El Gobierno lanza a consulta el nuevo registro de prestadores audiovisuales en el que por primera vez se tendrán que inscribir 'streamers', 'youtubers' e 'influencers'

Ibai Llanos, en directo con Gerard Piqué.
Ibai Llanos, en directo con Gerard Piqué.

twitch.tv/ibai

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital acaba de lanzar una consulta pública sobre el reglamento que regirá el nuevo registro estatal de prestadores de servicios de comunicación audiovisual. Este registro contempla que, además de las cadenas convencionales, se tendrán que registrar plataformas como YouTube o TikTok o agregadores como Vodafone o MásMóvil.

Además de ellas, la recientemente aprobada ley de la comunicación audiovisual también contempla que "usuarios de especial relevancia" de las plataformas de intercambio de vídeo también deberán adherirse a dicho registro, por lo que la consulta también espera recibir opiniones y alegaciones de los grandes creadores de contenido de Twitch, YouTube, TikTok o Instagram.

"Esta consulta tiene por objeto conocer la opinión de las partes afectadas por las modificaciones introducidas por la Ley General de Comunicación Audiovisual", destaca el Ministerio de Asuntos Económicos en un comunicado remitido a los medios. Dicha consulta ya está abierta y asípermanecerá hasta el próximo 15 de septiembre. Puedes acceder a ella mediante este enlace.

El nuevo registro incluirá información detallada, "como quiénes son titulares de participaciones significativas" —de un mínimo del 3% del capital social en el prestador registrado—, "quién es el responsable último de los contenidos emitidos", "con quién pueden contactar los espectadores" o "el número de mujeres que forman parte de los órganos de administración de la sociedad".

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La nueva ley del audiovisual entró en vigor hace unas semanas. Sin embargo, una de sus disposiciones destaca que su artículo 94, con las obligaciones para los "usuarios de especial relevancia" en estas plataformas —que puedes ver en este enlace— entrará en vigor una vez se desarrolle el reglamento "que concrete los requisitos para ser considerado" como tal.

Esos "usuarios de especial relevancia", efectivamente, son streamers, youtubers e influencers de plataformas como Twitch, YouTube, TikTok o Instagram. 

Todavía sin aplicar, el artículo 94 destaca que serán aquellos usuarios que empleen estos servicios y de ella obtengan "unos ingresos significativos", sea "el responsable editorial" de los contenidos, el servicio se preste "a una parte significativa del público en general y pueda tener un claro impacto sobre él" y su función sea "informar, entretener o educar".

De este artículo 94, por otra parte, quedan eximidos centros educativos y científicos, museos, teatros, administraciones, partidos políticos, empresas y autónomos cuyo fin sea promocionar sus bienes, y asociaciones y ONG con fines de autopromoción.

Los creadores de contenido en las plataformas antes descrita, por lo tanto, "deberán inscribirse en el registro estatal de prestadores de servicios de comunicación audiovisual" que prevé la nueva norma y sobre el que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital acaba de lanzar esta consulta pública, abierta hasta después de verano.

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