Cuáles son los grupos de cotización de la Seguridad Social y cómo afectan a tu pensión

Camarera trabajando

Los grupos de cotización son las categorías profesionales reconocidas por la Seguridad Social.

Al firmar un contrato de trabajo, estarás en un grupo de cotización concreto. Esto es lo que establece las bases de cotización que tendrás durante los meses o años que hagas dicha labor.

Los grupos de cotización son importantes porque van a influir en el cálculo de la pensión que obtendrás al jubilarte.

La fórmula es sencilla: cuanto más alto sea tu grupo de cotización, mayor será el importe que vas a recibir como pensión.

A continuación, se detalla cuáles son los grupos de cotización que reconoce la Seguridad Social y cuánto cotizas en cada uno de ellos.

Grupos de cotización de la Seguridad Social

La Seguridad Social establece 11 grupos de cotización, entre los que se encuentra una base mínima y una máxima que dependerá del sueldo que se recibe.

Tu grupo de cotización tiene que ser uno de estos:

  • Grupo 1: Ingenieros y licenciados. Personal de alta dirección. La base de cotización mínima es de 1.572,30 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 2: Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados. La base de cotización mínima es 1.303, 80 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 3: Jefes administrativos y de taller. Labase de cotización mínima es de 1.134,30 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 4: Ayudantes no titulados. La base de cotización mínima es 1.125,90 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 5: Oficiales administrativos. La base de cotización mínima es 1.125,90 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 6: Subalternos. La base de cotización mínima es 1.125,90 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 7: Auxiliares administrativos. La base de cotización mínima es 1.125,90 euros al mes y la máxima de 4.070,10 euros al mes.
  • Grupo 8: Oficiales de primera y segunda. La base de cotización mínima es de 37,53 euros al día y la máxima de 135, 67 euros al día.
  • Grupo 9: Oficiales de tercera y especialistas. La base de cotización mínima es de 37,53 euros al día y la máxima de 135, 67 euros al día.
  • Grupo 10: Peones. La base de cotización mínima es de 37,53 euros al día y la máxima de 135, 67 euros al día.
  • Grupo 11: Trabajadores menores de 18 años. La base de cotización mínima es de 37,53 euros al día y la máxima de 135, 67 euros al día.

En el caso de que tu categoría no se corresponda con las tareas que realizas, debes exigir a la empresa que regularicen la situación. Las tareas asignadas a cada grupo se reflejan en el convenio colectivo.

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El grupo de cotización al que perteneces aparece en el contrato de trabajo o en la nómina. Revísalo para saber si es el adecuado. De lo contrario, tu pensión será más baja de lo que en realidad te correspondería.

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