Te enseñamos las 5 diferencias entre la pareja de hecho y el matrimonio: pros y contras de cada uno

Esta boda no fue la de Juan Roig.
Esta boda no fue la de Juan Roig.
  • Te enseñamos las 5 principales diferencias entre estar casado y ser pareja de hecho.
  • En España el ordenamiento jurídico equipara casi totalmente ambas modalidades, aunque hay algunas diferencias.
  • El registro, la ruptura o los permisos retribuidos cambian entre el matrimonio y la pareja de hecho.
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La tradición del matrimonio está más que arraigada en la sociedad, y se lleva desarrollando desde hace miles de años. Aunque la ceremonia se celebre por la iglesia o en el ámbito civil, no deja de ser una unión institucionalizada que ha de inscribirse en el Registro Civil.

Pero el ordenamiento jurídico también reconoce una figura similar a la del matrimonio, para aquellos que no quieran casarse pero sí disfrutar de prácticamente las mismas ventajas: la pareja de hecho.

Para ser pareja de hecho hay que inscribirse en los Registros de Uniones de Parejas de Hecho, que son organismos autonómicos. Hay que cumplir ciertos requisitos: haber convivido durante 1 o 2 años de manera ininterrumpida y que alguno de los miembros de la pareja esté empadronado en esa misma Comunidad Autónoma. También se debe pagar una tasa.

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Para demostrar que los miembros de la pareja han estado conviviendo durante el tiempo mínimo exigido deben acreditarlo 2 testigos mediante declaración firmada. Aunque este requisito sufre alguna variación dependiendo de la Comunidad Autónoma.

A continuación te mostramos las 5 principales diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho, según indica el ordenamiento jurídico en España.

Ruptura

Pareja en proceso de divorcio

En el caso de que se produzca un divorcio, el proceso es diferente entre el matrimonio y la pareja de hecho. El matrimonio está sujeto al derecho civil, se debe seguir un proceso judicial y pagar un coste económico determinado para que la separación tenga reconocimiento legal.

La situación se vuelve más complicada si el matrimonio fue por la iglesia, pues los cónyuges estarían sujetos también al Derecho Canónico. Para romper un matrimonio a ojos de la iglesia se deben alegar ciertos motivos que deben ser evaluados por un Tribunal Eclesiástico.

Sin embargo, la pareja de hecho sólo tendría que firmar su disolución en el registro que corresponda. Un trámite sencillo.

Régimen económico

Una pareja hace compras con su tarjeta de crédito.

Por defecto, el matrimonio crea un régimen económico al que debe acogerse la pareja: separación de bienes, de gananciales o convenio con cualquier otro tipo de régimen. Pero en la pareja de hecho el régimen económico es voluntario, y no es obligatorio elegir uno.

En caso de divorcio, un juez podrá decidir cómo se reparten los bienes del matrimonio si no hay acuerdo mutuo. En la pareja de hecho este proceso es más complicado y depende del marco jurídico de cada Comunidad.

Permisos laborales

Discusión en el trabajo

En cuanto a derechos laborales hay una serie de condiciones que son comunes tanto en el matrimonio como en la pareja de hecho: ambos disfrutan de permiso de paternidad, también permiso por enfermedad grave o muerte de la pareja, o fallecimiento de un familiar de hasta 2º grado de consanguinidad.

Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores concede 15 días de permiso cuando una pareja oficializa su matrimonio, mientras que una pareja de hecho no dispone de estos días de vacaciones.

En cuanto a temas de ayudas económicas: sólo el matrimonio puede solicitar elsubsidio por ayuda familiar.

Fallecimiento

cementerio

En el matrimonio, el cónyuge que sobrevive recibe una pensión de viudedad. Además, tiene derecho a parte de la herencia.

Para la pareja de hecho esta situación es mucho más complicada. No habrá herencia salvo que así se indique en el testamento, y respetando siempre a los herederos forzosos.

Además para obtener la pensión por fallecimiento se tienen que acreditar que los últimos 5 años ha existido una convivencia ininterrumpida, y la pareja no deberá superar cierto umbral de ingresos. 

Hijos

niños con perro, mascota

En este caso no hay grandes diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho. Es suficiente con la inscripción del nacimiento del hijo para que este cuente con todos los derechos, incluso si los padres están solteros.

Si se produce una ruptura y no hay acuerdo en la custodia, decidirá el juez en ambos casos, tanto en el matrimonio como en la pareja de hecho, todo lo referente al régimen de visitas y el subsidio de manutención.

Los matrimonios y las parejas de hecho también pueden optar a la adopción en igualdad de derechos.

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