La práctica que debes evitar con el DNI para que no te pongan una multa de 100.000 euros

DNI en un lector electrónico

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  • El Documento Nacional de Identidad es un documento personal e intransferible en el que aparecen todos los datos importantes de su portador.
  • La legislación relativa a la protección de datos señala que no se pueden hacer copias del DNI: de hacerlo podrían ponerse sanciones de hasta 100.000 euros.

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un documento personal e intransferible que sirve para identificar a los ciudadanos. Contiene los datos personales de su portador, imprescindibles para poder realizar cualquier trámite administrativo, y es obligatorio para los mayores de 14 años residentes en España.

Algunas empresas como hoteles, bancos e incluso organismos públicos deberían tener cuidado con la manera de tratar los documentos de sus clientes. La Agencia Española de Protección de Datos ha advertido de que escanear como fotocopiar un DNI no está permitido.

En ocasiones, para entrar en determinados recintos, comprar algunos productos u otros casos de fuerza mayor, pueden pedirte enseñar el documento para confirmar tu identidad. El problema llega cuando las empresas piden, sin justificación suficiente, fotocopiar o fotografiar el DNI. Esta mala práctica puede traer sanciones.

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La reproducción de un documento en el que se recopila tanta información personal puede ser un peligro para la privacidad de una persona. Y en algunos casos puede llegar a emplearse para cometer actos delictivos a través de la suplantación de identidad. El auge de ciertas tecnologías, así como de la ciberdelincuencia, han facilitado estas estafas.

No se trata solo de una recomendación, sino que el artículo 5.1 del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea establece que el uso de datos debe ser "adecuado, pertinente y limitado a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados".

El mal uso de los datos personales de una persona puede alcanzar multas de hasta 100.000 euros. Eso le ocurrió a Orange, cuando se vio obligada a abonar dicha cantidad en 2023, después de que un trabajador de la empresa fotografiara un DNI por ambas caras para proceder a la entrega de un paquete. Se demostró que no era necesario llegar a ese punto para completar la tarea.

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