El Supremo ha declarado nulo un acuerdo, no todo el proceso: qué puede hacer el Gobierno para renovar la Agencia de Protección de Datos tras 3 años de interinidad

- Actualizado:
Unas cámaras de vigilancia en China, a finales de febrero, en pleno brote de coronavirus.
Unas cámaras de vigilancia en China, a finales de febrero, en pleno brote de coronavirus.

El Tribunal Supremo anuló esta semana una parte del proceso por el que se va a nombrar a la nueva Presidencia y a la nueva Adjuntía de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), pero no ha anulado todo el proceso. Ahora está la pelota en el tejado del Gobierno: si empieza desde cero —lo que implica dilatar más el procedimiento— o si lo reanuda por donde lo ha dejado.

Todo ello en una complicada situación de interinidad. La Agencia cuenta desde el año pasado con nuevos estatutos, con los que la Dirección General de la misma, que ostenta Mar España, se convierte en la Presidencia y la Adjuntía. El cargo de Mar España es interino desde 2019. En estos últimos 3 años la AEPD ha impuesto las multas más cuantiosas de su historia.

Pero no sería extraño que alguna empresa sancionada recurra alguna de estas multas alegando la situación de interinidad de la AEPD.

Lo que el Alto Tribunal anuló este miércoles en realidad es un acuerdo del Consejo de Ministros que se publicó en el Boletín Oficial del Estado en febrero. Este acuerdo era la comunicación al Congreso de los candidatos seleccionados por el comité de selección del proceso para ostentar la Presidencia y la Adjuntía a la AEPD. Con los nuevos estatutos de la AEPD, es la Cámara Baja la que tiene que ratificarlos.

Entonces, lo que sorprendió fue que dicho comité, en lugar de seleccionar a un candidato para la Presidencia y a un candidato para la Adjuntía, designó a 3 candidatos para la Presidencia y a otros 3 para la Adjuntía, dejando el Gobierno en manos de las Cortes la elección definitiva del nuevo presidente o presidenta del organismo de control.

El procedimiento para designar a los nuevos responsables de la Agencia en realidad empezó a finales del año pasado. Lo hizo sumido en la polémica: PSOE y PP acordaron renovar una serie de cargos constitucionales, como el Defensor del Pueblo o la propia AEPD. Casi un año después, este acuerdo no se ha materializado en la renovación que la Agencia de Protección de Datos espera.

Este acuerdo del Consejo de Ministros ha sido anulado por el Supremo tras un recurso que presentó uno de los candidatos a ostentar la Presidencia de la Agencia, Leonardo Cervera Navas. Este malagueño es ahora mismo el número dos del Supervisor Europeo de Protección de Datos (EDPS, en sus siglas en inglés).

Cervera Navas ha sido muy crítico con el procedimiento para designar a la nueva Presidencia desde su inicio. Incluso su actual jefe en el EDPS lo ha sido, para sorpresa de bastantes delegados de protección de datos españoles. El candidato entendía que con los estatutos de la AEPD en la mano, este proceso no podía venir determinado por un acuerdo político entre PSOE y PP.

Igual lo entendió la Fundación Hay Derecho o grupos parlamentarios como Ciudadanos, que incluso elevaron preguntas a la Comisión Europea al respecto. Tras varias desavenencias sobre aquel acuerdo político, el Gobierno acabó iniciando el procedimiento de designación y Cervera Navas, en declaraciones a este medio, reconoció que el mismo se había convocado "abierto a todo el mundo".

Sin embargo, también sugirió que "no se comprendería que el resultado del proceso de selección al que concurren 14 candidatos, muchos de ellos de reconocido prestigio y dilatada experiencia, fuera exactamente el mismo que el acuerdo político suscrito antes de convocarse el concurso".

Los nombres que PSOE y PP acordaron fueron los siguientes: Belén Cardona para la Presidencia de la AEPD, y Borja Adsuara para la Adjuntía. Entre los 3 candidatos a la Presidencia que el comité de selección acordó y el Consejo de Ministros ratificó en febrero aparecían Cardona y el propio Cervera, y entre los propuestos para la Adjuntía también figuró Adsuara.

Esto llevó a Cervera Navas a recurrir ese acuerdo al entender que se estaba lesionando su derecho fundamental a acceder "en condiciones de igualdad" a las funciones públicas, tesis que ha compartido el Tribunal Supremo en el auto que se ha conocido este miércoles.

¿Ahora qué pasará?

El Supremo no acaba con el procedimiento que decide quién dirigirá la AEPD

En realidad, el primer indicio de que el Supremo anularía el acuerdo del Consejo de Ministros llegó tan solo un mes después de que se presentara el recurso, cuando el Alto Tribunal adoptó medidas cautelares a este respecto. Entonces, el Supremo ya sugirió que el procedimiento para designar al nuevo presidente o presidenta de la AEPD venía "viciado" desde el inicio.

Lo que también ayuda a explicar que este acuerdo haya sido anulado es que la propia Abogacía del Estado (el Gobierno) se allanó (es decir, desistió) del proceso, planteando que se dicte sentencia "estimando las pretensiones del demandante, salvo que infrinjan de forma 'manifiesta' el ordenamiento jurídico", según recoge el auto conocido esta semana.

¿Por qué hizo ese movimiento la Abogacía del Estado? Algunos medios sugieren que de esta manera se estaba reconociendo que se había dado un 'reparto' político de los cargos de la AEPD. Otras fuentes consultadas por Business Insider España hablan, sin embargo, del ánimo de "no empantanar" el proceso.

Si Abogacía del Estado no se hubiese allanado del procedimiento, el mismo se habría visto congelado hasta que se resolviera y hubiera una sentencia en firme, dilatando todavía más el período de interinidad en el que la Agencia vive desde 2019.

Con todo, el de Cervera Navas no fue el único recurso interpuesto por los candidatos a la Presidencia (entre los postulados aparecen 14 nombres, mientras que la criba del Gobierno solo la superaron 6). En el otro recurso (muy similar al que ha conseguido la anulación esta semana) sí se pronunció el Ministerio Fiscal, instando a su desestimación.

Lo hacía con un contundente escrito en el que el Ministerio Fiscal alegaba que, al margen de acuerdos políticos previos que solo ha recogido la prensa, la terna de candidatos para la Presidencia de la AEPD fue encargada a un comité de selección, tal y como establecen los estatutos de la AEPD.

Lo cierto es que lo anulado por el Supremo es la ratificación del Gobierno a la terna propuesta por el comité de selección del procedimiento. Esa ratificación, a su vez, era un documento que se remite al Congreso para que sea la Cámara Baja la que en última instancia ratificase —en este caso, decidiese entre 3 candidatos a la Presidencia— quien debe ostentar el nuevo cargo de la Agencia.

Por esa razón, en el procedimiento que culminaba este miércoles, además del recurrente, el propio Cervera Navas, estuvo personada la propia Belén Cardona. Su nombre, también candidata a la Presidencia de la AEPD y que ha concurrido al mismo procedimiento, fue pronunciado en rueda de prensa por el PSOE y por el PP que entonces dirigían Pablo Casado y Teodoro García Egea.

Pero quienes no se han visto personados en este procedimiento que ha resuelto el Supremo son los tres candidatos a la Adjuntía, con lo que el fallo del miércoles podría recibir una impugnación por parte de los mismos si estos entienden que sus derechos se han visto lesionados.

El Gobierno podría retratar al PP llevando de nuevo el acuerdo al Congreso

Con este documento anulado por el Supremo, la pelota vuelve a estar en el tejado del Gobierno. Pueden reanudar el procedimiento exactamente en el mismo punto, solo que, con la terna del comité de selección en la mano (que postulaba a 3 candidatos a la Presidencia y a otros 3 a la Adjuntía), esta vez podría designar a un único candidato para cada cargo.

Lo puede hacer en virtud de los propios estatutos de la AEPD. Los mismos estipulan que el comité de selección, que preside un alto cargo del Ministerio de Justicia, "elevará" la propuesta del comité al Consejo de Ministros, que la "debatirá" y la remitirá al Congreso.

En este caso, el Consejo de Ministros no solo no rechazó la propuesta ("en caso de que el Consejo de Ministros considere que la propuesta realizada por el comité de selección no resulta idónea, la devolverá al comité de selección"), sino que aceptó remitir al Congreso la terna con los 3 candidatos a Presidencia y los 3 a Adjuntía para que la Cámara decida.

Entonces, ¿qué pasará ahora? El Gobierno puede retomar el procedimiento, bien reduciendo esa terna a una sola persona para la Presidencia y a otra sola persona para la Adjuntía. El Ejecutivo, en manos del PSOE y Unidas Podemos, se aferra al acuerdo que cerraron el año pasado con el PP. Pero mucho ha cambiado desde entonces.

Para empezar, no es el mismo PP: antes lo dirigía Pablo Casado y ahora está en manos de Alberto Núñez Feijoo. El Gobierno podría volver a aprobar el acuerdo para que en la Comisión del Congreso el PP se retrate: si vota o no vota a favor de los nombres que en su momento acordaron.

Con todo, lo único que parece claro es que pasará el verano y la AEPD seguirá sumida en una situación de interinidad. Como desde hace 3 años.

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Business Insider.