Hasta 3 años de expulsión por novatadas extremas, acoso o fusilar el texto de otro sin citar: así es la Ley de Convivencia que sustituirá al reglamento disciplinario franquista que seguía aplicándose en las universidades

estudiantes en la universidad

Reuters/ ENRIQUE CALVO

  • Este martes el Consejo de Ministros plantea aprobar la Ley de Convivencia Universitaria que pondría fin al reglamento franquista vigente hasta hoy desde 1954.
  • La norma busca sustituir el carácter punitivo por la convivencia, mientras que castiga con hasta 3 años de expulsión el acoso sexual, el plagio o las novatadas que menoscaben la integridad de las personas.
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Se espera que este martes 25 de mayo el Gobierno apruebe en el Consejo de Ministros el anteproyecto de la ley de Convivencia Universitaria, que cuenta con el respaldo tanto de los universitarios como de la conferencia de rectores (CRUE).

Hacerlo supondrá poner fin al Régimen Disciplinario firmado por Franco en 1954 y vigente hasta hoy en el ordenamiento jurídico español y sustituirlo por una ley "en consonancia con los valores democráticos y los principios constitucionales", como la definió el Ministro de Universidades Manuel Castells.

La nueva norma pretende por tanto dejar atrás el talante  meramente coercitivo para favorecer la convivencia y el diálogo en la resolución de conflictos. Además de actualizar a los tiempos de hoy una legislación preconstitucional totalmente obsoleta.

Según el Reglamento de disciplina académica de los Centros oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica vigente hasta hoy y rubricado por Franco se considera como faltas graves "las manifestaciones contra la Religión y moral católicas o contra los principios e instituciones del Estado", "la injuria, ofensa o insubordinación contra las autoridades académicas o contra los profesores", o "la ofensa grave, de palabra u obra, a compañeros, funcionarios y personal dependiente del centro". Asimismo las faltas no caducan, no se contempla el derecho de defensa del estudiante, y se atribuye la potestad de sancionar a un tribunal de honor. 

"Es un reglamento, por tanto, anticonstitucional", declaró al respecto Castells.

Hasta 3 años de expulsión por novatadas extremas o fusilar el texto de otro sin citar

El punto clave de la futura norma es la mediación, pero asimismo  actualiza aspectos acorde a nuestros días, como el acoso sexual o los plagios, que en una norma con casi 70 años de vigencia habían quedado obsoletos.

Así según avanza El País, diario que ha tenido acceso a los anexos, "el plagio se castiga como falta muy grave si se fusila el texto de otra persona sin citarle en los trabajos de fin de estudios de grado o máster o en la tesis doctoral". En el resto de casos se tipifica como falta grave o leve.

Se tipifica como falta “muy grave" los actos de violencia sexual o por razón de sexo, orientación sexual, identidad de género, origen nacional o discapacidad. Por ello las universidades deberán contemplar medidas de prevención contra el acoso en su normativa de convivencia.

La Ley de Convivencia también recoge aspectos vinculados a las novatadas. Si bien no las prohíbe sí que se clasifica como falta “muy grave” cuando éstas menoscaben la integridad de la persona, y si hay indicios de criminalidad actuará la Fiscalía, como en otros supuestos.

Copiar en un examen será considerado infracción "grave" cuando se considere premeditado, es decir al hacer uso de medios técnicos, mientras que de lo contrario será falta "leve".

En un entorno de pandemia como el actual, cabe resaltar que atentar contra la integridad de la salud de la universidad se castiga como falta "muy grave".

Como da a conocer El País, las infracciones muy graves se castigan con penas que van de los dos meses a tres años de expulsión de una universidad o la anulación parcial de la matrícula si son alumnos. 

Por su parte, las faltas graves conllevan penas de hasta un mes de expulsión, que no puede coincidir ni con los exámenes ni con el período de matriculación, o la anulación de la inscripción de la asignatura afectada. Y las faltas leves se zanjan con una amonestación privada, nunca en el tablón como es factible ahora ―aunque no habitual― para escarnio público. Las faltas leves y graves pueden sustituirse por trabajos para la comunidad.

El eje central de la nueva norma radica en la mediación verbal en cuanto a la resolución de conflictos. Si bien no se elimina lo punitivo, el Gobierno pretende que esta sea la última herramienta.

Sobre esto se han desarrollado dos vías de actuación. Como explica el diario, por un lado está el  “mecanismo de mediación” que supone un arbitraje informal que engloba a profesores, personal de administración y estudiantes para tratar temas que pueden resolverse de manera amistosa. 

Una segunda herramienta serán los “procedimientos de mediación”, en los que actúan mientras que una comisión instruye el caso una segunda impone la sanción. Bajo esta nueva perspectiva, por primera vez el universitario puede acudir con otro estudiante a defenderse ―el reglamento actual dice que debe hacerlo por escrito― y hay unos plazos tasados para que el procedimiento no se eternice.

En cuanto a lo relativo a cómo aplicarla, será cada universidad la que desarrolle su reglamento. “La ley de Convivencia será un marco normativo general y cada institución bajará al terreno”, explica en Europa Press José Antonio Mayoral, presidente de Crue-Secretarías Generales y rector de la Universidad de Zaragoza. 

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