decidió suspender la actividad de Uber el 9 de diciembre de 2014.

En este fallo el TJUE estima que "el servicio prestado por Uber no se limita a un servicio de intermediación consistente en poner en contacto, mediante una aplicación para teléfonos inteligentes, a un conductor no profesional que utiliza su propio vehículo con una persona que desea realizar un desplazamiento urbano".

La sentencia explica que el prestador de ese servicio de intermediación crea al mismo tiempo una oferta de servicio de transporte urbano, que hace accesible concretamente mediante herramientas informáticas y cuyo urbano, que hace accesible concretamente mediante herramientas informáticas y cuyo funcionamiento general organiza en favor de las personas que deseen recurrir a esta oferta para realizar un desplazamiento urbano.

Así, el fallo apunta que la aplicación que desarrolla Uber es indispensable tanto para los conductores como para los pasajeros. Asimismo, señala que Uber ejerce una influencia decisiva sobre las condiciones en las prestaciones efectuadas por estos conductores. 

En consecuencia, un servicio de esta índole está excluido del ámbito de aplicación de la libre prestación de servicios en general, así como del ámbito de aplicación de la Directiva relativa a los servicios en el mercado interior y del de la Directiva sobre el comercio electrónico, apunta el tribunal en un comunicado. Esta sentencia se enmarca dentro de la batalla entre plataformas y taxistas tras la irrupción de Uber en el mercado. 

Esta fue la primera etapa de la multinacional estadounidense en España. La empresa decidió cambiar su modelo y volver a desembarcar en nuestro país. Con un cambio de nombre del servicio de UberPop a UberX, en España volvió a operar a comienzos de 2016 pero siguiendo la legislación relativa a transporte y exigiendo licencias VTC a los chóferes. Las mismas licencias que ya tenían los coches con chófer que operaban sin una plataforma tecnológica detrás. Los conductores son o autónomos o flotas de empresas que se registran en la plataforma y facturan al pasajero que los elige.

En esta segunda vuelta de Uber a España, la compañía todavía no ha desembarcado en Barcelona (la ciudad a la que llegó por primera vez). Con estos cambios, la sentencia no tiene una gran influencia en la actividad de Uber en España porque actualmente cumple la normativa que establece la ley de ordenación del transporte terrestre para los coches con conductor. Pero sí que es importante a la hora de definir qué es una plataforma y cuáles son las obligaciones normativas que tiene que cumplir. 

La batalla entre los taxistas y la plataformas continúa aunque ya no piden la suspensión de la actividad de estas sino que se mantenga el límite de licencias de transporte para coches con conductor. De hecho, las asociaciones de taxista han convocado en los últimos tiempos varias manifestaciones pidiendo que se mantenga el status quo del sector. 

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Etiquetas: TrendingUnión Europea, Coches, Uber