Las comisiones que te puede cobrar el banco aunque no estén en el contrato

Mujer saca dinero del banco
  • Retirar dinero en ventanilla, usar un cajero de otra entidad bancaria o el cambio de divisa son algunas de las actividades por las que te pueden cobrar.
  • Siempre deben avisarte antes de proceder a efectuar la comisión de la cuantía y la causa.

Antes de contratar cualquier producto bancario miras siempre qué comisiones tiene, para saber cuánto te pueden llegar a cobrar: siempre hay que revisar la letra pequeña. Comisiones que son cada vez más comunes y que debes tener en cuenta en tu presupuesto mensual; las hay por mantenimiento de una cuenta, por retirar efectivo en un cajero ajeno a tu banco, por emisión y mantenimiento de una tarjeta de crédito o débito o comisión por descubierto; la lista es larga.

Todas estas deben aparecerte en el contrato o te informan antes de proceder a ello, por ejemplo al retirar dinero en otro cajero. Existen tipos de cobros que no te esperas y que pueden aplicarte con todo derecho.

Es el ejemplo de la comisión por hacer operaciones en la ventanilla que se podrían realizar en el cajero, como retirar dinero. Aunque el Gobierno ha anunciado recientemente que se eliminará este cobro para personas mayores y personas con discapacidad, para el resto continuará aplicándose.

Igualmente, hacer una transferencia también puede costar dinero —mientras que usar Bizum es gratuito—, además se pueden aplicar comisiones por inactividad; por rechazar recibos, por duplicado de extractos en papel, emitir certificados, por cambio de moneda, por pagar en el extranjero o por reponer tu tarjeta de crédito.

No todas las comisiones son iguales

Es por ello que el Banco de España advierte de que estos tipos de cobros dependen de la entidad bancaria, por lo que el importe a aplicar es libre, así que no se regulan la cuantía ni el tipo. 

"El régimen legal establece que, con carácter general, las comisiones son libres. Algunas, de modo excepcional, están limitadas, como es el caso de las de cancelación y amortización anticipada de un préstamo hipotecario o de un crédito al consumo y las comisiones que se pueden cargar en una cuenta de pago básica", exponen.

Así que antes de elegir un banco, conviene conocer este tipo de comisiones que te afectarán en tus movimientos bancarios. Eso sí, la entidad advierte de que siempre deben comunicarte la comisión antes de contratar cualquier producto, "solo son aplicables por servicios efectivamente prestados y gastos habidos", citan.

Según apunta el Banco de España, "la legislación establece como concepto general la libertad de las entidades para fijar comisiones, pero también garantiza que los ciudadanos dispongan de la información necesaria para que puedan comparar los cargos que cobran las entidades por cada servicio. Además, la norma exige a los bancos que comuniquen a sus clientes cualquier modificación con dos meses de plazo para su aceptación. En caso de disconformidad, el régimen vigente de traslado de cuenta facilita un posible cambio de banco". 

Con todo, es importante estar atento e informarse siempre antes de contratar cualquier producto y cambiar de entidad, si así compensa, debido a las comisiones.

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