La Comisión Europea declara ilegales los arbitrajes de las renovables

Energia Renovable
  • La Comisión Europea considera que no se puede recurrir a a Carta de la Energía dentro de la Unión Europea.

España podría librase de tener que pagar indemnizaciones a las grandes empresas internacionales que la han llevado ante tribunales de arbitraje por los recortes a las renovables. La Comisión Europea considera que las sentencias internacionales a favor de los inversores europeos carecen de valor, tanto si se remiten a tratados bilaterales de protección como a la Carta de la Energía.

El organismo europeo apunta que son normas incompatibles con la legislación la Unión Europea y que el Tratado de la Carta de la Energía no se aplica entre los Estados Miembros. Según Bruselas, la interpretación de la normativa comunitaria para garantizar la protección del inversor corresponde sólo a tribunales nacionales y europeos, según ha publicado la Comisión Europea en un comunicado.

La Comisión apunta que los tratados bilaterales dentro de la UE entran en conflicto con el principio de no discriminación entre los inversores en el mercado único. Además, el organismo advierte de que los tratados bilaterales entre los Estados Miembros pueden constituir la base para la concesión de ayudas estatales ilegales que violan las condiciones de igualdad en el mercado único.

Así es que desde Bruselas señalan que "todas las cláusulas de arbitraje en los tratados bilaterales de inversión entre países de la Unión Europea son inaplicables y cualquier tribunal de arbitraje establecido sobre la base de esas cláusulas carece de jurisdicción". 

Según el organismo europeo, los arbitrajes previstos en los tratados bilaterales de inversión y los de la Carta de la Energía "socavan el sistema legal de soluciones previsto en los Tratados de la UE" y asegura que los tribunales nacionales de los Estados Miembros tienen la obligación de anular cualquier compensación arbitral concedida.

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Este posicionamiento de la Comisión contra los arbitrajes en conflictos intracomunitarios llega tras la sentencia del Tribunal de Justicia europeo que consideró, el pasado marzo, que las cláusulas sobre arbitraje que recogen algunos tratados bilaterales entre Estados Miembros son incompatibles con la legislación europea. 

El comunicado del organismo europeo se remite a las implicaciones de la sentencia Achmea, en la que el Tribunal de Justicia europeo dictaminó que el arbitraje Inversor Estado contenido en tratados bilaterales de inversión entre Estados Miembros no es compatible con la legislación de la Unión Europea. "No hay lugar para el arbitraje entre inversores y Estados en el mercado único cuando se trata de inversiones intracomunitarias", señala la Comisión en un comunicado en el que aplica las consecuencias a la Carta de la Energía en lo relativo a las inversiones transfronterizas dentro de la Unión Europea. 

Los tratados bilaterales de inversión son acuerdos internacionales cuyo objetivo no es otro que proteger a los inversores, nacionales y de empresas, de un estado a otro.Según indicó la Comisión Europea, hasta el momento existen 200 tratados de inversión intracomunitarios. 

En este sentido, la Comisión promueve la iniciativa de poner en marcha un Tribunal Multilateral de Inversiones, trabajo que también se lleva a cabo en el contexto de la CNUDMI, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. El objetivo general de la UE es establecer un organismo multilateral permanente para decidir sobre conflictos relacionados con la inversión.

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