Claves para saber cuándo deberías dejar de ser autónomo y crear una sociedad limitada

Mujer emprendedora en una reunión
  • Mientras que el empresario individual tributa por el IRPF -de carácter progresivo-, la SL lo hace por el impuesto de sociedades, que cuenta con un tipo fijo.
  • Darse de alta como profesional por cuenta propia suele ser lo más aconsejable en los inicios, pero montar una empresa se plantea como una opción más rentable cuando el negocio marcha.
  • Aunque cada caso tiene sus particularidades, crear una sociedad puede ser recomendable frente a Hacienda al alcanzar los 40.000 euros de ingresos.
  • Las bonificaciones de la tarifa plana aplicable a la cuota a la Seguridad Social de los autónomos duran un máximo de dos años.

¿Realizas una actividad por cuenta propia y esta va viento en popa?

Pues, en primer lugar, enhorabuena porque ser autónomo no suele ser sencillo en ningún sector.Sin embargo, al tiempo que habrás visto cómo han ido creciendo tus ingresos, seguramente también habrás detectado que cada vez pagas más a Hacienda. ¿Por qué se produce ese aumento en el pago de impuestos?

El carácter progresivo del IRPF, clave

Al ejercer como profesional por cuenta propia, te toca abonar el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por tu actividad, que es un tributo de naturaleza progresiva.

En otras palabras, cuanto más ganas trabajando como autónomo, más te exige Hacienda, tal y como ocurre en la figura del empleado por cuenta ajena.

Así, al incrementarse el porcentaje aplicable según sube tu facturación, lo hace de forma proporcional el pago contante y sonante a la Agencia Tributaria. ¿Qué puedes hacer ante esa situación? Pues crear una empresa.

Actividad profesional o empresarial

Antes de entrar en detalles al respecto, no obstante, es preciso distinguir entre unas y otras ocupaciones para evitar problemas con Hacienda. De entrada, toca definir si tu actividad es profesional o empresarial. En el primer grupo, aquellas que desarrolla una persona física de forma individual y directa. Abogados, veterinarios, arquitectos, notarios, profesores, agentes comerciales, etc. 

Mientras, en las empresariales se incluyen las actividades que se realizan en el seno de una organización. Un arquitecto que tenga una empresa de construcción, un herbolario que explote una tienda en su sector o un veterinario que cuente con un centro de atención para animales.

A esas dos opciones se unen las actividades artísticas como tercera categoría, pero son minoritarias frente a las otras dos: deporte de élite, música, cine, teatro, etc.

Aunque una misma actividad puede encajar tanto en el ámbito de las profesionales como en el de las económicas, te aconsejamos que te informes minuciosamente, ya que los impuestos que se pagan en cada caso son de cuantías distintas. De hecho, si te equivocas y ejerces una actividad bajo un régimen fiscal que no te corresponde, podrías verte obligado por la Agencia Tributaria a pagar la diferencia que surgiese, así como a hacer frente a posibles sanciones.

El tipo del impuesto de sociedades, ¿del 25 al 23%?

Volviendo al IRPF, cabe recordar que, al revés que éste, el impuesto sobre sociedades mantiene un tipo fijo.

En la actualidad es del 25%, pero, ese porcentaje podría ser rebajado al 23% con el nuevo gobierno para quienes facturen menos de un millón de euros.

¿Cuándo conviene pasarse de autónomo a sociedad limitada?

Se produzca o no esa bajada, la cuestión fiscal hace que, alcanzados unos determinados ingresos, al empleado por cuenta propia se le suela aconsejar montar una sociedad limitada para reducir su factura fiscal.

De forma genérica, si tus ingresos van más allá de los 40.000 euros, deberás considerar en profundidad operar bajo esa fórmula. Desde un punto de vista fiscal, puede salirte a cuenta.

Como es lógico, si el tipo del IS queda fijado en el 23%, la SL será aún más beneficiosa. De todas formas, si tienes dudas sobre la fórmula societaria que más te conviene, puedes consultar con expertos capaces de asesorarte en ese sentido.

La tarifa plana para autónomos

Asimismo, si has rebasado los dos años de actividad, hay otro factor que debes tener en cuenta sobre la conveniencia o no de pasar de autónomo a sociedad limitada. Durante los primeros doce meses habrás podido sacar ventaja de la tarifa plana para autónomos. Cabe recordar que la cuota reducida a la Seguridad Social está hoy en 60 euros.

Además, la rebaja se sitúa en el 50% del importe que corresponda en cada caso durante los siguientes seis meses y en el 30% para el semestre posterior hasta completar los dos ejercicios en activo como afiliado al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) ya citados. Transcurrido ese plazo, adiós a las bonificaciones en la cuota a la Seguridad Social, con lo que también puede salirte mejor poner en marcha la SL.

Para que te sitúes, la cuota mínima mensual para autónomos es de 286,15 euros en números redondos, mientras que la máxima puede superar los .221. En cuanto a la SL, ésta paga a la Seguridad Social algo más de 364 euros al mes desde el primer momento, es decir, que no cuenta con tarifa plana ni otro tipo de bonificaciones.

¿Autónomo o SL?

Teniendo en cuenta tanto el aspecto impositivo como las cuotas a la Seguridad Social, los mencionados 40.000 euros marcan una referencia que puede resultarte práctica para saber en qué momento es más beneficioso montar una empresa que ser autónomo. Eso sí, considera que poner en marcha una sociedad limitada requiere un mayor desembolso y más gestiones que cuando, en su día, te diste de alta de como autónomo. De entrada, el capital social debe estar en un mínimo de 3.000 euros, mientras que para un profesional por cuenta propia no se exige aportación económica de partida.

Además, también tendrás que hacer frente a otros aspectos, tales como establecer la denominación social, el domicilio del negocio y el objeto del mismo. De la misma manera, deberás registrar a los otros socios -si los hubiere- y dar forma a los diferentes órganos de administración.

Respecto al día a día, los costes de gestión serán igualmente mayores en la SL, dado que, al ser una organización más compleja, lo lógico es que gastes más en gestoría. Sin embargo, como empleado por cuenta propia, seguramente eras tú mismo él que te ocupases de tus facturas y de tus registros contables.

Responsabilidad limitada

En último lugar, no olvides que, en lo que se refiere a la empresa, como su propio nombre señala, la responsabilidad exigible a la SL está limitada a los bienes de la sociedad. Mientras que, como autónomo, pueden ir contra tu patrimonio personal de darse impagos y acumularse deudas.

Con todo, si llevas poco tiempo por cuenta propia y cuentas con unos ingresos que no son para tirar cohetes -que es lo habitual en los inicios-, te sale mejor funcionaren calidad de autónomo. Si, en cambio, ya tienes una trayectoria a tus espaldas y te mueves en una facturación de cierta enjundia -el entorno de los 40.000 euros ya apuntado- poner en marcha una sociedad limitada te saldrá más rentable.

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