Cómo afectará a los clientes la fusión entre BBVA y Sabadell

Una de las sedes del BBVA.

BBVA

  • BBVA ha retomado el interés en fusionarse con el Banco Sabadell, tras no llegar a buen puerto la intentona de 2020.
  • Desde el Banco de España explican cómo afectan a los clientes las fusiones bancarias. 

En 2009 había en España 55 entidades bancarias. En la actualidad (lleva siendo así desde 2021) hay 10. Y, dentro de poco tiempo, quizá sean 9. Los juegos del hambre bancarios se reactivan tras un breve periodo de impasse, con la noticia de que el BBVA está explorando una posible fusión con el Banco Sabadell.

El martes, 30 de abril de 2024, la entidad vasca trasladó al presidente del banco catalán, Josep Oliu, "el interés del consejo de administración de BBVA en iniciar negociaciones para explorar una posible fusión entre ambas entidades", tal y como recoge el documento enviado por el grupo liderado por Carlos Torres a la CNMV. 

En septiembre de 2020, como ya hemos apuntado en Business Insider España, ambas entidades protagonizaban una negociación similar para crear la segunda mayor entidad bancaria española, pero que finalmente no llegó a buen puerto debido a la falta de acuerdo sobre el reparto accionarial de la entidad resultante.

¿Cómo le afecta al cliente una fusión bancaria?

Más allá de las cantidades que se empezarán a manejar y de las características del posible acuerdo, lo que de verdad le importa al cliente, si finalmente se produce la fusión entre BBVA y Sabadell, es cómo les va a afectar a ellos. Si van a cambiar las condiciones de su hipoteca, de sus cuentas, de sus préstamos personales. 

Hace ya unos años, mientras se fraguaba la fusión entre CaixaBank y Bankia, el Banco de España hizo un repaso a las posibles repercusiones que estos movimientos podrían tener en los clientes.

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Aseguraron que, aunque las fusiones pueden suponer repercusiones prácticas para las gestiones del día a día, ya que es posible que se reordenen las redes comerciales y se reasignen los clientes en las zonas donde las oficinas se solapan, estas circunstancias no suponen por sí mismas cambios automáticos en las condiciones de los productos que los clientes tengan contratados.  

Por ejemplo, en el caso de un préstamo hipotecario o personal o de otro producto con una duración determinada, las condiciones que se pactaron no pueden cambiar, de manera que los clientes seguirán pagando las mismas cuotas, tal como se habrían abonado a la entidad con la que contratamos en un inicio.

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En cambio, si el cliente es titular de un producto de duración indefinida o de renovación automática, como puede ser una cuenta o una tarjeta, las condiciones podrían ser modificadas por la nueva entidad. Y esto no es consecuencia necesariamente de la fusión o del movimiento empresarial. Debemos recordar que cualquier entidad puede cambiar las condiciones de este tipo de productos a lo largo de la vida de la operación.

Pero, claro, ese cambio tiene que respetar unas reglas. Recordemos que si ese cambio de condiciones no es favorable al cliente (por ejemplo, si sube el importe de alguna comisión), la entidad tendrá que avisarnos con la antelación suficiente y si, como clientes, no estamos conformes, contamos con derecho a cancelar la cuenta antes de que el cambio sea efectivo sin ser penalizados por ello.

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