Así se calcula cuánto cobrarás de paro si te despiden

En imagen, unos trabajadores en una fábrica.
En imagen, unos trabajadores en una fábrica.
  • El requisito que suele determinar si tienes derecho a paro o no es que hayas cotizado un mínimo de 360 días en los seis años anteriores a quedarte sin trabajo.
  • La base reguladora de la prestación se calcula tomando la suma de las bases de cotización por desempleo a la Seguridad Social de los últimos 180 días.
  • La cuantía de la ayuda alcanza el 70% de la base reguladora durante los seis primeros meses, bajando después al 50% hasta el final del periodo al que se tiene derecho.
  • El SEPE pone a disposición de los ciudadanos una herramienta de autocálculo para saber cuánto pueden cobrar de paro.

Quedarse sin trabajo suele ser una mala noticia. Es más, en algunos casos significa un auténtico drama personal o familiar para el afectado.

Existen diversas posibilidades por las que puedes perder el empleo contra tu voluntad: finalización de contrato al no ser indefinido, despido o cierre de la empresa.

En esa tesitura, siempre que cumplas ciertas condiciones, puedes tener derecho a cobrar la prestación por desempleo, lo cual puede ser un consuelo y, sobre todo, una fuente de ingresos mientras encuentras otra ocupación laboral. 

Asimismo, a los supuestos anteriores también hay que añadir la ausencia momentánea de trabajo por un expediente de regulación de empleo (ERE) o un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), en cuyo caso también cabe la posibilidad legal de cobrar el paro.

Quién puede cobrar el paro

Por si tienes duda, la baja voluntaria del trabajador queda excluida en este sentido. Es decir, que, si te vas porque quieres de la empresa, no tendrás derecho a percibir la prestación por desempleo.

Más allá de esa cuestión, con carácter general, el paro puede ser cobrado tras la pérdida involuntaria, definitiva o temporal, de un empleo, así como por la reducción de la jornada diaria de trabajo acordada en uno de los procedimientos citados.

La condición básica, y que normalmente suele determinar si tienes derecho a paro o no, es que hayas trabajado y cotizado al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.

No obstante, aunque suele ser habitual que así sea, el trabajador en situación de desempleo debe cumplir también los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y en situación de alta o asimilada en un régimen de la Seguridad Social que contemple la contingencia por desempleo.
  • Encontrarse disponible para buscar trabajo de forma activa y dispuesto a aceptar una colocación adecuada.
  • La solicitud del paro incluye el compromiso de actividad; si no lo cumples, puede afectar a tu prestación.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante todo el periodo en que cobres el paro.
  • No realizar una actividad como autónomo o por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
  • No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación. En este ámbito, puede que te interese saber qué es la jubilación parcial y cuáles son los requisitos para acceder a ella.

Cuánto cobrarás de paro

La cantidad que recibirás si te quedas sin trabajo en uno de los supuestos explicados variará en función del salario percibido —aquí te damos las claves para descifrar y entender tu nómina de una vez por todas, del tiempo cotizado y de tu situación personal.

Para que te sitúes, la cuantía mínima de la prestación contributiva para un trabajador sin descendencia es de 501,98 euros al mes, mientras que, si tiene un hijo o más, esta cuantía alcanza los 671,40.

En cuanto a los límites máximos, el paro se queda en 1.098,09 euros si no hay vástagos y sube a 1.254,96 cuando hay una criatura en la unidad familiar y llega a un tope de 1.411,83 euros cuando existen dos hijos o más, según los baremos establecidos en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el antiguo Instituto Nacional de Empleo (INEM).

Cómo calcular la prestación por desempleo

El importe de la prestación contributiva depende de lo aportado por el trabajador a la Seguridad Social durante los 180 últimos días cotizados. Eso sí, sin considerar las horas extraordinarias. De esta manera, la base reguladora del paro es la media de la base de cotización de esos seis meses.

Así, el pago que recibirás es el 70% de aquella durante las primeras 180 jornadas de prestación y el 50% a partir del día 181 hasta el final de la misma.

Como es lógico, sea cual sea la cantidad que te corresponda, esta no puede superar el tope máximo ya señalado, ni tampoco ser inferior al mínimo legalmente establecido.

Al importe bruto de la prestación se le aplican dos tipos de deducciones:

  • La cotización a la Seguridad Social (el 4,7% de la base reguladora).
  • La retención a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), en caso de que así proceda.

Programa de autocálculo del SEPE

Si estas operaciones te parecen enrevesadas —que ciertamente lo son—, lo más sencillo es que acudas al programa de autocálculo que ofrece el antiguo INEM en su web. Tras rellenar un cuestionario básico, podrás obtener la cifra que cobrarás de paro.

Cuánto dura el paro

Además de los importes económicos, cabe tener en cuenta igualmente cuánto se extiende la prestación por desempleo en el tiempo. Pues bien, la duración del paro depende de tus cotizaciones por desempleo en los últimos seis años, incluyendo, si las hubiese, vacaciones sin disfrutar.

En todo caso, el tiempo mínimo durante el que recibirás la prestación por desempleo es de cuatro meses (en concreto, 120 días) y el máximo, de dos años (720 jornadas).

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