Cómo solicitar y confirmar el borrador de la Renta 2017

Mujer en un escritorio con cuaderno, boli y portátil

La campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2017, que se presentará en 2018, ya tiene fechas establecidas.

Desde el 4 de abril del 2018 se podrá presentar por internet el borrador de la declaración de la renta 2017 hasta el 27 de junio de 2018. Plazo que se amplía hasta el 2 de julio de 2018 si la declaración es a devolver.

Para aquellos que no quieran realizar el documento a través de internet se podrá presentar y modificar el borrador del IRPF a través de las oficinas de la Agencia Tributaria. Para ello será necesario pedir cita previa, a partir del 4 de mayo y hasta el 29 de junio. También se podrá solicitar el borrador de la renta por teléfono, a través de los números 901 121 224 (automático 24 horas) y  901 200 345 (de lunes a viernes, de 9 a 21 horas).

Estos son algunos consejos y datos indispensables sobre cómo solicitar el  borrador de la renta 2017.

Qué es el borrador del IRPF

El borrador de la declaración de la renta es una herramienta a través de la cual se pretende facilitar al contribuyente sus obligaciones con Hacienda y la Agencia Tributaria.

El borrador de la renta 2017 representa una declaración de los ingresos y movimientos bancarios efectuados. Estos datos, reflejados el en borrador, son completados por la Agencia Tributaria con la información que esta tiene de cada uno de los contribuyentes.

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Pero no debe entenderse este documento como una declaración en sí. Como su nombre indica, tan solo es un borrador facilitado por la administración que deberá revisarse y actualizarse —en el caso de que existan datos del nuevo año que no refleje—, antes de presentar a la Agencia Tributaria.

 Por ejemplo, los datos referentes a un nuevo estado civil, llegada de nuevos hijos o cambios de residencia son datos que deben reflejarse correctamente en la declaración de la Renta 2017. Lo mismo ocurre con los datos fiscales. Por ello es importante que antes de aprobar el borrador de la renta facilitado por la Agencia Tributaria este haya sido debidamente revisado.

Cómo solicitar el borrador de la renta 2017

Un dato relevante a conocer es que Hacienda no lo envía automáticamente a todos los contribuyentes, por lo que es necesario solicitar el borrador de la Renta previamente.

Si  se pidió el borrador por correo ordinario —marcando la casilla 110 del borrador o de la declaración de Renta 2016—, la Agencia Tributaria lo enviará directamente a casa a partir del mes de mayo, por lo que no es necesario volver a solicitarlo de manera online.

Si el envío de manera automática no se solicitó o es la primera vez que se debe hacer la Declaración de la Renta, el borrador de la renta 2017 podrá solicitarse a través de la web de la Agencia Tributaria a partir del 5 de abril y hasta el 29 de junio de 2018.

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Cabe recordar que desde el pasado año el Programa Padre por el cual se realizaba la declaración de la renta a través de internet ha sido sustituido por Renta WEB.

Este nuevo sistema incorpora dos novedades. Por un lado todo el proceso se realiza de manera online, con lo que ya no es necesario tener que descargar el borrador. Por otro lado, Renta WEB es compatible con todos los dispositivos, por lo que a partir de ahora se podrá acceder al sistema también a través del móvil o la tableta. Esto además permite que el borrador pueda comenzarse a en un dispositivo y terminar en otro sin problema alguno.

Para poder acceder al borrador de la Declaración de la Renta desde el portal de la Agencia Tributaria,  una vez en el portal se deberá ir a RENTA 2017 y pinchar después el icono amarillo “RENØ”. este proceso deberá realizarse dentro de las fechas indicadas en la campaña de la renta 2018, si no remitirá al ejercicio anterior, es decir el correspondiente a 2016.

Programa RENØ para tramitar el borrador de la Declaración.
Programa RENØ para tramitar el borrador de la Declaración.

Para poder acceder al borrador  y en definitiva a los trámites electrónicos de la Agencia Tributaria a través del programa RENØ, la administración facilita tres sistemas de identificación posibles al usuario:

  • A través del certificado electrónico reconocido: el certificado electrónico es una firma digital que se instala en el navegador para garantizar la identidad y permite realizar gestiones desde el propio ordenador sin necesidad de desplazarse.
  • A través de Cl@ave PIN: sistema de identificación para personas físicas basado en el uso de una clave elegida por el usuario y un PIN comunicado mediante SMS y que requiere un registro previo. Aquí se explica cómo solicitarlo.
  • A través del número de referencia: La referencia se envía a los contribuyentes mediante SMS y permite  realizar a través de internet multitud de trámites de Renta, desde solicitar cita previa hasta generar el borrador mediante el sistema Renta WEB y presentar la declaración de IRPF. Para poder solicitarlo el dato que se demandará será el correspondiente a la casilla 440 de la declaración del año anterior.

Una vez conseguido el acceso al expediente de cada contribuyente para obtener el borrador de la declaración será necesario ir al apartado Servicios Disponibles, donde aparecerá  el enlace: "Borrador/Declaración (Renta WEB)". Aquí se podrá revisar o modificar el borrador de la declaración de la renta y presentarlo a la Agencia Tributaria. Y si se desea solicitar el envío automático del borrador para los sucesivos ejercicios deberá ser marcada la casilla 110 del documento.

Dónde acceder al borrador de la Renta 2017.
Dónde acceder al borrador de la Renta 2017.

Cuándo solicitar el borrador de la renta 2017

Las fechas establecidas para realizar la declaración  de la renta durante 2018 son las siguientes:

  • 4 abril: A partir de esta fecha se puede solicitar el borrador en RENTA WEB  y de las declaraciones de Renta 2017 y Patrimonio 2017. Presentación por teléfono de la declaración de Renta 2017
  • 8 de mayo: Inicio del servicio de Cita Previa por internet y por teléfono. Hasta el 29 de junio. 27 de junio: Último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria con resultado a ingresar.
  • 10 de mayo: Primeras citas físicas. Se podrán presentar las declaraciones a través de las oficinas de la Agencia Tributaria. También desde entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas.
  • 27 de junio: Último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria con resultado a ingresar.
  • 29: Fin de las solicitudes de Cita Previa.
  • 02 de julio: Último día para presentar la declaración de la renta si sale a devolver.

Quién puede solicitar el borrador del IRPF

Para solicitar el borrador de la renta 2017 se deberán cumplir los requisitos solicitados. Si bien es cierto que la mayoría de contribuyentes los cumplen, se debe conocer que como tal existe un perfil determinado para poder acceder a este.

Los requisitos para poder solicitar el borrador de la Declaración de la Renta se basan en los ingresos obtenidos. Por ello Hacienda determina que se permitirá contar con un borrador a los siguientes tipos de renta:

  • Ingresos obtenidos del trabajo, es decir, el sueldo. Aquí también se incluyen las pensiones, pensiones compensativas o el paro.
  • Aquellas rentas obtenidas por capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como derivados de letras del tesoro.
  • Imputación de rentas inmobiliarias,  —el dinero que Hacienda considera que se ha ganado por el mero hecho de tener vivienda, aunque esté vacía— siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles. A estos efectos no se tiene en cuenta la vivienda habitual, ni los garajes o trasteros, con un máximo de 4 inmuebles.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y otras subvenciones no vinculadas con actividades económicas.
  • Transmisión de valores públicos que al amortizarlos hayan tenido ganancia de rendimiento cero.
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de Instituciones de Inversión Colectiva. Estas incluyen, por ejemplo, las pérdidas en fondos de inversión.
  • Rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario de entidades en régimen de atribución de renta.

En cuanto a los autónomos, también podrán solicitar el borrador del IRPF, y es que entre las novedades para este ejercicio Hacienda también facilitará —a través del programa Renta Web— el borrador de la renta también para los trabajadores por cuenta propia.

 

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