9 trucos que usan bares y restaurantes para sacarte más dinero, según la OCU

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  • El momento de pedir la cuenta siempre es menos agradable en el plan de salir a comer o tomar algo. Pero a veces "la dolorosa" es más abusiva de lo que pensabas.
  • La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) han elaborado un listado con una serie de suplementos y productos que no deberían cobrarte en bares y restaurantes, pero que más de una ocasión lo hacen.
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Las tiendas de todo tipo utilizan estrategias para conseguir que los clientes gasten más. Incluyendo los bares y restaurantes. 

Entre los trucos más clásicos utilizados por estos locales, la selección musical, tirar de céntimos en lugar de redondear o incluir platos muy caros para que el resto te parezcan más asequibles.

Sin embargo en ocasiones al pedir la cuenta tras pasar un buen rato en un bar o restaurante se incluyen cargos un tanto llamativos.  

No solo es que el precio de una bebida te parezca desorbitado, además aparecen otros que ni siquiera pensabas que debías pagar. ¿Un restaurante puede cobrar extras como el pan, un aperitivo o el descorche de un botella?

Siempre que estén dentro de los límites legales, se considera una política comercial propia y es posible, como explica en Consumidor Global, Araceli Durán, abogada especializada en derechos del consumidor en Legalitas.

Ahora bien, "sean cuales sean, tienen que estar visibles para el consumidor. Antes de pedir, el cliente debe conocerlas o, al menos, que estén advertidas a la vista de todo el mundo". De lo contrario es posible reclamar. Si se encuentran medio escondidas o están redactadas en letra pequeña, es cuando se puede reclamar. 

A este respecto, la OCU ha elaborado un listado sobre aquellas cosas que no deberían cobrarse en bares y restaurantes. Una serie de prácticas abusivas con las que muchos locales parecen buscar aprovecharse de sus clientes.

Productos fuera de carta

Si te ofrecen productos fuera de carta, al proponértelos también deberían indicarte su precio.

"Si no es así y pretenden cobrarte una cantidad que consideras abusiva, podrías negarte a pagarlo y proponer abonar el importe de un producto similar que de la carta", asegura la organización.

El IVA

La ley establece que se debe indicar el precio final completo, por lo cual "no pueden engrosar la factura aplicando un 10% adicional al precio de la carta simplemente por sumar el IVA".

Los precios que se comuniquen en la carta o lista de precios ya deben llevar sumado este.

El cubierto

No es legal cobrar por el servicio o cubierto, esto debe estar incluido en el precio. 

 De hecho, se trata de una práctica ilegal y abusiva que ya denunció FACUA en 2015

"Salvo que la idea sea que los paguen los clientes que quieran llevárselos a casa, es tan ilegal como que te cargasen una cantidad adicional por limpiar la mesa o poner el mantel", señaló entonces la organización.

"En resumen, no puede cobrarse nada que resulte necesario para la prestación del servicio. Y no, lo de que podrías comer con las manos no cuela".

Un "plus" por la reserva

De manera similar ocurre con cargarte un suplemento por haber realizado una reserva. No es legal.

Lo que sí pueden hacer es cobrarte por adelantado una cantidad en concepto de reserva, pero luego deberían descontarlo del importe total, aclara la OCU.

La organización también anima a contemplar si existe una opción de anulación y reembolso por causa de fuerza mayor. Por ejemplo, por un caso de coronavirus.

"El COVID-19, al igual que otras enfermedades, es un motivo de fuerza mayor que justifica la cancelación (no solo la enfermedad en sí, sino el contacto directo o la elemental prudencia)", afirman.

Suplementos por mesa o terraza

Está permitido cobrar un plus por servicio de terraza o por estar en mesa. Pero siempre que se indique previamente.

"Deben indicarlo así, y detallar el coste del servicio en la terraza, aclarando la cuantía. Porque no basta un porcentaje del precio". Y debe aparecer en la factura.

Suplemento por Covid-19

La OCU recuerda que no deberían repercutir al cliente las tareas de mantenimiento y limpieza a las que se ven obligados la pandemia. 

Pero si lo hacen, es preciso informar claramente por adelantado y el usuario tiene que aceptarlo expresamente.

El aperitivo

Una vez más, es posible que el aperitivo que acompaña a tu bebida sea después incluido en la cuenta. Pero para cobrártelo deberían haberlo indicado previamente en carta o lista de precios.

"Si no dice nada, pregunta si es gratis, y ten en cuenta que si lo consumes cuando te lo pongan, te lo podrán cobrar", aconseja la organización.

El agua del grifo

"Cobrar por el agua corriente es mezquino y cutre", así de directa se posiciona la organización. Lo normal, apuntan, es que te proporcionen un vaso o jarra de agua cuando la pidas, sin obligarte a pagar por ello.

 Ahora bien, si lo recogen en la lista de precios, legalmente podrían hacerlo. 

El hielo

"A nuestro juicio, cobrar por el hielo de un refresco, un café o agua es tan abusivo como si te cobraran por usar la vajilla…", subraya. Pero una vez más, si lo decide el establecimiento, para poder hacerlo debería indicar en la lista de precios el coste del producto con y sin hielo.

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