Alquiler

Alquiler de vivienda

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  • Alquilar algo supone dejar que alguien lo use de forma temporal a cambio de que pague por ello. Puede tratarse del alquiler de coches o de otros bienes y servicios, como el alquiler de vivienda.
  • Este último se formaliza en un contrato de arrendamiento, con unas características, requisitos y mecanismos que lo garantizan.
  1. ¿Qué es un alquiler?
  2. Contrato de arrendamiento y tipos de alquiler
  3. Duración del contrato y otras dudas sobre alquiler de vivienda
  4. Bono joven de alquiler y más ayudas en 2022

¿Qué es un alquiler?

La definición de qué es el alquiler que comparte la RAE es la de la acción y efecto de "dar a alguien algo, especialmente una finca urbana, un animal o un mueble, para que use de ello por el tiempo que se determine y mediante el pago de la cantidad convenida".

Alquilar algo supone, por tanto, dejar que alguien lo use de forma temporal a cambio de que pague por ello. Se puede hablar de alquiler de coches y de otros vehículos (furgonetas, motos, caravanas, bicicletas…), o de servicios y bienes, pero sobre todo se hace alusión al alquiler de una vivienda o casa, como un piso o una habitación.

En este último caso se trata de un arrendamiento de vivienda, regulado por la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Contrato de arrendamiento y tipos de alquiler

Lo que se conoce popularmente como contrato de alquiler es en realidad un contrato de arrendamiento, que es la manera en la que se formaliza un arrendamiento: este es una cesión temporal de un bien entre 2 partes a cambio del pago de una renta, y está regulado en el Código Civil.

Este contrato puede ser verbal o por escrito, pero es más recomendable esto último. En su artículo 37, la LAU recoge que "las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización por escrito del contrato de arrendamiento". Estas son el arrendador (o propietario) y el arrendatario (o inquilino que paga la renta).

A continuación responde también a la duda de cómo hacer un contrato de alquiler y qué debe incluir: "En este caso, se hará constar la identidad de los contratantes, la identificación de la finca arrendada, la duración pactada, la renta inicial del contrato y las demás cláusulas que las partes hubieran libremente acordado".

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Además, el contrato de arrendamiento debe cumplir con los requisitos de ser consensual (basado en un consentimiento de las partes, respetando la ley), bilateral (intervienen ambas partes, aunque puede suponer más de 2 personas), temporal (durante un tiempo determinado) y oneroso (con el pago de una renta por medio).

Finalmente, este puede venir garantizado por mecanismos como la fianza (una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de 2 en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda), el aval (personal o bancario, como responsable de impagos e incumplimientos), el depósito (cantidad de dinero inmovilizada a favor del propietario, como garantía) y el seguro de alquiler (seguro particular que paga el arrendatario).

 

Entre los tipos de alquiler de una vivienda —también puede haber habitaciones en alquiler— se pueden encontrar el alquiler social (derivado de programas con subvenciones para apoyar a determinados grupos, como personas jóvenes, por ejemplo con vivienda pública), subarrendamiento (el inquilino pone a su vez en alquiler una parte de la vivienda); a tiempo compartido (derecho de pasar una temporada al año en la vivienda), por temporadas o por días (p. ej. con fin vacacional); y alquiler con opción a compra, entre otros.

Este último incluye la posibilidad —no obligación— de comprar el piso en el futuro, fijando el precio que se pagaría si se adquiere, en cuyo caso se descontaría lo abonado hasta el momento en concepto de alquiler.

Duración del contrato y otras dudas sobre alquiler de vivienda

La Ley de Arrendamientos Urbanos regula tanto el arrendamiento de vivienda (aquel que "recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario") como el arrendamiento para uso distinto del de vivienda (el que, "recayendo sobre una edificación, tenga como destino primordial uno distinto" al antes mencionado).

Esta ley también regula cuál es la duración de un contrato de alquiler de vivienda: establece que "será libremente pactada por las partes", pero debe alcanzar una duración mínima de 5 años (o 7 años en caso de una persona jurídica) tras prórrogas obligatorias anuales si no llega a estas cifras. Eso sí, salvo que el arrendatario avise con 30 días de antelación a la terminación del contrato o de las prórrogas de su voluntad de no renovarlo, entre otros supuestos recogidos en el artículo 9.

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Asimismo, recoge en su artículo 10 "un mecanismo de prórroga tácita" transcurrido al menos ese tiempo que "da lugar a un nuevo plazo articulado, asimismo, sobre períodos anuales, de 3 años", si ninguna parte comunica su voluntad de no renovarlo.

Otras dudas sobre alquiler de vivienda que albergan muchas personas tienen que ver con quién puede alquilar —pueden hacerlo tanto las personas físicas (una o varias) como las personas jurídicas— y con quién paga el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) en un alquiler: en general, se encarga el propietario, pero la LAU deja abierta la puerta a que ambas parten negocien su pago, así como el de otros conceptos.

Bono joven de alquiler y otras ayudas en 2022

El bono joven de alquiler es una medida aprobada por el Gobierno de España a principios de 2022 que busca facilitar a los jóvenes el acceso a una vivienda, por medio de un presupuesto de 200 millones de euros anuales.

Se trata de una ayuda de 250 euros al mes, que incluye los siguientes requisitos y condiciones generales:

  • Se puede extender durante 24 meses (supondría un máximo de 6.000 euros en total) y tiene carácter retroactivo desde enero de 2022.
  • Debes tener entre 18 y 35 años.
  • Necesitas acreditar rentas de trabajo, y que tus ingresos anuales sean, con carácter general, inferiores a 3 veces el IPREM (23.725,8 euros anuales).
  • La cuantía máxima del alquiler es de hasta 600 euros/mes (ampliable a 900 euros mensuales por las comunidades autónomas, incluso podría ser superior en algunos supuestos). No se incluyen importes que puedan corresponder a anejos como plazas de garaje o trastero.
  • El precio máximo para el alquiler de habitaciones es de 300 euros al mes (ampliable a 450 euros).
  • La vivienda debe ser tu residencia habitual y permanente (durante todo el periodo de la ayuda), acreditado con certificado de empadronamiento.

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Puedes ver dónde y cómo puedes solicitar el bono joven de alquiler para 2022 y 2023 aquí, con información de cada comunidad autónoma de España.

Si no puedes acceder a este bono por no cumplir alguno de los requisitos, quizá puedas optar a otras ayudas de alquiler en 2022 que también incluye el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, entre las que se encuentran bonos para rentas bajas, colectivos vulnerables, hogares con caída de ingresos y jóvenes en la España vaciada.

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