La Autoridad Catalana de Protección de Datos abre un proceso sancionador contra el instituto que utiliza reconocimiento facial para controlar la asistencia

- La Autoridad Catalana de Protección de Datos ha abierto un proceso sancionador contra un instituto catalán que utiliza reconocimiento facial para controlar la asistencia.
- Business Insider España publicó el pasado septiembre que el instituto público Enric Borràs de Badalona usa un sistema de reconocimiento facial para controlar la asistencia de sus alumnos de primero de ESO, mismo método por el que recientemente ha sido multado un colegio sueco con 19.000 euros.
- El reconocimiento facial y los datos biométricos solo deberían usarse en situaciones excepcionales, según los expertos, al ser métodos muy invasivos con la información personal de los usuarios.
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La Autoridad Catalana de Protección de Datos ha abierto un proceso sancionador contra el instituto que utiliza reconocimiento facial para controlar la asistencia, cuyo caso publicó Business Insider España, según ha comunicado el organismo a este medio.
La institución ha iniciado el mencionado proceso sancionador por presunta vulneración de la normativa de protección de datos, aunque aún podría archivar el caso si la investigación concluye que no se ha incumplido la ley.
Business Insider España publicó el pasado septiembre que el instituto público Enric Borràs de Badalona (Barcelona) estaba utilizando un sistema de reconocimiento facial para controlar la asistencia de sus alumnos de primero de ESO, el mismo método por el que recientemente ha sido multado un colegio sueco con casi 19.000 euros.
Los datos biométricos están especialmente protegidos por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD, por sus siglas en español, GDPR en inglés) de la UE.
En el caso del colegio sueco, la autoridad nacional de protección de datos consideró que el reconocimiento facial era un método demasiado invasivo para evitar pasar lista, y que se entrometía en exceso en la intimidad de los menores, incluso habiendo conseguido el colegio el consentimiento de los padres de los alumnos.
En España, la Agencia Española de Protección de Datos especifica en su guía sobre el uso de videocámaras que estas no podrán utilizarse en los colegios para controlar la asistencia, y varios juristas se manifestaron en el mismo sentido que la autoridad sueca en declaraciones a Business Insider España.
Los expertos aseguraban que el método es demasiado invasivo para un fin, el de saber si los alumnos han asistido a clase, que puede conseguirse de otros modos.
También opinaron que cabría un apercibimiento por parte de la Autoridad Catalana de Protección de Datos y la retirada del sistema.
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