¿Te puedes negar a trabajar fuera de tu horario laboral?

Una persona trabaja con un ordenador.

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  • Si te llama tu jefe o un responsable fuera de tu horario laboral para trabajar, ¿te puedes negar? 
  • Te cuento lo que dice la legislación y lo que puedes hacer al respecto. 

Aunque siempre ha ocurrido, en la era digital, con todo a mano desde tu casa y casi todo virtualizado, es más habitual tener que trabajar fuera de tu horario laboral, esa llamada inoportuna, inesperada e irritante de tu jefe o de un responsable pidiéndote o directamente exigiéndote alguna tarea. ¿Te puedes negar a hacerlo? ¿Qué puedes hacer al respecto y qué dice la legislación? 

Al final es cierto que depende también del carácter de cada cual: los hay adictos al trabajo o amantes de lo que hacen que, lejos de molestarles, les gusta esa actividad al margen; los hay que no se atreven a decir no por miedo a un despido o el qué dirán de sus compañeros. 

Sin embargo, en la era de la conectividad perpetua, el derecho a desconectar se ha vuelto un tema de debate candente y una necesidad más que nunca. Conforme avanza la tecnología, las barreras entre el trabajo y la vida personal se difuminan, dejando en el aire esas preguntas. Toca responderlas.

El desafío de la desconexión digital

El último Informe sobre Desconexión Digital de InfoJobs revela datos alarmantes: un 65 % de los trabajadores españoles no logra desconectar durante las vacaciones de verano. A esto se suma que un 75 % admite responder llamadas y correos electrónicos relacionados con el trabajo fuera de la jornada laboral. Estas cifras reflejan una realidad preocupante para unos e inevitable para otros sobre la cultura laboral actual. 

¿Por qué no desconectamos?

La incapacidad para desconectar surge de un complejo entramado de factores: la percepción de una responsabilidad amplificada, el temor a no cumplir con las expectativas o incluso el miedo a perder el empleo, son solo algunas de las razones detrás de esta tendencia. Cada persona enfrenta un conjunto único de circunstancias que influyen en su decisión de permanecer "conectado".

La legislación al rescate

Frente a este panorama, querrás saber lo que dicta la legislación y quizá así te lo pienses, al menos ante de decir que sí. El Estatuto de los Trabajadores en España, específicamente en su artículo 34, sección 5ª, es claro al respecto: el trabajador solo está obligado a prestar servicios durante su jornada laboral establecida. Fuera de este horario, no existe obligación alguna de estar disponible para la empresa, ya sea de forma presencial, teletrabajando, o incluso, respondiendo comunicaciones.

El derecho a la desconexión digital

La tecnología, si bien ha facilitado la movilidad y el acceso a la información, también ha traído consigo el desafío de establecer límites claros. La ley está de nuestro lado, estableciendo que no se debe atender a obligaciones laborales fuera del horario de trabajo. El derecho a la desconexión digital, regulado por la LOPDGDD en su artículo 88, garantiza el respeto al tiempo de descanso, vacaciones e intimidad personal y familiar de los trabajadores.

Las empresas, en colaboración con los representantes de los trabajadores, deben elaborar políticas que fomenten la desconexión, especialmente en modalidades de teletrabajo. Estas políticas deben incluir acciones de formación y sensibilización sobre el derecho a desconectar. 

Y por supuesto, no puede haber represalia alguna, y menos aún ser motivo de despido, que un trabajador disfrute al 100% de sus horas y días libres. 

¿Hay excepciones?

Existen excepciones, como en el caso de trabajadores que reciben un plus por disponibilidad, los cuales pueden no gozar del derecho a la desconexión en ciertas circunstancias. 

Recuerda que si no es el caso, tienes derecho incluso a lo que coloquialmente llamamos "desaparecer del mapa", desconectando dispositivos, bloqueando llamadas o simplemente ignorando cualquier comunicación o requerimiento. Hay trabajadores que, para no sufrir las miradas inquisitivas de jefes o compañeros a la vuelta, avisan de que estarán inoperativos en lugares remotos o que por motivos personales no estarán disponibles en ningún momento. 

¿Y si es algo de imperiosa necesidad?

Puede darse el caso de que la naturaleza del trabajo o las circunstancias particulares de la empresa requieran de una disponibilidad extendida. En estas situaciones, se debe negociar y especificar claramente en el contrato de trabajo, incluyendo posibles compensaciones. Sin embargo, en ausencia de tal acuerdo, el trabajador no está obligado a ceder a demandas fuera de su horario laboral.

Como ves, la legislación actual protege el derecho a desconectar fuera del horario labora e incluso hay cuantiosas multas al respecto si no se cumplen. La ley estipula sanciones que pueden oscilar entre 751 y 7.500 euros para quienes no respeten este derecho.

La Inspección de Trabajo impone multas de 7.500 euros a autónomos y empresarios por contactar con empleados fuera de sus horarios de trabajo, considerando una vulneración del derecho a la desconexión digital.

Jurisprudencia de apoyo

Los tribunales han emitido sentencias que reafirman la importancia de la desconexión digital, incluso en situaciones donde se ha penalizado a empresas por violar este derecho. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid o el de Galicia han respaldado este enfoque en sentencias, confirmando la reclamación por despido de empleados por infringir el derecho a la desconexión digital de su jefe durante las vacaciones.

Incluso algunas empresas se han concienciado al respecto poniendo de su parte. Volkswagen y Mercedes Benz son ejemplos de ello, implementando medidas para asegurar la desconexión de sus trabajadores fuera del horario laboral.

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