La potestad sancionadora de la futura Agencia de Supervisión de la IA solo se detallará una vez entre en vigor el futuro reglamento europeo

Usuarios prueban un sistema de reconocimiento facial en 2017 en una feria de tecnología en Pekín.
Usuarios prueban un sistema de reconocimiento facial en 2017 en una feria de tecnología en Pekín.

REUTERS/Bobby Yip

El Gobierno ya busca sede para la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA). Este organismo, que ya apareció como disposición en los Presupuestos Generales del Estado de 2022 (en vigor) todavía no ha nacido, aunque podría ser alumbrado antes de que acabe el año.

El Consejo de Ministros activó hace unas semanas el mecanismo contemplado en el real decreto de descentralización de instituciones del Estado, y la Comisión consultiva que se constituye a tal efecto ya ha publicado en el BOE los requisitos que las candidatas para cobijar tanto la AESIA como la futura Agencia Espacial Española deben reunir.

En estos casos, al tratarse de agencias tecnologizadas, las candidatas deberán reunir una serie de condiciones muy concretas como la necesidad de contar con laboratorios y equipos de investigación universitarios relacionados con la inteligencia artificial, y un nutrido tejido empresarial relacionado con la temática, además de contar con una buena red de comunicaciones.

Algunas ciudades españolas como Granada llevan meses postulándose para ser sede de este nuevo organismo, la AESIA. Las candidatas tienen hasta el 5 de noviembre para presentar la memoria justificativa con la que puedan participar en este proceso de selección, del que está excluida sistemáticamente la ciudad de Madrid, por la naturaleza descentralizadora que persigue el decreto.

Pero en la disposición que publicó el BOE hace unos días no solo se detallan los requisitos que deberán reunir las anfitrionas de la Agencia de Supervisión de la IA. También se desgranan algunas de las funciones que acometerá este organismo. Aunque dichas funciones ya se esbozaron precisamente en los Presupuestos en vigor desde enero, ahora se saben nuevas cosas.

"Las funciones que asumirá la Agencia serán determinadas en la ley que establezca su creación. Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión consultiva ha sido informada de que la Agencia asumirá, en principio, las siguientes funciones en materia de inteligencia artificial", destaca el texto oficial. Varios colectivos sociales demandaron participar en la redacción de esas funciones.

Entre esas funciones, la AESIA asumirá "el establecimiento y puesta en marcha de pilotos y espacios controlados de pruebas", algo de esperar dado que España es el único país de la Unión Europea que está poniendo en marcha un piloto del futuro Reglamento de Inteligencia Artificial que se está negociando en Bruselas.

 

También la "definición, organización y gestión de un marco voluntario de certificación para empresas que permita ofrecer garantías sobre el diseño responsable" de IA, una suerte de "sello de calidad" para determinar que sus algoritmos no son lesivos para las personas. La AESIA también hará labores de concienciación, divulgación y formación, asesorará empresas y concederá premios.

La AESIA, que puede ser equiparable a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) también tendrá potestad sancionadora, como esta última —que vela por sancionar los incumplimientos de empresas sobre el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que se produzcan en suelo español—.

Sin embargo, esa potestad "inspectora y sancionadora" no puede ser todavía desgranada. Aunque sean "atribuibles a la Agencia", solo se detallará la misma "en aplicación de la normativa nacional y europea que entre en vigor en relación con el uso seguro y confiable de los sistemas de inteligencia artificial en función del riesgo que puedan comportar".

En otras palabras: hasta que el Reglamento de IA no sea una realidad y se transponga a España, no se sabrá más sobre esa potestad inspectora y sancionadora de la AESIA. En el borrador del reglamento que presentó Bruselas el año pasado se apreciaba una redacción que recordaba al RGPD:  incumplir la futura normativa conllevará multas de hasta 20 millones o el 4% de la facturación.

La Comisión consultiva que ayudará a elegir sede de la AESIA destaca que la misma también podrá ayudar en la ejecución de fondos, siempre y cuando lo establezcan así sus estatutos.

Además de sede, la AESIA todavía necesita de una ley que corrobore su aparición y estructura, así como de unos estatutos que se publicarán como real decreto.

La potestad sancionadora de la Agencia de Supervisión todavía no se desgrana porque no hay Reglamento de IA en vigor, y eso también determina cómo será el organismo en su nacimiento: solo 40 funcionarios. "No obstante, en el momento de aprobación del Reglamento de IA, el personal que se adscribirá a la Agencia podrá variar en función de sus requerimientos".

Los profesionales que pondrán en marcha la AESIA serán desde especialistas con conocimientos técnicos a expertos en los entresijos de la administración, en certificación, marcos de seguridad e información jurídica, además de expertos en comunicación para poder llevar a cabo las relaciones institucionales del organismo.

La futura sede de la AESIA necesita de un espacio mínimo de 400 metros cuadrados y del equipo suficiente para poder llevar a cabo los pilotos que se pongan en marcha y las necesidades de las empresas y otros organismos que necesiten asesoramiento.

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