Qué es y quién puede solicitar el Plan 'Me Cuida' para conciliar trabajo y cuidado por casos de contagio

Una madre ayuda con los deberes a su hijo en medio de la pandemia por el coronavirus
  • Ante el inicio de las clases muchos padres se preguntan si podrán quedarse en casa cuándo un niño deba estar confinado por contagio de coronavirus.
  • El plan "Me Cuida" puesto en marcha por el Gobierno para favorecer la conciliación conempla la flexibilización horaria o las reducciones de jornada para aquellos trabajadores que deban quedarse a cargo de casos confirmados.
  • Las medidas vigentes contemplan desde cambios de turno y teletrabajo hasta reducciones del 100% de la jornada laboral. Aunque esta disminución conlleva la reducción proporcional del salario.
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A escasos días del inicio de curso uno de los aspectos que más preocupa a los padres es qué sucederá cuando un niño deba quedarse en casa confinado por contagio de coronavirus y requiera del cuidado de un familiar o tutor.

Para facilitar esta problemática el Gobierno puso en marcha el Plan "Me Cuida", dentro de las medidas excepcionales aprobadas al inicio de la pandemia para intentar frenar el impacto económico y social del COVID-19 en la economía.

El objetivo de este plan es favorecer la flexibilización horaria o las reducciones de jornada para aquellos trabajadores que deban quedarse a cargo de casos confirmados de coronavirus.

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Si bien su periodo de vigencia se extiende solo hasta el próximo 22 de septiembre, la intención del Gobierno es prorrogarlo, tal y como adelantaba la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz en entrevista con Radio Nacional de España.

¿Quién puede acogerse al plan "Me Cuida"?

Todo trabajador por cuenta ajena que acredite tener que cuidar de un cónyuge, pareja de hecho o familiares de hasta segundo grado por positivo por coronavirus podrá acogerse a las medidas de conciliación propuestas por el plan "Me Cuida".

También aquellas personas que se vean afectadas por las decisiones de la Administración en relación con el COVID-19, que implique el cierre de centros educativos.

¿A qué puede acogerse el trabajador que solicita el plan "Me Cuida"?

Los trabajadores por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado a personas dependientes por circunstancias relacionadas con el COVID-19 podrán llevar a cabo reducciones o adaptaciones de su jornada.

En concreto, el trabajador puede solicitar un cambio de turno, modificaciones en el horario, jornada partida o continuada, cambio de centro de trabajo, cambio de funciones o un cambio en la forma de prestación del trabajo, incluyendo trabajar a distancia.

Asimismo, el empleado que deba quedarse en casa para el cuidado de un contagiado también tiene derecho a una reducción especial de la jornada de trabajo que puede alcanzar el 100%, siempre que esta disminución esté justificada.

Cabe destacar que como recoge el plan "Me Cuida" la reducción de jornada conllevará "la reducción proporcional de su salario".

¿Cómo solicitar el plan "Me Cuida"?

No es necesario solicitar este plan ante ningún organismo en concreto. 

Simplemente las medidas adoptadas en la reducción de jornada deben ser comunicadas a la empresa con 24 horas de antelación. 

Por otro lado, como recuerda el documento, a la hora de llevar a cabo adaptaciones de horarios y jornadas deben tenerse en cuenta las necesidades de cuidado del trabajador así como las necesidades de organización de la empresa. Por lo que empresa y trabajador "deberán hacer lo posible por llegar a un acuerdo."

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