¿Es mejor hacer la declaración de la renta conjunta o separada?

Una pareja trabajando cada uno con su ordenador.

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  • En general, suele ser mejor hacer la declaración de la renta individual, pero no siempre. Te contamos las excepciones.
  • El mínimo exento es una cantidad a tener muy en cuenta a la hora de decidir cómo hacer la declaración. 

¿Qué es mejor hacer la declaración de la renta conjunta o separada? Es una de esas preguntas que, en muchas casas, surge cada año cuando llega el momento clave (en este caso, el 3 de abril de 2024, que es cuando se abrió el plazo). Todos y todas buscan una respuesta que, desgraciadamente, es imposible que sea concreta. Así que sí, la contestación es "depende".

Espera, espera, que vamos a tratar de darte algunas pistas. Es un "depende" con un poco de trampa. De hecho, tal y como apuntan los expertos del blog Ruta 67, de VidaCaixa, "siempre es mejor hacer por separado la declaración de la renta, salvo en contadas excepciones". Ya vas viéndolo más claro.

Opciones a la hora de presentar la declaración

Antes de profundizar en lo expuesto por los expertos, hagamos un somero repaso a lo que dice la Agencia Tributaria acerca de presentar la declaración de manera individual o conjunta.

Si optas por declarar de forma conjunta, explican, se acumulan las rentas de cualquier tipo obtenidas por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar. Si uno cualquiera de estos miembros presenta declaración individual, los restantes tendrán que utilizar este mismo régimen de tributación.

 

Una vez presentada la declaración de forma individual o conjunta, sólo puedes cambiar la opción si presentas nuevas declaraciones dentro del plazo de presentación. Finalizado dicho plazo, no podrás cambiar la opción de tributación para ese período impositivo.

La opción por presentar declaración individual o conjunta no vincula a la unidad familiar para ejercicios sucesivos.

El mínimo por contribuyente

En pos de seguir dando vías para que aciertes en tu decisión, en Ruta 67 repasan algunos datos que (y es normal) puede que muchos no conozcáis. 

Se refieren al mínimo por contribuyente, es decir, la cantidad por la que no se paga impuestos, ya que Hacienda considera que es vital para la supervivencia. Es de 5.550 euros anuales. Pero en las declaraciones conjuntas, subrayan, se añade una reducción de 3.400 euros. Excepto para las unidades familiares monoparentales, cuya reducción es de 2.150 euros. 

Por lo tanto, quedaría así: 

  • Mínimo exento y reducción en unidades familiares (pareja o pareja con hijos): 8.950 euros.
  • Mínimo exento y reducción en familias monoparentales (padre o madre con hijos): 7.700 euros.

Por lo tanto, ejemplifican, si un matrimonio opta por hacer la declaración conjunta, el mínimo por contribuyente sería el mismo para los 2 (5.550 euros) más una reducción de la base imponible de 3.400 euros anuales. El total de la reducción tributaria conjunta sería de 8.950 euros. 

Mientras que, si hacen la renta de forma individual, la reducción sería de 11.100 euros, es decir, 5.550 euros anuales por cada miembro del matrimonio.

¿Cuándo conviene hacer la declaración conjunta?

En primer lugar, para presentar una declaración de la renta conjunta hay que cumplir alguno de estos requisitos:

  • Estar casado, se tenga o no hijos.
  • Estar separado, pero con hijos a cargo, permite hacer la declaración conjunta de uno de los padres con estos.
  • Estar inscrito como pareja de hecho, cosa que, como con las separaciones, sólo permite hacer la declaración conjunta de uno de los 2 miembros con los hijos. El otro tendrá que hacer su propia declaración. Si la pareja no tiene hijos, no se permite la declaración conjunta.
  • Para incluir a los hijos, estos deben ser menores de edad. Cuestión distinta al beneficio que todo padre puede obtener en su declaración por los menores de 25 años a su cargo.

Si cumples algo de lo anterior, puedes hacer la declaración conjunta. Entonces el momento de elegir. Los expertos de VidaCaixa indican en qué casos conviene hacerla conjunta:

  • Cuando trabaja uno de los dos miembros de la pareja o, en conjunto, los ingresos son bajos. En este caso, compensa la reducción en 3.400 euros que obtiene el conjunto de las rentas.
  • Cuando existe un caso muy concreto con pérdidas producidas por inversiones. Imaginemos que un miembro tiene una serie de fondos de inversión que han generado ganancias, pero el otro sólo ha visto pérdidas en el año. Al hacer declaración conjunta, todo se une, se compatibilizan ganancias y pérdidas como una unidad. Las últimas hacen que en conjunto paguemos menos impuestos por los réditos.

¿Cuándo conviene hacer la declaración individual?

Por contraposición a lo anterior, siempre que no estés dentro de los 2 supuestos mencionados, te convendrá hacer la declaración individual.

No obstante, en Ruta 67 también lo ejemplifican:

Si los 2 miembros de la pareja trabajan y no ganan lo mínimo, merece la pena que cada uno vaya por su cuenta para que se pueda aplicar a cada uno por completo el mínimo de 5.550 euros.

Esos límites individuales cuya suma compensa, también se ve en el caso de las hipotecas. Aquí hay que tener en cuenta que únicamente es posible aplicar una deducción por compra de vivienda si el préstamo está constituido desde antes del 1 de enero de 2013

¿Cómo modificar una declaración de la renta ya presentada?

En ese caso, la desgravación alcanza el 15% de la mitad de lo que se ha pagado durante el año. Hay un límite máximo de 9.040 euros anuales. ¿Cuál es la diferencia entre la declaración individual y la conjunta en este caso? Que por separado los miembros de la pareja pueden desgravarse cada uno ese 15%.

Lo mismo ocurre con el alquiler. Los límites individuales se suman, aunque también hay que tener en cuenta que esta deducción sólo se aplica a contratos firmados antes de 2015.

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